SlideShare une entreprise Scribd logo
1  sur  58
Télécharger pour lire hors ligne
Concepto 
•Función del Eº que se realiza mediante el proceso: 
•Procedimiento Contradictorio Preestablecido 
•Instancia de Parte 
•Ante 3º Competente, Independiente e Imparcial 
•Decisión Vinculante 
•Tutelar el Dº Material con aspiración de Justicia, Paz Social y Seguridad Jurídica 
Elementos Característicos 
•Conocimiento, Decisión y Ejecución 
•Proceso 
•Decisiones producen CJ 
•Poder Contra mayoritario 
Objeto 
•Solución de Controversias 
•Rectificación o Realización del Dº Material Vulnerado 
Garantía 
•Eº surge y se renuncia a la autotutela 
•Resolución pacífica de conflictos 
•Garantía de Libertad – Debido Proceso 
•Medidas Cautelares 
•Pº-Deber del Eº 
Equivalentes Jurisdiccionales 
•Desistimiento 
•Conciliación 
•Avenimiento 
•Allanamiento 
•Cumplimiento Sentencia Extranjera 
FUNCIÓN JURISDICCIONAL JURISDICCIÓN 
Fundamentos Constitucionales del Dº Procesal: ART. 19 #3 CPR 
1.Capítulo VI CPR Poder Judicial 
2.Igualdad frente a la Justicia 
3.Dº a la Defensa Jurídica 
4.Debido Proceso Legal 
5.Presunciones
Concepto ART. 1 COT 
•Conocer causas civiles y criminales, juzgarlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales que establece la ley 
Clasificación o Facultades Jurisdiccionales 
•Contenciosas ART. 1 
•No Contenciosas o Voluntarias ART. 2 
•Derivadas ART. 3 
•Conservadoras 
•Disciplinarias 
•Económica 
Momentos 
•Conocimiento – Partes exponen hechos y pruebas 
•Juzgamiento* – Ejerce actividad de resolver 
•Ejecución – Cumple lo resuelto 
Solución del Conflicto 
•Autotutela – Por los hechos o fuerza 
•Auto Composición – Amparado x Dº 
•Extraprocesal o Extrajudicial 
•Renuncia, Aceptación o Transacción 
•Procesal o Judicial 
•Desistimiento, Allanamiento o Conciliación 
•Proceso – Vía que hacen valer las partes para que se conozcan sus pretensiones 
JURISDICCIÓN JURISDICCIÓN
Características 
•Respaldo Constitucional ART. 76 CPR 
•Actividad del Eº 
•Parte del ejercicio de la Soberanía del Eº 
•Unitaria 
•Fin Comín – Paz Social, con Justicia 
•ART. 19 CPR Debido Proceso 
•Actuaciones dotadas de CJ 
•Órgano dotado de Imparcialidad 
•Ejercida x Tribunales de Justicia 
Límite Temporal 
•Tiempo duración en funciones del juez y función jurisdiccional 
•Mientras esté investido 
•RG – Jueces son permanentes y duran en sus cargos hasta los 75 años, salvo incapacidad legal o renuncia 
Límite Espacial 
•Externos 
•Internacionales (ART. 6) 
•Constitucionales 
•Internos 
•Competencia – Medida de la jurisdicción 
•Conjunto de causas sobre las cuales puede el órgano ejercer sus funciones de jurisdicción 
Relación con Acción 
•Poder jurídico del individuo para acudir al órgano jurisdiccional a fin de obtener una solución de un conflicto 
•Debo señalar mis pretensiones en la demanda 
•Se hace valer a través del proceso 
Relación con Proceso 
•Serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver el conflicto sometido a su decisión 
•Procedimiento se mantiene, pero proceso se extingue 
•Acción permite acudir a la jurisdicción y la vía x la cual el órgano jurisdiccional conoce de las pretensiones contenidas en la acción es el proceso 
JURISDICCIÓN JURISDICCIÓN 
Contenciosa 
Juez actúa con conocimiento de causa 
Debe comparecer obligatoriamente 
Existen partes contrarias 
Resoluciones gozan de fuerza de cosa juzgada 
Siempre se pide algo a la otra parte 
Se actúa sobre relaciones jurídicas preexistentes 
Voluntaria 
Juez actúa sin conocimiento de causa 
Posibilidad de comparecer en forma libre 
No existe un contradictor 
Resoluciones no poseen fuerza de cosa juzgada 
No se pide nada 
Crean relaciones nuevas, constitutivas
Legalidad ART. 7 CPR 
Inamovilidad ART. 80 inc. 1 CPR 
Responsabilidad 
Independencia ART. 4 COT 
Gratuidad ART. 593 COT 
Inavocabilidad ART. 8 COT 
Imparcialidad BASES FUNDAMENTALES DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL 
Publicidad ART. 9 COT 
Pasividad ART. 10 COT 
Sedentariedad (Sede o Asiento) 
Territorialidad ART. 7 inc. 1 COT 
Inexcusabilidad ART. 10 inc. 2 COT 
Responsabilidad: Política – Acusación Penal – Ministerial – Querella de Capítulos Civil – Indemnización de Perjuicios Disciplinaria - Queda
ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN JUDICIAL 
Clasificación de los Tribunales 
Tribunales Ordinarios ART. 27 COT 
Corte Suprema 
Conoce recursos extraordinarios dirigidos a fiscalizar sentencias de Cas 
Todo el Territorio Nacional 
Cortes de Apelaciones (17) 
Conocen en 2ª instancia 
1 región o varias provincias 
Ministros, Fiscales, Relatores y Secretarios 
Se dividen y conocen en salas (RG) 
Forma: En cuenta o Previa Vista 
Pdte. Forma tabla de semana siguiente: De tabla, agregadas y radicadas 
Juzgados de Letras 
Conocen en 1ª instancia 
Ordinarios, permanentes, unipersonales, jurisdicción común o especial 
1 comuna o agrupación de comunas 
Tribunales Penales 
Tribunales de Juicio Oral en lo Penal 
Juzgados de Garantía 
Tribunales Especiales 
Juzgado de Menores 
Juzgado del Trabajo 
Juzgados de Policía Local 
Tribunales Aduaneros & SII 
Tribunales Militares en tiempos de Paz 
Tribunales Arbitrales 
Establecidos en leyes especiales para resolver determinados asuntos, por especialidad o importancia 
Establecidos para conocer de los negocios que la ley ha entregado a su competencia 
Constituidos por jueces árbitros: de Dº, arbitradores y mixtos 
Tribunales ordinarios, colegiados y letrados, competentes para ejercer las atribuciones que les confiere la ley desde el momento de la dictación del auto de apertura del juicio oral hasta el pronunciamiento de la sentencia definitiva 
Ver Árbitros & Auxiliares de la Administración de Justicia
Doctrina Monista 
•Manifestación o ejercicio del D° material que se alega ante los tribunales 
Concepción Pluralista 
•Obtener sentencia de carácter favorable para el titular, el cual tiene D° a obtener una sentencia 
Concepto 
•Facultad o poder jurídico del sujeto de recurrir a los tribunales para iniciar la actividad jurisdiccional para resolver sus pretensiones jurídicas 
Perspectivas de la Acción 
•Sólo surte efectos entre las partes que concurren a otorgarla 
Pretensión 
•Auto atribución de un D° x parte de un sujeto, invocándolo para hacer efectiva su tutela jurídica 
•Acción es el poder jurídico de hacer valer la pretensión 
Clasificaciones 
•Objeto o Finalidad 
•De Cognición 
•De Condena 
•Constitutiva 
•Declarativas 
•De Ejecución 
•Cautelares 
•Bien Jurídico Pretendido 
•Civiles 
•Penales 
•D° cuya Tutela Pretende 
•Reales 
•Personales 
•Iniciativa de la Demanda 
•Públicas 
•Privadas 
LA ACCIÓN LA ACCIÓN
LA ACCIÓN: PRESUPUESTOS PROCESALES Y REQUISITOS CONSTITUTIVOS 
Presupuestos Procesales 
•Requisitos que deben existir para tener pronunciamiento sobre la demanda 
•Indispensables para decretar una providencia de mérito 
•Hacen inadmisible la demanda 
•Circunstancias de hecho y D° anteriores al proceso indispensables para su validez y eficacia 
Requisitos de Existencia 
•Órgano Jurisdiccional 
•Conflicto de Relevancia Jurídica 
•Existencia Física o Legal de las Partes 
Requisitos de Validez 
•Existencia de Tribunal Competente 
•Capacidad de las Partes 
•Cumplimiento de Formalidades Legales 
•Actuación de Oficio 
•Actuación a Petición de Parte 
Pluralidad de Acciones ART. 17 CPC 
•RG – Sólo se ejercita una acción 
•Fundamento – Economía Procesal 
•Límites – Deben ser compatibles y cumplidas simultáneamente 
•Exc: Interponerse para ser resueltas subsidiariamente una de la otra 
Presupuestos Procesales y Requisitos 
Actitudes del Demandado 
•No dice nada, no concurre al proceso (Rebeldía) 
•Concurre y se allana a las pretensiones del demandante (Tribunal cita oír sentencia) 
•Concurre y se defiende (Opone alegaciones o defensas y excepciones)
LA ACCIÓN ACCIÓN Dº a Obtener una Sentencia de Mérito Favorable 
Requisitos 
Causa de Pedir – Dº 
Pretensión con componentes de Hº y Jº 
Accionabilidad – Interés 
Legitimación – Calidad 
Jurídicamente, en situación de hacerlos valer 
Presupuestos Procesales Incoar válidamente la relación jurídica procesal /Proceso Válido 
Órgano 
Jurisdicción/ Competencia 
Partes 
Capacidad/ Representación/ Postulación 
Procedimiento 
Emplazamiento/ Requisitos Demanda 
Si concurren, juez debiera dictar sentencia de mérito favorable 
Si logro incoar un procedimiento válido, terminará con una sentencia de mérito favorable
LA ACCIÓN ACCIÓN Dº a Obtener una Sentencia de Mérito Favorable 
Requisitos = Excepciones Perentorias 
Juez se pronuncia sobre el Fondo 
Persigue que el Juez dicte sentencia de mérito desfavorable al actor 
Presupuestos Procesales = Excepciones Dilatorias 
Juez se pronuncia sobre la Forma 
Persigue que no falle el Fondo, hasta solucionar la Forma DESDE PDV DEMANDADO, CÓMO SE ATACA LA ACCIÓN? 
