En esta presentación damos a conocer los principales puntos a nuestra consideración respecto a los Sistemas Regionales de Protección de Derechos Humanos. Especificamente del Europeo y del Africano que son respectivamente el más antiguo y el más nuevo de los Sistemas Regionales en el mundo.
SISTEMAS EUROPEO Y AFRICANO DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
1. EUROPA Y
ÁFRICASISTEMAS DE PROTECCIÓN
DE LOS DERECHOS
HUMANOS
Por:
Sharon Jocelyn Sánchez Montiel
Sheyla Zamudio Beltrán
2.
3.
4. CONSEJO DE EUROPA
• Dedicado a la protección de los derechos
gracias al “El Convenio Europeo para la
protección de los Derechos Humanos y las
Libertades Fundamentales”.
Fomenta la unión más
estrecha entre sus
miembros.
5. CONVENCIÓN EUROPEA O CONVENIO EUROPEO PARA
LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS
LIBERTADES FUNDAMENTALES.
Mecanismo de control de
la Carta Social
Sistema de Informes
Sistema de
Reclamaciones Colectivas
*Creado el 4 de noviembre
1950, Roma
6. COMISIÓN EUROPEA DE DERECHOS
HUMANOS
• Propone nueva
legislación al Parlamento
Europeo y al Consejo
• Interviene en la protección de
posibles vulneraciones de
derechos humanos existiendo
mecanismos de queja/denuncia
de los ciudadanos.
• La Comisión fue
suprimida y se estableció
el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos.
7. CARTA SOCIAL EUROPEA
* La Carta original,
1961 y entrada en
vigor el 26 de febrero
de 1965, y
posteriormente la
Carta Revisada, fue
firmada en Estrasburgo
el 3 de mayo de 1996,
entró en vigor en 1999.
.
Contiene el más completo catálogo
de derechos como una la
prolongación del Convenio Europeo.
.
Promueve y protege los DESC
8. Derecho al trabajo y sus
relacionados
Derechos económicos,
sociales y generales
Casos especiales
CLASIFICACIÓN DE LOS DDHH
9. CORTE EUROPEA DE DERECHOS
HUMANOS
• Las decisiones de la Corte son
vinculantes y el Estado que
haya cometido la violación
debe tomar todas las medidas
necesarias para corregir la
situación.
• Los individuos pueden acceder
directamente.
10.
11.
La Carta Africana de
Derechos Humanos y de
los Pueblos (Carta de
Banjul) es un instrumento
de derechos humanos
internacional cuyo objetivo
es promover y proteger los
derechos humanos y
libertades básicas en el
continente africano.
LA CARTA DE
BANJUL
12.
.
Surgió en su Asamblea de Jefes de
Estado y de Gobierno de 1979
Apoyó la creación de un comité de
expertos para redactar un
instrumento de derechos humanos
de ámbito continental.
Hace hincapié en la indivisibilidad y
la interrelación de los DESC y los DCP.
13.
LA COMISIÓN AFRICANA DE
DERECHOS HUMANOS Y DE LOS
PUEBLOS
Promueve y protege de los
derechos humanos.
Las decisiones adoptadas por
la Comisión no son
vinculantes.
Fue establecida por la Carta
Africana de Derechos
Humanos y de los Pueblos (21
de octubre de 1986)
Controla el sistema africano de
Protección a los Derechos
Humanos y de los Pueblos,
con sede en Banjul, Gambia.
En 1998, prevé la creación de
un Tribunal Africano de
Derechos Humanos.
14.
Es el más reciente de los tres organismos regionales
de derechos humanos. Fue creada en 1998 bajo el
Protocolo de Banjul, 12 años tras la entrada en vigor
de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los
Pueblos
LA CORTE AFRICANA DE
DERECHOS HUMANOS
Y DE LOS PUEBLOS.
15.
Dictar decisiones vinculantes y ordenar
medidas de reparación en comunicaciones
individuales (sólo cuando el Estado afectado
haya reconocido expresamente su competencia
adjudicatoria) o interestatales (para las que no
es necesario un reconocimiento expreso)
Ordenar la adopción de medidas provisionales
para evitar daños graves e irreparables a la
vida humana y la integridad personal en casos
urgentes y adoptar opiniones consultivas sobre
la interpretación de la Carta Africana y sus
Protocolos
LA CORTE AFRICANA
PUEDE:
16. El Sistema Europeo Y Africano de Protección a Derechos
Humanos, sin duda alguna son muy complejos y más por los
organismos que los conforman pero más allá de eso, por medio
de estos se pueden tomar como un reconocimiento del propio
sistema a cada uno de los individuos que lo conforman y hacen
recalcar que a pesar de todo pueden brindar la ayuda necesaria
para resolver las injusticias cometidas por el Estado.
Independiente de las diferencias entre ambos sistemas, tanto
Europeo como Africano persiguen el mismo fin, el cual es
proteger la integridad de los seres humanos en cuanto a materia
de derechos humanos debido a esto es de vital importancia que
existan sistemas de protección de derechos humanos como lo es
el caso del Sistema Europeo y Africano de Protección de
Derechos Humanos.
CONCLUSIÓN
17. Gómez Velázquez B. (2013 agosto), el sistema europeo de protección de los derechos humanos:
¿paralelismo o concurrencia?, Lima. (12/10/2015) Recuperado de:
http://www.academia.edu/6173955/EL_SISTEMA_EUROPEO_DE_PROTECCION_DE_LOS_DERECH
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García Espinar J. Herramientas para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos,
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Anónimo. (2014). Corte africana de Derechos Humanos. 2014, de FUNDACIÓN ACCIÓN PRO
DERECHOS HUMANOS Sitio web:
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J. Bédat. (2015). El sistema africano. 2015, de TRIAL Sitio web: http://www.trial-
ch.org/es/recursos/derecho-
internacional/impunidadyderechoshumanos/losmecanismosexistentes/el-sistema-africano.html
Anónimo. (2014). Comisión africana de Derechos Humanos. 2014, de FUNDACIÓN ACCIÓN
PRO DERECHOS HUMANOS Sitio web:
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Bibliografía