Puede tener acción, pero no necesariamente obtendrá una sentencia de mérito favorable
LA ACCIÓN ACTO JURÍDICO PROCESAL Manifestación de voluntad destinada a producir efectos jurídicos procesales ACTUACIÓN JUDICIAL Emana de los Tribunales y sus Auxiliares de Justicia Interviene un Ministro de Fe (Requisito Esencial) RESOLUCIÓN JUDICIAL Actos de Decisión (Posición del Contradictor) Manera de Decretarse: De Plano, Con Citación, Con Conocimiento, Con Audiencia Efectos: Desasimiento del Tribunal (desde notificación de una de las partes); Acción y Excepción de Cosa Juzgada
EXCEPCIONES 
Concepto 
•Poder Jurídico del que se halla investido el demandado que le habilita para oponerse a la acción promovida por él 
•Oposición del Demandado 
•Se dirige contra la pretensión y no contra el D° de acción 
•Agregan Hº nuevos 
Naturaleza Jurídica 
•Identificación de la oposición y el D° subjetivo material 
•Distinción entre oposición y D° material 
•D° concreto a obtener sentencia favorable o justa 
•D° a obtener fallo 
•Pertenecen a todos los llamados a defenderse 
Clasificación 
•En razón al Tipo de Discusión 
•Mera Alegación o Defensa (Prueba el demandante; sentencia no las resuelve) 
•Excepción – Afirmación contraria (Prueba el demandado; sentencia las resuelve) 
•En razón a lo Discutido 
•Perentoria 
•Dilatoria 
Dilatorias ART. 303 
•Objeto – Enervar acción deducida; subsanan defectos del procedimiento 
•Incompetencia del Tribunal 
•Absoluta – Todo el juicio 
•Relativa – Sólo emplazamiento 
•Falta de Capacidad del Demandante 
•Litis Pendencia 
•Ineptitud del Libelo 
•Beneficio de Excusión 
•General – Corrección del Procedimiento 
•Oportunidad – Mismo escrito dentro del término de emplazamiento 
•Tramitación – Incidentes y se resuelven antes que toda otra cuestión 
Perentorias ART. 309 
•Objeto – Miran el fondo y enervan acción; aporta nuevos antecedentes 
•No admiten enumeración 
•Excepción de Pago 
•Oportunidad – Contestación 
•Tramitación – Incidentes y se resuelven en sentencia definitiva 
Mixtas ART. 304 
•Objeto – Perentorias que se hacen valer como dilatorias para evitar juicio inútil 
•Cosa Juzgada 
•Transacción 
Anómalas ART. 310 
•Objeto – Perentorias en cualquier momento del juicio hasta citación oír sentencia en 1° o vista en 2° 
•Prescripción Extintiva 
•Cosa Juzgada 
•Transacción 
•Pago Efectivo de Deuda 
EXCEPCIONES
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
Concepto 
Secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver mediante un juicio de la autoridad el conflicto sometido a su decisión 
Es la vía destinada a satisfacer pretensiones procesales , instrumento de satisfacción de pretensiones 
Vía por la que el órgano jurisdiccional conoce de las pretensiones de las partes y cuyo fin es la cosa juzgada 
Naturaleza Jurídica 
Contractual 
Cuasicontractual 
RJ Procesal 
Situación Jurídica Procesa 
Institución 
Relación Jurídica 
Características 
Instituto civilizado de autodefensa 
Medio para restablecer el D° 
Forma de satisfacción de pretensiones 
Forma División 
Desenvolvimiento de la Instancia 
Contractual 
Cuasicontractual 
RJ Procesal 
Situación Jurídica Procesa 
Institución 
Principios que Regulan Instancia 
Contradictorio 
Igualdad 
Dispositivo e Inquisitivo 
Economía 
Probidad 
Publicidad 
Preclusión 
Continuidad y Concentración 
Mediación e Inmediación 
Oralidad y Escrituración 
Concepto de Procedimiento 
Relación Proceso – Procedimiento 
Buena Fe Procesal
Concepto ART. 108 COT 
•Facultad que tiene cada juez para conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de la esfera de sus atribuciones 
Clasificaciones 
•Fuente 
•Natural – Ley le asigna al tribunal 
•Prorrogada – Partes convienen tribunal distinto 
•Originaria o Derivativa 
•Propia (Según reglas de Competencia Relativa o Absoluta) o Delegada – Exhortos 
•Número de Negocios 
•Común o Especial (Determinados asuntos) 
•Naturaleza de los Negocios 
•Contenciosa o No Contenciosa o Voluntaria 
•Grado 
•Única, Primera o Segunda Instancia 
•Factor Determinante 
•Absoluta – Jerarquía, Clase o Categoría 
•Relativa – En razón de su ubicación dentro de jerarquía 
Reglas Generales ART. 108 – 114 COT 
•Radicación o Fijeza 
•EXC: Acumulación de Autos, Implicancia o Recusación 
•Grado – Fijada la competencia del juez inferior, queda igualmente fijada la del superior que debe conocer en 2ª instancia 
•Extensión – Tribunal competente también conocer de incidencias que se producen durante su tramitación 
•Inexcusabilidad – Cuando 2+ competentes para conocer, ninguno podrá excusarse a pretexto que existen otros. 
•Prevención 
•Ejecución – RJ se ejecutan x tribunales que las hubieren pronunciado en 1ª o única instancia 
Competencia Relativa Territorio 
•Determinan competencia entre tribunales de misma jerarquía 
Competencia Absoluta 
•Fuero – Privilegio procesal por el cual se entrega al tribunal de grado jerárquico superior distinto 
•Cuantía – Valor pecuniario de la cosa disputada, objeto del asunto o pena del delito que conlleva 
•Materia – Naturaleza del negocio sometido a su conocimiento 
COMPETENCIA COMPETENCIA 
Civiles – RG: Juez del domicilio del demandado EXC: Acción Inmueble – Domicilio del inmueble 
•Pluralidad de Domicilios – Cualquiera de ellos 
•Pluralidad de Demandados – Cualquiera de ellos 
•Demandado Persona Jurídica – Asiento de Corporación 
•Alimentos – Alimentario 
•Petición de Herencia – Lugar apertura sucesión 
•Nombramiento Tutor o Curador – Domicilio del Pupilo 
•Muerte Presunta – Último domicilio del desaparecido 
•Quiebra – Domicilio del Fallido 
Voluntaria – Domicilio del Interesado
Distribución de Causas 
•Reglas que determinan la distribución de causas en comunas o agrupación de comunas donde existen 2+ jueces con igual competencia 
Reglas 
•Material Civil 
•Contencioso 
•Lugar de Asiento – CA Distribuye 
•Otras Comunas – Juzgado de Turno 
•Voluntario – Juzgado de Turno 
•Materia Penal 
•Asiento CA 
•Querella – CA Distribuye 
•Denuncia – Juzgado de Turno 
•Otras Comunas – Juzgado de Turno 
•Se ejerce x semanas, el más antiguo x orden de antigüedad 
Prórroga 
•Acto, por el cual, las partes le otorgan competencia a un tribunal para conocer de determinado asunto judicial 
Efectos de la Prórroga 
•Sólo surte efectos entre las partes que concurren a otorgarla 
Requisitos de Prórroga 
•Convenio entre partes 
•ART. 186 Expresa 
•ART. 187 Tácita 
•ART. 184 Capacidad 
•ART. 110 Regla de Grado 
•Incompetencia en razón de territorio al que se prorroga 
•Prohíbe en material penal o jurisdicción voluntaria 
Contiendas y Cuestiones 
•Resueltas x tribunal superior común 
•Entre especiales y ordinarios, CA resuelve 
•CS resuelve cualquier contienda existente 
•CS conoce contiendas entre autoridades administrativas, políticas y tribunales 
•Se fallan en única instancia 
COMPETENCIA COMPETENCIA 
Ver Partes, Mandato, Representación
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
Concepto 
•Acto jurídico emanado de las partes, susceptible de crear, modificar o extinguir efectos procesales 
•Declaración o acuerdo de voluntades destinado a crear, modificar o extinguir D° y obligaciones 
•Acto jurídico que produce efectos procesales 
Clasificación 
•Autor 
•Tribunal – Actuaciones o RJ 
•Partes – Actos de disposición y obtención 
•Terceros 
•Posición 
•Iniciación 
•Desarrollo 
•Conclusión 
Características 
•Regulados x Ley Procesal 
•Concatenado con otros actos procesales 
•Normalmente formales 
•Precedidos por Principio Preclusión 
Actuaciones Judiciales 
•Actos procesales emanados del órgano jurisdiccional o auxiliares de la administración de justicia 
•Notificaciones & Resoluciones Judiciales 
Requisitos ART. 59 
•Días y horas hábiles (No feriados) 
•Dejar constancia en el proceso 
•Autorizadas por funcionario correspondiente 
•Practicadas por el funcionario que corresponda 
•EXC: Ley encomienda a secretarios u otros ministros de fe o tribunal delega su función 
ACTOS PROCESALES TÍTULO VII LIBRO I 
Acto Jurídico Acto Procesal Actuación Judicial
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
Plazos ART. 64 
•Espacio de tiempo que fija la ley, una resolución judicial o convenio de las partes para ejercer un D° dentro del proceso 
•Han de ser de días completos y corren hasta la media noche del último día 
Clasificación de los Plazos 
•Manera de Computar 
•RG: Continuos 
•EXC: Discontinuos 
•Momento Computar 
•RG: Individuales – Por separado para cada parte 
•EXC: Comunes – Conjuntamente desde la última notificación 
•Fuente u Origen 
•Judiciales – Sólo cuando la ley faculta expresamente fijarlos 
•Legales 
•Convencionales 
•Susceptibles de Prórroga 
•Prorrogables – Judiciales 
•Pedir antes del vencimiento 
•Alegar justa causa 
•Improrrogables – Legales 
•Falta de Ejercicio 
•RG: Fatales – Expiran por el transcurso del tiempo 
•ART. 78 No Fatales – Requieren declaración de rebeldía 
Forma de Ordenar AP 
•Con Audiencia – Provee para que dentro de término de 3 días manifieste su conveniencia: Traslado y autos 
•Con Citación – En principio decreta la diligencia, pero sólo llevarse a cabo después de 3 días después de notificada la parte contraria; suspende diligencia hasta resolver incidencia: Como se pide con citación 
•Con Conocimiento – Puede ejecutarse desde notificación: Como se pide con conocimiento 
•De Plano – Lo decreta sin mayor formalidad: Como se pide 
Diferentes Conceptos 
•Deberes – Interés de la Comunidad; sanciones físicas o personales 
•Obligaciones – Interés del Acreedor; Impuestas con ocasión del proceso 
•Cargas – Interés del Litigante; relacionado al impulso procesal 
ACTOS PROCESALES TÍTULO VII LIBRO I 
Ver Exhortos
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO PROCESO 
Demanda 
Sentencia Definitiva 
Apelación 
Sentencia Definitiva 
Primera Instancia 
Segunda Instancia 
Actos Procesales 
Actos Procesales 
Cosa Juzgada 
Título V Libro I ART. 29 – 37 CPC
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
Concepto 
•Actuación judicial consistente en toda declaración de voluntad producida por el juez o el tribunal y que tiende a ejercer sobre el procesa una influencia inmediata y directa 
•Actuaciones judiciales emanadas de agentes del órgano jurisdiccional a través de las cuales regulan la tramitación o deciden acerca de los asuntos sometidos a su conocimiento. 
Clasificación 
•Nacionalidad del Tribunal 
•Chilenos o Extranjeros 
•Naturaleza del Negocio 
•Contenciosas o No Contenciosas 
•Naturaleza de los Tribunales 
•Ordinarios, Arbitrales o Especiales 
•Naturaleza del Asunto 
•Civil o Penal 
•Instancia en que se Pronuncian 
•Única, Primera o Segunda 
•Contenido 
•Decretos, Autos, Sentencias Interlocutorias o Definitivas 
Conceptos 
•SD – Pone fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto objeto del juicio 
•SI – Falla un incidente, estableciendo D° permanentes a favor de las partes o resuelve sobre algún trámite que sirve en el pronunciamiento de la SD o SI 
•Auto – Resolución que recae en un incidente comprendido en el inc. anterior 
•Decreto – Sin fallar sobre un incidente o trámite, sólo tiene x objeto determinar o arreglar la sustanciación del proceso; da curso progresivo a los autos 
Importancia de distinguir Resoluciones 
•Forma de Notificación 
•Gozan autoridad de Cosa Juzgada 
•Recursos que Proceden 
•Forma de Vista en 2° Instancia 
•Contenido 
•Número de Ministros que deben pronunciarlas en Tribunales Colegiados 
RESOLUCIONES JUDICIALES TÍTULO XVII ART. 158 CPC
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
Resoluciones Judiciales 
Autos 
Decretos 
Sentencia Interlocutoria 
Sentencia Definitiva 
Concepto 
Resolución que recae en un incidente, sin establecer D° permanentes a favor de las partes 
...tienen por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso 
Fallan incidentes estableciendo D° permanentes para las partes o trámites base para el pronunciamiento de una SD o SI 
Pone fin a la instancia 
Resuelve asunto o cuestión objeto del juicio 
Características 
No fallan incidentes ni trámites 
Diferencias 
Fallan incidentes 
No fallan trámites, sino que incidentes 
No fallan incidentes 
Fallan incidentes y trámites 
Casos 
RJ que falla medida precautoria o petición privilegio de pobreza 
RJ que provee demanda y confiere traslado o cita a comparendo contestación 
RJ que acoge excepción dilatoria, declara abandono o acepta desistimiento; recibe causa a prueba 
Clasificación 
Ponen término al juicio o hacen imposible prosecución 
Las que no PT ni IP 
Única Instancia 
Primera Instancia 
Segunda Instancia 
Caso Especial 
ART. 98 Sentencia de Término: Legislador no define – Pone término a la última instancia del pleito. 
1.SD de única Instancia 
2.SD de 1° instancia contra el que no apela 
3.SD de 2° instancia 
4.SI que pone fin al juicio o hace imposible prosecución 
ART. 174 Firme o Ejecutoriada: Debe distinguir si proceden o no recursos (Solo SI y SD Firmes producen acción y excepción CJ) 
1.No Proceden – RK queda firme o ejecutoriada desde Notificación a las Partes 
2.Proceden: 
a.Deducidos – Firme desde el “Cúmplase” 
b.No Deducidos – Firme desde que se cumplen los plazos para su interposición (SD: Secretario estampa certificado) 
Causan Ejecutoria: Pueden cumplirse aunque existan recursos pendientes 
1.Deduce apelación concedida en solo efecto devolutivo 
2.Deduce casación y no se suspende cumplimiento de la resolución
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
Resoluciones Judiciales 
Autos 
Decretos 
Sentencia Interlocutoria 
Sentencia Definitiva 
Oportunidad y Forma en que se Dictan 
ART. 160-168 
Requisitos Generales 
ART. 169 
Expresar en letras el lugar y fechas en que se expidan 
Al pie, la firma del juez/jueces que la dictaron o intervinieron en su acuerdo 
Al pie, firma del secretario autorizándolas 
Requisitos Especiales 
Decisión del asunto controvertido y circunstancias del ART: 170 #4 y #5 (Consideraciones de H° y D° fundamento) 
Mención de costas 
Indicar trámite que ordena evacuar 
Decisión del asunto controvertido y circunstancias del ART: 170 #4 y #5 
(Consideraciones de H° y D° fundamento) 
Mención de costas 
Única Instancia: 
1.Designación partes litigantes 
2.Enunciación breve peticiones, acciones y excepciones 
3.Consideraciones de H° y D° 
4.Enunciación de Leyes 
5.Decisión Asunto Controvertido 
6.Pago de Costas 
Confirmatoria Segunda Instancia: 
1.Confirmación del fallo de 1° 
2.Completar sentencia de 1° u ordenar modificación o casar de oficio 
Modificatoria o Revocatoria de 2°: 
1.Basta reproducir parte expositiva 
2.Expone consideraciones de modificar o revocar, enuncia leyes y decisión asunto 
Efectos 
Desasimiento 
Acción de Cosa Juzgada 
Excepción de Cosa Juzgada
EFECTOS DE LAS RESOLUCIONES
PARALELO DE RESOLUCIONES
PARALELO DE RESOLUCIONES
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
Concepto 
•Actuaciones judiciales destinadas a poner en conocimiento de las partes y 3° el contenido de las resoluciones judiciales que se dicten en el proceso, o la circunstancia de haberse dictado 
Importancia 
•Ausencia de notificación no afecta validez de resolución, sino que su eficacia 
•EXC: ART. 202, 302, 441 
•No requieren consentimiento del notificado 
•Actos x RG Solemnes 
Tipos de Notificaciones 
•Personal – Resolución + Solicitud 
•Por Cédula – Resolución + Datos Necesarios para acertada inteligencia 
•Personal por Cédula 
•E° Diario 
•Por Avisos – Extracto 
•Tácita 
Personal ART. 40 
•En toda gestión judicial, primera notificación a las partes 
•Formalidades – Entrega copia íntegra de resolución + solicitud; constancia por diligencia que subscribe notificado y ministro de fe; fecha, hora y lugar y medio comprobación identidad notificado 
•Lugares – Libre acceso al público, cualquier día y hora (6 – 10 pm) 
•EXC: Juicio ejecutivo (Cédula de espera) 
•Morada o lugar donde pernocta, ejerce industria, profesión, empleo, o se encuentre 
•ART. 42 Otros Lugares 
•Casos: 
•1° Notificación a las Partes 
•Ley lo disponga 
•Tribunales lo ordenen 
•6 meses sin resolución alguna 
•3° que no son parte del juicio 
Personal por Cédula 
•Persona en lugar del juicio y evita ser notificada 
•Requisitos – Buscada 2 días distintos en hogar o industria, sin ser habido; acreditar lo anterior 
•Formalidad – Copia íntegra de resolución y solicitud a cualquier adulto o fijar en la puerta (conserje); enviar carta certificada x correo dentro de 2 días desde notificación 
Por Cédula ART. 48 
•Formalidad – Copia íntegra de resolución y datos necesarios para acertada inteligencia en domicilio del interesado 
•Expone en autos testimonio de la notificación 
•Casos: 
•Sentencia Definitiva de 1° y 2° 
•Resolución recibe causa a prueba 
•Ordena comparecencia de partes 
•6 meses sin resolución alguna 
•3° que no son parte del juicio 
NOTIFICACIONES TÍTULO VI ART. 38 CPC
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO 
E° Diario ART. 50 
•Formalidad – Se forma en secretaría de cada tribunal con indicaciones 
•Mantener x 3 días en lugar accesible al público, cubierto x vidrio 
•Dejar testimonio en autos 
•Casos: 
•RJ que deban notificase personalmente o x cédula 
•Sanción del ART. 53 
Por Avisos ART. 54 
•Casos: 
•Individualidad difícil de determinar 
•Residencia difícil 
•Por #, dificultan diligencia 
•Formalidad – Avisos (3) en diarios del lugar de la causa o cabecera de provincia o capital de Región; si es la primera, además en Diario Oficial 
•Información – Mismos datos que para la notificación personal o extracto (Tribunal) 
•Requisitos – Tribunal procede con conocimiento de causa, requiriendo antecedentes 
Tácita ART. 55 
•Casos: 
•Parte a notificar realiza cualquier gestión que supone conocimiento de la resolución (Apelación) 
•Petición de nulidad de notificación (Desde que se le notifica la nulidad) 
Forma de Emplazar Casos Especiales 
•Extranjero 
•Mandatario con facultad para contestar nuevas demandas: A éste 
•Mandatario sin facultad: Representante del ausente hasta que se obtenga habilitación para este efecto 
•No existe Mandatario: Designar curador de bienes del ausente 
NOTIFICACIONES TÍTULO VI ART. 38 CPC
Incidente Nulidad ART. 83: 5 días desde que tenga conocimiento del vicio ART. 79: 3 días cese impedimento ART. 80: Proceso Aparente 
Anterior al Juicio – Antes de cualquier gestión principal (fondo) o se rechazará de oficio EXC: Vicio que anula proceso Durante el Juicio – Tan pronto llegue a conocimiento de la parte o se rechazará de plano Si son múltiples – Todos a la vez o se rechazarán de plano 
Accesoria o cuestión principal Existir conexión Accesoria requiere pronunciamiento especial 
Toda cuestión accesoria de un juicio que requiera pronunciamiento especial del tribunal con audiencia de partes 
ART. 89 Ordinarios: Sometidos a tramitación general Especiales: Tramitación especial atendidas sus características (reglamentación especial) 
•Incompetencia x Declinatoria 
•Privilegio de Pobreza (separado) 
•Desistimiento de Demanda 
•Abandono del Procedimiento Previo & Especial Conocimiento: Suspenden curso del proceso y se tramitan en la misma pieza de autos 
•Nulidad TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO - INCIDENTES 
Tribunal podrá fallar de oficio si aparecen ser inconexos con el pleito Tramitación en ramo separado para no detener acción principal Penas para Serial Litigants 
Concepto 
Requisitos Esenciales 
Clasificaciones 
Oportunidad Promoverlos 
Prevención Mala Fe 
Tramitación 
Plazo – 3 días para responder Tribunal Resuelve Prueba – 8 días hasta 30 Notifica – E° Diario Fallo – Dentro 3° Día (SI)
TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO – INCIDENTES ESPECIALES 
Acumulación de Autos 
Tiene lugar siempre que se tramiten separadamente 2+ procesos que deban constituir un solo juicio y terminar x 1 sola sentencia 
Fundamento: Economía Procesal y Evitar Fallos Contradictorios Excepción al Principio de Radicación 
Procedencia: Identidad de 2 de 3 elementos ART. 92 – 177 1. Acciones iguales a las de otro juicio o emanan de mismos hechos 
Requisitos de la AA ART. 96 
Requisitos: 1. Juicios sometidos al mismo procedimiento 2. Substanciación en instancias iguales 
Legitimados: 1. Todo litigante en cualquier juicio 2. Ante tribunal que corresponda seguir conociendo 
Tramitación: Traslado plazo 3 días Tribunal Resuelve, previa vista Más moderno al más antiguo 
Efectos & Oportunidad: Juicios más avanzados se suspenden Cualquier E° del juicio antes de la Sentencia de Término (Pago de OB) 
CJ, Litis Pendencia y Acumulación de Autos 
Desistimiento de la Demanda 
Abandono del Procedimiento
PROCEDIMIENTO SUMARIO TÍTULO XI LIBRO III ART. 680 CPC 
Características 
Breve – Plazos Cortos Concentrado – Se centra en comparendo de estilo * Contesta la demanda * Promueven incidentes 
Acciones 
1. Ley ordena proceder 2. Aquellas que requieren tramitación rápida para ser eficaz 3. Iniciado el juicio ordinario, su naturaleza requiere tramitación sumaria 
Principios 
Inmediación – Vinculación directa del juez con litigantes Concentración – Se formulan mayor número de trámites y actuaciones en una misma oportunidad Oralidad – Directamente ante el tribunal en formal verbal; autoriza minutas escritas
PROCEDIMIENTO SUMARIO ART. 683 
ART. 692 Norma Especial Tribunal de alzada, a solicitud de parte, podrá pronunciarse sobre todas las cuestiones debatidas en 1° y fallarlas en la SD, por vía de la apelación
MEDIDAS PREJUDICIALES Y MEDIDAS PRECAUTORIAS 
Concepto 
•Medidas que dispone el demandante con el objeto de asegurar la acción deducida 
Clasificación 
•ART. 2249 CC Secuestro cosa Objeto de Demanda 
•ART. 293 Nombramiento Interventores 
•Retención de Bienes 
•ART. 1464 CC Prohibición de celebrar Actos o Contratos sobre Bienes 
Requisitos & Características 
•Limitarse a bienes necesarios para asegurar resultado del juicio 
•Acompañar documentos que constituyan presunción grave del D° reclamado 
•Tribunal podrá exigir caución para responder de perjuicios 
•Esencialmente provisionales 
Procedimiento ART. 302 
•Se tramita como incidente y por cuerda separada 
•Promovido x demandante, traslado al demandado 
•Medida podrá llevarse a efecto antes de notificación, siempre que existan razones graves y el tribunal lo ordene 
•Notificación al demandado dentro de 5 días (puede ampliarse x motivos fundados) 
•Puede ser por cédula autorizada por tribunal 
MEDIDAS PRECAUTORIAS ART. 290
MEDIDAS PREJUDICIALES Y MEDIDAS PRECAUTORIAS 
Concepto 
•Tienen por objeto preparar la entrada en juicio 
•Otro medio para iniciar el juicio 
Clasificación 
•Preparatorias – Destinadas a preparar la demanda 
•Probatorias – Adelantan la práctica de diligencias probatorias 
•Precautorias – Asegurar en forma anticipada el resultado de la acción que se pretende deducir 
Requisitos & Características 
•Solicitante deberá expresar la acción que propone deducir y someramente sus fundamentos 
•Decretarse sin audiencia de la persona contra quien se piden, salvo casos que exigen intervención 
Procedimiento ART. 302 
•Aceptada la medida, solicitante deberá presentar su demanda dentro de 10 días 
•Debe solicitar la medida en su demanda 
•Plazo podrá ampliarse a 30 x motivos fundados 
•Si no la solicita o se omiten, el solicitante será responsable de los perjuicios causados (dolo en el procedimiento) 
MEDIDAS PREJUDICIALES ART. 273 
Prejudiciales 
Solicitarse x Demandado o Demandante 
Objeto preparar la entrada al juicio 
Solicitarse antes del inicio del juicio 
Precautorias 
Sólo competen al Demandante 
Objeto asegurar resultado de la acción intentada 
Solicitan en cualquier E° del juicio
•ART. 273 
Medidas Prejudiciales 
•ART. 254 CPC 
•Designación Tribunal 
•Nombre, Domicilio, Profesión Demandante y Representantes 
•Nombre, Domicilio, Profesión Demandado 
•Exposición Hechos y Derechos 
•Enunciación Precisa y Clara de Peticiones 
RG: Demanda 
•15 días – Dentro de Comuna 
•18 días – Dentro Territorio Jurisdiccional, pero fuera de los límites de la Comuna 
•18+ Tabla Emplazamiento – Fuera del Territorio Jurisdiccional 
Notificación (Personalmente o E° Diario) 
•Modificar la Demanda 
•Desistirse – Nueva notificación por tabla de emplazamiento 
Actitud del Demandante 
•Nada Hace 
•Allanarse 
•Oponerse al Desistimiento 
•Oponer Excepciones Dilatorias (Incidentes) 
•Oponer Excepciones Mixtas 
•Demandante deberá subsanar o enmendar defectos 
•10 días para contestar 
Actitud del Demandado JUICIO ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA PERÍODO DE DISCUSIÓN - DEMANDA 
Formas de Iniciar el Proceso 
No Acoge Demanda 
•Demandante podrá RETIRAR la Demanda hasta ANTES de la Notificación. 
•Resolución que acoge la tramitación es el Traslado (auto) 
•Dilatorias 
•Incompetencia Tribunal 
•Falta Capacidad Demandante 
•Litis Pendencia 
•Ineptitud del Libelo 
•Beneficio Excusión 
•Corrección Procedimiento
•Si tiene éxito, se levantará Acta que tendrá equivalente jurisdiccional de Sentencia Ejecutoriada 
•Plazo de 6 días 
•Demandado podrá Reconvenir (Demanda que el demandado dirige contra el actor) 
•ART. 309 Puede oponer excepciones perentorias 
Contestación 
•Plazo de 6 días 
•ART. 312 Contestación de la Reconvención 
•Excepciones Dilatorias 
•Subsanar dentro de 10 días 
Réplica 
•Plazo de 6 días 
•Réplica de la Reconvención 
Dúplica 
•ART. 262 Notificación por Cédula 
•Audiencia no anterior al 15° día desde la Notificación 
•Si fracasa, el Secretario emitirá un Certificado y lo agregará a los autos 
Conciliación 
•ART. 313 CPC 
•No hay hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos 
•Llama a Oír Sentencia 
Examen de los Autos 
•Considera que existen hechos sustanciales, controvertidos y pertinentes 
•SI recibe causa a Prueba 
•Reposición con Apelación en subsidio 
Prueba 
Período de Discusión - Contestación 
•Partes pueden ampliar, adicionar o modificar acciones y excepciones, sin alterar objeto principal JUICIO ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA
•Notificación por Cédula 
•Desde última notificación de la SI que recibe causa a prueba o desde notificación x el E° de la resolución sobre la solicitud de reposición 
Prueba 
•Ordinario – 20 días 
•5 días para acompañar lista de testigos y minutos de puntos a rendir 
•ART. 329 Extraordinario – 20 días + Tabla Emplazamiento (competencia delegada – exhorto) 
•ART. 339 Especial – Plazo Judicial 
Término Probatorio 
•Se pronuncia sobre la Prueba Rendida 
•Notificada por E° Diario 
Sentencia Interlocutoria 
•ART. 430 
•Plazo 10 días 
•Partes podrán formular comentarios respecto a la prueba rendida 
Observación a la Prueba 
•Reposición – 3° día por Error de Hecho 
•Apelación si no recibió causa a prueba 
•Medidas para Mejor Resolver – 20 días 
•Apelación – Sólo si decreta Informe de Peritos 
•Notifica x E° 
Citación Oír Sentencia 
•RG – Termina el debate y la prueba 
•EXC – Transacción, desistimiento, abandono o conciliación 
•ART. 433 Únicas excepciones admitidas 
•Plazo – 60 días 
•ART. 159 Podrá decretar MMR 
•ART. 170 & AA CS Requisitos requeridos 
Sentencia Definitiva 
Período de Prueba JUICIO ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA 
Efectos 
•ART. 433 No admite + escritos 
•ART. 83 Incidente Nulidad 
•ART. 159 MMR 
•ART. 290 Medidas Precautorias 
Medidas para Mejor Resolver 
•Diligencias probatorias decretadas x el tribunal cuando el proceso está en E° de sentencia 
•EXC – Pasividad de Tribunales 
•Plazo – Dictación de sentencia 
•Notificación – E° Diario 
•Cumplimiento – 20 días
PERÍODO DE PRUEBA 
Concepto 
•Acreditación de los hechos controvertidos a través de los medios que establece la ley 
Objeto 
•Hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos 
•Admitidos, Evidentes, Notorios y Normales no se prueban 
•Presunción 
•Legal 
•Judicial – Medio de Prueba 
•Excluye el D° (salvo la vigencia, costumbre) CARGA DE LA PRUEBA 
•Conducta impuesta a uno o ambos litigantes para acreditar veracidad de los H° enunciados 
•ART. 1698 CC Incumbe al que la alega 
•Sea que se base en la existencia de una acción o excepción 
Procedimiento 
•Manifestación del principio contradictorio 
•Dar a conocer a la parte contraria inmediatamente después de solicitarla 
Valoración 
•Prueba Legal – Ley enumera taxativamente los medios y señala al juez la eficacia probatoria 
•Libre Convicción – Partes acreditan de manera que les acomode y juez valorará o ponderará a su arbitrio Basta convicción moral del juez 
•Sana Crítica – Valora de acuerdo a la lógica, al buen sentido y normas de experiencia; no arbitraria 
Momentos para Pedir 
•Testigos & Peritos – Sólo dentro término probatorio 
•Instrumental – Cualquier E° del juicio hasta vencimiento término probatorio en 1° y vista de la causa en 2° 
•Absolución Posiciones – Desde contestación de la demanda hasta vencimiento término probatorio y vista de la causa 
Características 
•Legal – Podría ser judicial o convencional 
•Común 
•No se suspende, salvo que partes lo pidan 
•Fatal 
Medios 
•Instrumentos 
•Testigos 
•Confesión de Parte 
•Inspección Personal del Tribunal 
•Informe de Peritos 
•Presunciones 
PRUEBA ART. 318 
Excepción agrega Hº nuevos a la prueba
PERÍODO DE PRUEBA 
Instrumentos 
•Documentos – Toda representación material e idónea de un H° o imagen 
•Públicos – Autorizado con solemnidades legales por el competente funcionario 
•Escritura PB – Instrumento público o auténtico otorgado ante escribano e incorporado en su protocolo o registro público 
•Privados – Deja constancia de un H° sin solemnidad legal alguna 
Forma de Rendir 
•Se Acompañan 
•Con Citación 
•Bajo Apercibimiento 
•Solicita Exhibición 
•Emanan de contraparte o 3° en cuyo poder se encuentren 
•Podrán impugnarse dentro de 3 días 
Valor Probatorio 
•Públicos – Plena Fe respecto otorgamiento y fecha 
•Privados – Valor de escritura pública respecto de haberse suscrito 
Impugnación 
Tachas 
Testigos 
•Tercero que depone ante los tribunales respecto de algún H° que dice constarle 
Clasificación 
•Presencial – Presunción Judicial 
•De Oídas – Presunción Judicial 
•Instrumental 
•Contestes – 2+ Plena Prueba 
•Singulares 
•Importancia – Valor Probatorio 
D° & OBs 
•Declarar 
•Concurrir a la Audiencia 
•Decir la Verdad 
•--------------- 
•Gastos de comparecencia 
Desarrollo 
•Citación personal o x cédula 
•Conjunto de preguntas, debidamente enumeradas 
•Juramento 
•6 Testigos x H° 
•Interrogados personalmente x el juez o uno de sus ministros 
•Levantar acta 
PRUEBA ART. 318 
•Hacer efectivas las inhabilidades 
•Antes que el testigo preste declaración 
•Verbalmente en audiencia 
•Tramitan como incidentes 
Instrumento PB Se Exhibe Con Citación ART. 342 #3 CPC Se Acompaña Plazo para Objetar – 3 días ART. 795 #5 CPC Casación en la Forma – Trámite Esencial Instrumento PR Emana de Parte – Bajo Apercibimiento de tenerlo por reconocido Plazo para Objetar – 6 días ART. 346 #3 CPC Emana de 3º – Con Citación: No puede apercibirse a contraparte respecto a documento que emana de un 3º; se da contradictoriedad a un documento cuyo valor probatoria dependerá del reconocimiento que haga en juicio un 3º 
Públicos: Nulidad – No cumple formalidades o requisitos que la ley establece para su validez; sólo se aplica a los PB Falsedad Material – No es auténtico; no realmente otorgado x personas y en la manera que ahí se expresa Falta Integridad – Incompleto; parcial; único regulado x CPC Falta de Veracidad o Sinceridad – Ideológica; no son veraces Privados: Cotejo de Letras – Falta de integridad o falsedad (incidente)
PERÍODO DE PRUEBA 
Confesión 
•Reconocimiento que efectúa el litigante respecto de una circunstancia a propósito de una controversia planteada en juicio 
Clasificación 
•Judicial 
•Extrajudicial 
•Expresa 
•Tácita 
•Espontánea 
•Provocada – Absolución de Posiciones 
•Divisible 
•Indivisible 
•Pura y Simple 
•Calificada 
•Compleja 
•Verbal 
•Escrita 
Oportunidad 
•Contestada la demanda hasta vencimiento término probatorio en 1° (2 veces) 
•Vista de la causa en 2° (1 vez) 
Funcionario 
•Juez 
•Ministro 
•Receptor 
•Actuario 
Indiv. 
Confiesa 
•Litigante 
•Representante Legal 
•Mandatario o Apoderado Especial 
Forma 
•Solicitud escrita al tribunal 
•Tribunal fija día y hora 
•Notifica x cédula 
•Pliego de Posiciones 
•Forma Asertiva o Interrogativa 
•Juramento 
•Minuta x Escrito 
Sanción 
•Asertiva – Se da x confeso 
•Interrogativa – Multa o arresto o pedir suspensión de procedimiento 
•Tácita – Petición de parte 
Valor Probatorio 
•Extrajudicial Verbal – Sólo si admite prueba de testigos 
•Otro medio – Presunción Judicial 
•Presencia – Presunción Grave 
•Ade+ Precisa – Plena Prueba 
•Juicio Diverso – Prueba Completa 
•Judicial – Plena Prueba 
•A confesión de parte, relevo de prueba 
•Tácita – Mismos efectos que expresa 
PRUEBA ART. 318 
•Debe aceptarse en lo favorables y desfavorable 
•Comprendiendo varios H° ligados entre sí, se divide de pleno D° 
•Consta de 2+ H° diversos desligados 
•Simple & Calificada – Indivisible 
•Compleja - Divisible 
Prueba Hº Negativos: 
•No se releva de la carga al que los alega 
•Distinto es cuando el demandado sólo niega los Hº (No debo nada; tiene la carga) 
•Una cosa es defenderse con meras alegaciones y defensas y otra cosa es defenderse con alegaciones negativas
PROCEDENCIA GENERAL 
Ordinarios * Apelación * De Hecho * Reposición *Aclaración 
Extraordinarios * Casación Forma/Fondo * Revisión * Inaplicabilidad * Queja * Amparo/Protección * Nulidad TRIBUNAL QUE CONOCE 
Mismo Tribunal * Reposición * Aclaración 
Tribunal Superior * Casación Forma/Fondo * Revisión * Inaplicabilidad *Queja * Amparo/Protección CARACTERÍSTICAS 
RG –Interponen ante mismo Tribunal que dictó la RJ 
RG – Conoce Tribunal Superior Jerárquico del que dictó Resolución Impugnada 
Ejercicio es Mera Facultad de las Partes 
Plazos son generalmente Fatales 
No proceden contra RJ Firme o Ejecutoriadas 
Recurrentes son Partes Agraviadas ELEMENTOS 
Tribunal que Pronuncia la Resolución 
Resolución Objeto del Recurso 
Tribunal que Conoce del Asunto 
Parte Agraviada 
Nueva Resolución que Enmienda, Invalida o Confirma DERECHO DE IMPUGNACIÓN 
Instrumentos Legales que atacan, reforman o anulan una RJ Facultad contenida en D° de Acción y Contradicción 
•Nueva Acción Constitutiva 
•Fundamento está en la Fiscalización de la Justicia 
Medios de Impugnación: 
•Incidente Alzamiento, Nulidad Procesal, Oposición de 3°, Renovación de Acción Ejecutiva, Revisión, Recursos Procesales 
Requisitos: 
•Ser Parte – Interés en resultado 
•Agravio – Contenido en Parte Resolutiva* de la Sentencia
NULIDAD PROCESAL 
(Sin regulación normativa expresa) ART. 83-85 
•Sanción de ineficacia que la Ley establece para actuaciones judiciales que no cumplen con las formalidades exigidas 
•ART. 10 CC Actos que la ley prohíbe son nulos y de ningún valor 
•ART. 11 CC Acto declarado nulo, no deja de aplicar la ley 
•ART. 12 CC Renuncia a D° conferidos por las leyes 
•CPC determina medios y forma para reclamar 
•Sólo aplica ART. mencionados de los contratos y no todos 
•Nulidad Procesal hay una sola 
•Se reclama dentro del mismo juicio que produce actuación viciosa 
•Si no se reclama, se sanea 
•De Oficio/Petición de Parte 
•Ley expresamente lo dispone 
•Cuando exista un vicio que irrogue perjuicio reparable sólo con declaración de Nulidad 
•Actuación Procesal Aislada: Deja sin efecto dicha actuación 
•Relación Procesal: Rompe el procedimiento, pudiendo pedir nulidad de todo lo obrado (Notificación de un incapaz) 
•Al declararse, el Tribunal establecerá cuáles actos serán nulos en razón a su conexión con el acto anulado 
•Incidente – Dentro de 5 días contados desde que aparece o acredita que tuvo conocimiento del vicio 
•Incompetencia Absoluta no tiene plazo 
•Reclamo Oportuno: Antes de cualquier gestión principal o tan pronto llegue a conocimiento de parte 
•Interpuesto fuera de plazo, se rechaza de plano 
•Recurso de Casación – Todos aquellos que se advierten en la sentencia, causal del RC en la forma, o inciden en trámites esenciales y la ley dispone expresamente 
CONCEPTO 
FUNDAMENTOS Y ALCANCE 
PROCEDENCIA 
FORMA DE RECLAMARLA 
EFECTOS 
CARACTERÍSTICAS 
1.Trascendencia – Vicio relevante sólo reparable con la declaración de nulidad 
•Perjuicio – Pérdida de oportunidad o facultad; no ha podido ejecutar. No existe nulidad sin perjuicio. 
2.Convalidación – Siempre podrá convalidarse, expresa o tácitamente. Plazo de 5 días desde que tuvo conocimiento del vicio hasta la dictación de la sentencia firme o ejecutoriada (in limine litis) 
3.Protección – Alega la nulidad concurriendo con su voluntad a materializar la acción. 
4.Conservación – Nulidad del acto no implica la de todo lo obrado; sólo aquello que el juez establezca en su resolución. 
5.Extensión – No se limita únicamente al acto viciado, sino que además se extiende a los actos en los que habría incidencia. ART: 83 CPC Los actos plenamente válidos podrán afectarse si han sido derivados de un acto ilícito.
RECURSO 
CONCEPTO 
RECURRENTE 
PLAZO 
TRIBUNAL ANTE EL QUE SE INTERPONE 
FORMA 
EFECTOS 
TRAMITACIÓN 
RESOLUCIÓN 
OTROS RECURSOS 
INFO ADICIONAL 
ACLARACIÓN, RECTIFICACIÓN & ENMIENDA 
(SD O SI) 
Acto Jurídico Procesal del Tribunal que dicta SD o SI, de Oficio o Petición de Parte, para Aclarar Puntos Dudosas, Salvar Omisiones o Rectificar Errores de Copia, Referencia o Cálculos Numéricos 
Cualquiera de las Partes 
Excepción a la RG del Agravio 
Fundamento: Economía Procesal 
Ley no señala 
-5 días desde notificación de sentencia 
-Ejecución o cumplimiento de lo Resuelto 
Mismo Tribunal que dictó la Sentencia 
Por Escrito 
Juez podrá suspender o no los trámites o ejecución de la sentencia según naturaleza de la reclamación 
•De Plano 
•Incidente 
•Traslado 3 días 
•Prueba Excepcional (8 – 30 días, dependiendo lugar de diligencia) 
•No podrá afectar fondo ni CJ (causa casación x incompetencia) 
•Notifica igual que SD 
•Simultánea o Paralelamente 
•No suspende plazo para otros recursos 
•Mismos recursos que caben contra SD o SI 
De Oficio: 5 días (fatal) siguientes a primera notificación de SD 
Excepción: Procede De Oficio & Rever Fallo Propio 
REPOSICIÓN 
ORDINARIA 
EXTRAORDINARIA 
(Autos & Decretos) 
ESPECIAL 
(SI) 
ART. 181 
Acto Jurídico de Parte Legitimada con el objeto de Impugnar Autos y Decretos para que el Tribunal modifique o enmiende su resolución 
Excepción - SI que causa agravio 
Cualquiera de las Partes afectadas por la RJ 
Fundamento: Economía Procesal 
O – 5 días desde notificación 
E – Mientras no esté firme ni ejecutoriada 
SI – 3 días 
Mismo Tribunal que dictó la RJ 
Por Escrito 
Suspende el cumplimiento de resolución recurrida 
O – De plano; no suspende plazos 
E – Incidente, Otorga traslado 
SI Prueba: De Plano o Incidente 
Otras SI – Nada Dicho; aplica RG 
Niega – Inapelable 
Acoge - Apelable 
Nuevos Antecedentes: Produce cscc jurídicas, existen al momento de dictar la RJ, PERO desconocidos x el Tribunal 
QUEJA 
(SD o SI que ponen fin o hacen imposible continuación) 
ART. 536 COT 
AA – CS (1972) 
Medio que franquea la Ley a la Parte Agraviada por RJ abusiva para dejarla sin efecto o enmiende, SP demás recursos procesales 
Parte Agraviada por la RJ 
Tribunal Superior Jerárquico 
Por Escrito 
(Ver Gráfico) 
(Ver Gráfico) 
•Consideraciones precisas que demuestren falta o abuso 
•Errores u omisiones graves y manifiestos 
•Medidas para remediar 
•Apelación 
•Árbitros Arbitradores: SD de 1° o única instancia + Casación en la Forma 
Peticiones: 
•Deje sin efecto RJ que estima abusiva 
•Aplicar sanciones al Juez (secundario) 
REVISIÓN RECURSOS PROCESALES 
Medios que la ley concede a la parte que se cree perjudicada por una resolución judicial para obtener que sea modificada o dejada sin efecto
LIMITACIONES DEL JUEZ AL MOMENTO DE FALLAR 
FALLO DEL JUEZ ART. 170 CPC 
1ª Instancia 
Todas las Acciones y Excepciones Interpuestas 
Puede no pronunciarse sobre lo incompatible 
No puede pronunciarse sobre otras cosas 
Podrá declarar la nulidad cuando aparece de manifiesto 
2ª Instancia 
Apelación 
Límites 
Asunto controvertido de 1ª instancia, salvo que planteen excepciones anómalas 
No puede pronunciarse sobre lo no fallado en la SD (salvo Juicio Sumario ART. 694 CPC) 
Sentencia de 1ª Instancia 
Obligaciones 
Agravio – Fundamento y Límite de la Apelación 
Mérito de la apelación (peticiones concretas) 
Prohibición de Reforma del Perjuicio 
No puede modificar en perjuicio del único apelante 
Nadie ha manifestado ese agravio 
Personalidad de la Apelación 
Si existen múltiples partes, interpuesta x uno, no favorece a los demás 
Adhesión a la Apelación 
Trascendencia Práctica: Tribunal de Alzada podrá casar en la forma de oficio o devolverla al tribunal de 1ª para que complete la sentencia 
Sentencia de 1ª 
Fundamento Apelación 
Tribunal de Alzada sólo podrá pronunciarse sobre el Fundamento de la Apelación (Agravio)
RECURSO DE APELACIÓN 
Concepto 
•Tiene por objeto obtener del tribunal superior respectivo que enmiende con arreglo a D°, la resolución del inferior 
•Recurso que la ley concede al litigante agraviado por una RJ para recurrir al tribunal superior inmediato a fin que la revoque o modifique, dictando la que considere más justa, con pleno conocimiento de la gestión controvertida 
Características 
•Recurso Ordinario – Procede contra generalidad de las resoluciones 
•Se interpone ante el mismo tribunal que dictó la RJ recurrida 
•Conocimiento y decisión corresponde al tribunal jerárquico superior 
•Constituye 2° instancia – Revisa todas las gestiones de H° y D° promovidos en 1° 
•Causales Genéricas 
•RG – Su interposición hace posible la interposición de recursos extraordinarios 
Fundamentos 
•Es el medio e instrumento legal que da movimiento a la 2° instancia 
•Segunda revisión del juicio hecha x los jueces 
Diferencias entre 1° y 2° 
•2° – No hay discusión y la prueba está limitada 
•IMP – Período de sentencia 
•Primera Resolución – “Autos en Relación” o “Dese Cuenta” 
•Facultades – Revisar el conflicto ya resuelto x el juez inferior 
•Apelante tratará de desvirtuar sentencia que le ha sido desfavorable 
Resoluciones Apelables 
•SD de 1° 
•SI de 1° 
•Autos y Decretos de 1° 
•Alteren la sustanciación regular del juicio 
•Recaigan sobre trámites no expresamente ordenados x ley (subsidiaria a la reposición) 
Plazos 
•5 días a contar de la notificación de la parte que entable el recurso 
•10 días si es SD 
•3 días apelación en subsidio de reposición 
•Fatal, individual de días, legal 
Efectos 
•Devolutivo – Otorga jurisdicción al tribunal superior para conocer el recurso y enmendar o confirmar fallo del inferior 
•Suspensivo – Suspende jurisdicción del tribunal inferior para seguir conociendo de la causa 
•Tribunal inferior pierde competencia hasta que el de 2° confirme, revoque o modifique la RJ impugnada 
•Fundamenta reparar la injusticia cometida 
Forma de Conceder 
•ART. 194 Sólo Devolutivo – Tribunal inferior sigue conociendo hasta su terminación, incluso ejecución SD 
•Dos tribunales tienen competencia sobre mismo negocio jurídico 
•O° de No Innovar – Se radica en sala que concede la O° y goza de preferencia 
•RG Ambos Efectos – Suspende jurisdicción del tribunal inferior (salvo excepciones) 
Competencia 
•Asuntos juzgados y fallados en 1° (salvo ART. 208-209) 
•Apelación de una parte no aprovecha la otra 
APELACIÓN ART. 186
RECURSO DE APELACIÓN 
Límites al Tribunal Alzada 
•Prohibición de empeorar la situación del apelante si no ha mediado recurso del adversario 
Personalidad 
•Si es dictada a favor del único apelante, no aprovecha a los otros 
Tramitación 
•Contener fundamentos de H° y D° en que se apoyan las peticiones concretas 
•Si es subsidiaria, no requiere fundamentos 
•Si se concede en ambos efectos, se remite al superior al día siguiente 
•Sólo efecto devolutivo, deben compulsarse las piezas necesarias y enviar al superior 
•Apelante deberá depositar en secretaría del tribunal dentro de 5 días valor de fotocopias 
Tramitación 
•Recibidos los autos, partes tienen 5 días para comparecer 
•Plazo ampliable x tabla 
•Si no comparece, secretaria certificará deserción (no requiere notificación) 
•Si apelado no comparece, sigue en rebeldía x el solo ministerio de la ley 
•Rebelde podrá comparecer en cualquier E° del juicio 
•Tribunal de alzada examinará en cuenta si es admisible 
•Si es inadmisible, devolverá al tribunal inferior para dar cumplimiento al fallo 
•Si es admisible, mandará traer autos en relación 
Notificaciones 
•Primera – Personal 
•Demás – E° Diario 
•Resolución que declara deserción del recurso no requiere notificación 
Incidentes 
•Resoluciones sobre incidentes se dictarán por tribunal de alzada y no serán apelables 
•RG – Se fallan de plano, a menos que se estima conveniente 
Prueba 
•ART. 207 Excepcional para instrumental y confesional 
•ART. 159 Tribunal podrá decretar MMR 
Adhesión 
•Pedir reforma de sentencia apelada en la parte estimada gravosa 
•Nueva apelación interpuesta x apelado 
•Salva injusticia que envuelve situación 
Tramitación 
•Salvo SD, se verá en cuenta, salvo que partes soliciten alegatos 
•Relator dará cuenta de vicio u omisión 
•Vista se inicia con relación 
•Alegatos de las partes, máximo 30 minutos 
•Rectifican errores de H° 
•Cierra el debate y juicio queda en E° de dictar MMR 
APELACIÓN ART. 186 
Requisitos: 
•Una parte interpone la apelación y está pendiente 
•Sentencia de 1° causa agravio al apelado} 
•Se tramita separadamente de la apelación Legitimado Activo 
•La parte que no apeló de la RJ de 1° instancia Oportunidad 
•En 1°, antes de elevar autos al superior 
•En 2°, dentro del término que disponen los litigantes para hacerse parte
RECURSO DE APELACIÓN 
Formas de Término 
•Normal – SD 
•Anormal 
•Deserción 
•Desistimiento 
•Prescripción 
Plazo 
•30 días contados desde término de vista de la causa 
Límites 
•Si la sentencia extiende su fallo a puntos no sometidos a su decisión, podrá recurrirse de casación en la forma 
Formalidad 
•Notificación –E° Diario 
Desistimiento 
•Renuncia expresa hecha por el que lo ha interpuesto 
•Puede presentarse ante el tribunal inferior o ante el de alzada 
•Podrá presentarse en cualquier momento 
•Se resuelve de plano 
•Efectos: 
•La SD queda firme y ejecutoriada desde que se notifica el decreto que la manda a cumplr 
Prescripción 
•Modo de extinguir la apelación por haber dejado las partes transcurrir cierto período de tiempo sin hacer gestión alguna 
•Requisitos: 
•Pasividad de las Partes 
•Alegada x las partes 
•Durar cierto tiempo 
•SD – 3 meses 
•SI o Decreto – 1 mes 
•Interrupción: 
•Cualquier gestión en el juicio 
•Interposición: 
•Ante el tribunal en cuyo poder se encuentre el expediente 
Tramitación 
•Podrá alegarse en cualquier E° del juicio 
•Aplica reglas de los incidentes 
•SD quedará firme desde que notifique decreto que la mande a cumplir 
Abandono 
•Aplica RG 
•Sólo el demandado podrá hacerlo valer durante todo el juicio hasta dictación sentencia ejecutoriada 
Deserción 
•Modo de término cuando el apelante no cumple alguna gestión ordenada x ley en la oportunidad debida 
•Causales: 
•Apelante no cumple OB de depositar al cabo de 5 días el valor de copias 
•Apelante no comparece dentro del plazo ante el tribunal superior 
APELACIÓN ART. 186 
Recursos: 
•Reposición – Fundada en error de H° y deducido dentro de 3° día (caso excepcional contra SI) 
•Apelación – Debe haber sido dictada x tribunal inferior. Si el de alzada lo falla, resolución es inapelable 
•Casación en la Forma – SI que pone término al juicio o hace imposible su prosecución 
•Casación en el Fondo – Debe haber sido dictada x una CA
RECURSO DE CASACIÓN 
Consideraciones Generales 
•Carácter Público 
•Extraordinario 
•Limita al Tribunal Ad Quem 
Regulación Legal 
•Invalidar una sentencia en los casos señalados x ley 
•Casare – Anular, declarar de ningún efecto alguno 
Criterio Legislación 
•Amplio – Casación Fondo (RG) 
•Taxativo – Casación Forma 
•Infracción a ley procesal podrá ser causal de fondo si forma no la considera 
•Elemento diferenciador es naturaleza de ley infringida 
Errores que se Cometen 
•In Procedendo – Actividad del tribunal durante el proceso que suponen irregular o defectuosa actividad procesal 
•Obligan anular el proceso hasta el acto en que se produjo 
•In Iudicando – Actividad intelectiva de los sentenciadores, manifestada en el acto jurisdiccional (sentencia) 
•Procede dejar sin efecto la sentencia, dictando una nuevo 
CASACIÓN ART. 764
RECURSO DE CASACIÓN 
Concepto 
•Recurso extraordinario que la ley concede a las partes agraviadas con ciertas RJ, a fin de obtener su invalidación cuando han sido dictadas con infracción de ley y ha influido substancialmente en lo dispositivo del fallo. 
Sentencias Apelables ART. 767 
•SD Inapelables 
•SI Inapelables que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación 
•Tanto de 1ª como de 2ª 
•Deben ser dictadas x una CA o tribunales arbitrales se 2ª instancia constituidos x árbitros de Dº 
Causales & Límites 
•Sentencia pronunciada con infracción de ley 
•Substancial influencia en lo dispositivo 
•Límites 
•Naturaleza de resolución impugnable 
•Procedencia casación en la forma 
Infracción de Ley 
•Contravención Expresa de Ley – Error formal que desconoce validez o existencia de una ley 
•Errónea Interpretación – Atribuye sentido equivocado a la norma, ampliando o restringiendo 
•Falsa o Indebida Aplicación – Juez aplica la ley a casos extraños o prescinde de la ley en un caso determinado 
Sentidos de Ley 
•Ley – Emanada de autoridad y general obligatoriedad 
• ART. 1 CC 
•Tratados Internacionales 
•Costumbre 
• ART. 2 CC 
•Ley Extranjera 
•Reglamentos, Decretos e Instrucciones 
•DFL & DL 
•Autos Acordados 
•Ley del Contrato 
•Cláusulas Testamentarias 
Influencia Sustancial 
•Sustancial – De no haber existido, el fallo hubiese sido distinto 
•Dispositivo – Parte o considerando resolutivo 
Hechos ART. 785 
•Este es un recurso y no una instancia 
•La instancia es un grado jurisdiccional que comprende tanto los H° como el D° 
•Circunstancias que sirven de base al litigio u ocurren dentro del mismo. Sin ellos, el litigio no existe. 
•Comprobación de un H° es de resorte exclusivo del juez de fondo y su calificación jurídica es revisable x la CS 
CASACIÓN EN EL FONDO ART. 764
RECURSO DE CASACIÓN 
Tramitación ante CA 
•Sujetos y Tribunales 
•Parte Agraviada – Directa o indirecta (agravio y vicio) 
•Ante tribunal que pronunció sentencia 
•Para ante quien debe conocer 
•Plazo 
•15 días siguientes a la notificación de la sentencia que se recurre 
•Requisitos del Escrito 
•Expresar en qué consiste error de D° de que adolece 
•De qué modo los errores influyen sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia 
•Patrocinado x abogado habilitado 
Tramitación ante CA 
•Consecuencias – No puede sostener variaciones 
•Examen Admisibilidad – En cuenta 
•Declaración Inadmisibilidad – Declara a quo 
•Concesión – Eleva autos originales a CS y devuelve compulsas a tribunal que conocerá del cumplimiento 
•Expediente original a CS y copias al JL 
Efectos 
•RG – No tiene efecto suspensivo 
•EXC: 
•Cumplimiento hace imposible llevar a efecto la sentencia 
•Parte vencida exige no cumplir sentencia mientras vencedora no rinda fianza de resultas 
•Fianza Resultas – Solicitud separada se agrega al cuaderno de compulsas 
•Tribunal se pronuncia de plano en única instancia y fija monto 
•Franqueo – Remisión x parte del recurrente, o bajo apercibimiento de declararse no interpuesto el recurso 
Tramitación ante CS 
•Plazo – 5 días para comparecer ante CS a seguir el recurso desde que autos se reciben en secretaría (+ fuera Stgo) 
•Rebeldía – Recurrido no comparece, no será necesario notificarlo 
•Desierto – 3 meses sin realizar gestión alguna; cualquier parte podrá solicitar que se declare firme la RJ recurrida (1 mes si es SI) 
•Deserción - Recurrente no comparece, secretario certifica de oficio 
•Abogado Patrocinante – Hasta antes de la vista del recurso 
Tramitación ante CS 
•Admisibilidad – Examina en cuenta: 
•Si sentencia es de aquellas contra las cuales la ley concede el recurso 
•Si el escrito expresa en qué consiste el/los errores de Dº y cómo influyen sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia 
•Interpuesto a tiempo 
•Patrocinado x abogado 
Reposición 
•Resolución que declara inadmisibilidad podrá reponerse dentro de 3º día desde la notificación de la RJ 
•Podrá decretar autos en relación 
CASACIÓN EN EL FONDO ART. 764 
Casación de Oficio 
•Si CS desecha por defectos de forma, podrá invalidar de oficio si se dictó con infracción de ley 
•Dictará sentencia de reemplazo 
•NOTA: Partes podrán solicitar que recurso se conozca y resuelva x el Pleno
RECURSO DE CASACIÓN
TRAMITACIÓN RECURSO DE QUEJA 
Presentación 
Primera Resolución 
Evacuación de Informe, Constancia Petición & Notificación de Solicitud a las Partes 
Comparecencia de las Partes (Facultativa) 
Vista del Recurso (Siempre Previa Vista) 
Fallo 1. Acoge 2. Rechaza 
Recursos contra el Fallo 
Otras Formas de Terminación 
Entabla directamente ante Tribunal Superior Jerárquico del que dictó la RJ con falta o abuso 
Tenor depende de requisitos precedentes 
•Falta de Patrocinio 
•Inadmisibilidad x Incumplimiento Requisitos Formales 
•Fuera Plazo Legal, No procedente, Proceden otros recursos, etc. 
•Sólo cabe Reposición fundada en Error de Hecho 
•Tribunal podrá proceder De Oficio 
•Inadmisibilidad x Falta de Fundamento (Derogado) 
•Admisibilidad – Solicita informe a Juez (es) 
•Evacuar dentro de 8 días hábiles desde recepción del oficio respectivo (sólo sobre hechos) 
•Constancia recepción de solicitud del informe (Secretario del Tribunal) 
•Notificar las Partes x E° Diario de solicitud de informe 
•Cualquiera de las Partes hasta ANTES de la Vista 
•Terceros incluidos 
•Se agrega a Tabla preferentemente y no suspende 
•Transcurrido el plazo, dicta Autos En Relación 
•Se acumula a Recursos Jurisdiccionales, de haberlos (se resuelven conjuntamente ART. 66) 
•Se sortea entre Salas, salvo radicación anterior a raíz de Orden de No Innovar solicitada x recurrente 
•CS conoce sala especializada según materia en que incida el RQ 
•No suspende Vista de la Causa 
•Sólo decretar MMR una vez terminada la Vista 
•Apelación (Excepción ART. 551) 
•Presenta ante Tribunal que se pronuncia acerca de la Queja 
•Conoce Tribunal que conocería de Casación 
•Resuelve De Plano 
•Única Instancia ART. 63 
•Desistimiento del Recurrente 
•Acoge Recurso 
•Invalida, Modifica o Enmienda RJ 
•Decretar Medidas Disciplinarias, dando cuenta al Tribunal Pleno (Se impuso esta OB ART. 545 <Amonestación Privada, pero CS estima lo contrario) 
•Rechaza Recurso 
•En la práctica, no dan fundamentos 
•Ley 19.374 intentó limitar procedencia
PARALELO RECURSOS
PARALELO RECURSOS
PARALELO RECURSOS
PARALELO RECURSOS
JUICIO EJECUTIVO 
Procedimiento contencioso de aplicación general o especial, de tramitación extraordinaria que tiene por objeto el cumplimiento forzado de una obligación que consta en un título fehaciente e indubitado. 
•Procedimiento General o Especial 
•Extraordinario o Especial 
•Compulsivo o de Apremio 
•Fundamento en OB Indubitada 
•Inspirado en Protección de Intereses del Acreedor 
Características 
•Obtener por el acreedor el cumplimiento forzado de una OB que se ha incumplido 
•Título – Mérito ejecutivo: Documento que deja constancia fehacientemente de la existencia de una OB (SD) 
•Equilibrar intereses en juego (Acción & Excepciones) 
•Ejecutivo – Aspecto Contencioso 
•Apremio – Trámites de Embargo 
Fundamentos 
•Naturaleza de la OB 
•De Dar 
•Hacer 
•No Hacer 
•Campo de Aplicación 
•General 
•Especial 
•Cuantía 
•Mayor y Mínima 
Clasificación 
•ART. 434 CPC OB Dar 
•ART. 530 CPC Hacer y No Hacer 
•ART. 729 CC General 
•Especial – Leyes Especiales 
•ART. 434 CPC Mayor Cuantía 
•ART. 729 CPC Mínima Cuantía 
Reglas Legales
ACCIÓN EJECUTIVA 
•OB Conste en Título Ejecutivo 
•OB Actualmente Exigible 
•OB Líquida (Dar), Determinada (Hacer) y Susceptible de convertirse en la de Destruir la Obra Hecha (Hacer) 
•OB No Prescrita – 3 años/De oficio 
Requisitos Copulativos 
•Declaración solemne a la cual la LEY le otorga, específicamente, la fuerza indispensable para ser antecedente inmediato de una ejecución. 
•Fuente 
•Voluntad de las Partes 
•Judicial 
•Administrativo 
•Escrito/Disposiciones Tributarias/Multa 
Título Ejecutivo 
•Sentencia Firme, SD o SI 
•Copia Autorizada de Escritura PB 
•Acta Avenimiento ante Tribunales y Autorizada x Ministro de Fe 
•Instrumento PR Reconocido Judicialmente o Tener x Reconocido 
•Confesión Judicial 
•Cualquiera Título al Portador o Nominativo 
•Cualquier otro título que las Leyes den Fuerza Ejecutiva 
Enumeración ART. 434 
•Requisito para todas las OB 
•No sujeta a modalidad 
•Actual 
OB Exigible 
•Procedimientos judiciales previos que puede iniciar el acreedor contra el deudor 
•Finalidad de perfeccionar el título fundamento del juicio 
•Reconocimiento de firma en instrumento PR 
•Notificación judicial de protesto 
•Confesión de deuda 
•Confrontación de título 
•Avaluación 
•Validación sentencia extranjera 
•Notificación título a herederos del deudor 
Gestiones Preparatorias 
SD – Ponen fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto objeto del juicio SI – Fallan un incidente, estableciendo Dº permanentes a favor de las partes o resuelven sobre algún trámite base para el pronunciamiento de una SD o SI Firme – Desde que se notifica a las partes, si no procede recurso o desde que se notifica el decreto que manda cumplir la sentencia, una vez terminados los recursos deducidos o transcurran todos los plazos que la ley concede para hacerlos valor SD o SI Firmes – Producen Acción de Cosa Juzgada Escritura PB – Instrumento PB o auténtico otorgado con las solemnidades que fija la ley, por el competente notario e incorporado en su protocolo o registro PB Acta de Avenimiento – Acuerdo producido entre las partes litigantes para poner término al juicio, en las condiciones señaladas x ellos y aceptada por el Juez Instrumento PR – Dejan constancia de un Hº, pero sin formalidad alguna Confesar – Reconocer un Hº del cual se derivan consecuencias jurídicas en su contra
JUICIO EJECUTIVO 
•Formas de Iniciarse: •Gestión Preparatoria •Demanda Ejecutiva Cuaderno Ejecutivo 
•Título Ejecutivo Perfecto 
•Requerimiento Definitivo 
•Notifica 
•ART. 254 Requisitos + Especiales Demanda Ejecutiva 
•Constituye Notificación de Demanda Ejecutiva 
•Emplazamiento de Pago en el acto Bajo Apercibimiento de Embargo 
•Denegado – Sólo apelación en el solo efecto devolutivo. Si se rechaza, no existe casación en el fondo 
•Acogido Efectos 
•Defensa ART. 464 Excepciones 
•Traslado al Ejecutante – 4 días fatales 
•No hay Oposición – No existe Controversia 
•Se dicta mandamiento de ejecución & embargo en cuaderno de apremio 
•Hace de Sentencia 
•Inicia cuaderno de Apremio 
•Procede Liquidación o Pago 
•Pago 
•Admisibilidad de Excepciones 
•Inadmisible – Dicta Sentencia Oposición del Ejecutante 
•No hay Hº SP y C – Citación para oír sentencia 
•Hay Hº SP y C – Término probatorio de 10 días 
•Notifica x Cédula 
•Observaciones a la prueba – 6 días 
•Citación oír sentencia – 10 días Admisible 
Procedimiento de carácter contencioso de aplicación general o especial, de tramitación extraordinaria que tiene por objeto el cumplimiento basado en una prestación que consta en un antecedente escrito, indubitado e indubitable llamado Título Ejecutivo. 
DESPÁCHESE 
Dicta Mandamiento de Ejecución y Embargo (SI de 2º Grado) Abre Cuaderno de Apremio 
Menciones ME&E 
1.Oº Requerir de Pago 
2.Oº Embargar Bienes 
3.Designación Depositario Provisional 
4.Bienes Provisionales 
5.Uso Fuerza PB 
Discusión sobre existencia, monto y exigibilidad de la OB 
Cuadernos: Ejecutivo Apremio Tercerías Incidentes 
Condenatoria 
De Pago Especie o cuerpo cierto SD Condenatoria de pago Firme EXC ART. 475 
De Remate No son Especie o Cuerpo Cierto Notificación de sentencia causa ejecutoria 
Absolutoria 
Acoge una o más excepciones; Efecto en Cuaderno de Apremio 
Suspensión Definitiva del Embargo 
Alza del Embargo 
IMPORTANCIA: 
1.Costas 
2.Apelación 
•Absolutoria – Ambos efectos 
•De Pago – Suspensivo 
•De Remate – Devolutivo 
EFECTOS SD: Cosa Juzgada Formal y Sustancial 
•Renovación de la Acción 
•Reserva de la Acción
JUICIO EJECUTIVO 
•Características Embargo 
•Acto de Autoridad 
•Acto Material 
•Consecuencias Jurídicas 
•Se estampa al lado del ME&E Cuaderno de Apremio 
•ART. 2465 RG – Todos los bienes del deudor 
•ART. 434 CPC EXC 
•Sueldos de Empleados PB 
•Remuneraciones Empleados 
•Pensiones Alimenticias Forzosas 
•Rentas de Fundaciones 
•Fondos del Banco Eº 
•Pólizas de Seguro 
•Sumas a Obreros 
•Bien Raíz Familiar… Bienes Embargables 
•Acreedor 
•Deudor 
•Ministro de Fe Indicación de Bienes 
•Entrega – Simbólica o Real 
•Niega – Uso de Fuerza PB 
•Excepciones a la Entrega 
•Empresa Mercantil 
•Menaje de una Casa 
•Dinero o Alhajas 
•En Pº de un 3º Procedimiento 
•Ministro de Fe levanta Acta 
•Inscripción en CBR 
•Entrega diligencia en Secretaría 
•Testimonio de Fecha 
•Constancia de toda alegación de 3º Formalidades 
Foja 1: Mandamiento de Ejecución y Embargo 
Embargo – Actuación judicial que consiste en la aprehensión de 1+ bienes del deudor, previa orden de autoridad competente, ejecutada x ministro de fe, con el objeto de pagar con esos bienes al acreedor o realizarlos y pagar con lo producido 
•ART. 1464 CC Deudor pierde libre disposición 
•ART. 479 Pierde administración de sus bienes (Depositario designado x acreedor) Efectos 
•Ampliación – Cualquier Eº del juicio con justo motivo 
•Reducción – Fundamento de justa equivalencia 
•Substitución – RG x Dinero 
•Cese – Paga deuda y costas antes de verificar el remate Modalidades 
•Traba 2+ embargos sobre un mismo bien 
•No existe ley que lo prohíba 
•Problema al solicitar autorización a jueces Reembargo 
•De Pago – Apremio se reduce a liquidación del crédito, tasación de costas y entrega de $$ 
•De Remate – Trámites se limitan a rematar bienes para pagar al acreedor Sentencias Definitivas
JUICIO EJECUTIVO 
Cumplimiento Sentencias Definitivas 
De Pago ART. 510 
RG – Se pide una vez que SD esté firme o ejecutoriada 
EXC – Apelación en solo efecto devolutivo; Casación en el fondo o forma 
De Remate 
RG – SD notificada a las partes 
Pago – SD Ejecutoriada 
EXC – Apelación en solo efecto devolutivo; Casación en el fondo o forma 
Realización de Bienes sin Tasación 
Muebles en Martillo 
Muebles sujetos a Corrupción 
Efectos de Comercio realizables en el Acto 
Realización de Bienes que Requieren Tasación 
No comprendidos en los no realizables 
Remate PB 
Ante Tribunal que conoce o en Jurisdicción 
Venta Judicial, Forzosa, PB y al Mejor Postor 
Formalidades Previas 
Tasación 
Rol de Avalúo SII 
Determinación de Bases 
Forma de Pago, Mínimo y Cauciones 
Fijación Día y Hora 
So pena de Nulidad 
Formalidades de Publicidad 
Avisos 4 veces en diario comunal 
Citación de Acreedores Hipotecarios 
Sólo si es inmueble 
Autorización Judicial 
Eventualidad de múltiples embargos 
Producto de Realización consignado a la Oº del Tribunal , deduciendo gastos y honorarios: 
•Martillero 
•Depositario 
•Corredor de Comercio 
Remate PB: 
•Ante tribunal que conoce ejecución o donde bien esté situado 
•Postor rendir caución suficiente (10%) 
•Calificación de Cauciones 
•Comienza x el mínimo 
•Adjudica al mejor postor 
•Considerado CV entre Ejecutado, representado x Tribunal, y Subastador 
•Cumplir formalidades de CV 
•Acta del Remate en registro del secretario, firmada x juez, rematante y secretario 
•Valor de escritura PB 
•Proceso contendrá extracto de acta 
•Plazo – 3 días ampliables Sanciones: (Escritura o Precio) 
•Remate sin efecto 
•Efectiva la caución Nulidad: 
•Vicios o Defectos Sustantivos (Nº Civiles) 
•Defectos Procesales (Nº Procesales) 
Procedimientos Finales: 
•Consignación de Fondos 
•Liquidación del Crédito 
•Tasación de las Costas 
•Rendición de Cuentas del Depositario 
•Remuneración del Depositario 
•Pago al Acreedor

Contenu connexe

Tendances

Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo
Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo
Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo MgMarmolejo
 
Sujetos y actos procesales
Sujetos y actos procesalesSujetos y actos procesales
Sujetos y actos procesalesangeldavid513
 
75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)
75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)
75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)Susy Burgos
 
Los actos procesales
Los actos procesalesLos actos procesales
Los actos procesalesGlisber
 
Sesión 12 los sujetos procesales las partes
Sesión 12 los sujetos procesales   las partesSesión 12 los sujetos procesales   las partes
Sesión 12 los sujetos procesales las partesmelgarejoby
 
ENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho AdministrativoENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho AdministrativoENJ
 
Teoría de la acción
Teoría de la acciónTeoría de la acción
Teoría de la accióncanemania
 
Derecho de acción
Derecho de acciónDerecho de acción
Derecho de acciónSAM CORR
 
Derecho Procesal, Actos Procesales
Derecho Procesal, Actos ProcesalesDerecho Procesal, Actos Procesales
Derecho Procesal, Actos ProcesalesJuan Torrijo
 
Derecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de Acción
Derecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de AcciónDerecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de Acción
Derecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de AcciónJairo Enrique Garcia Olaya
 
Diapostivas evolucion del concepto jurisdiccion
Diapostivas evolucion del concepto jurisdiccionDiapostivas evolucion del concepto jurisdiccion
Diapostivas evolucion del concepto jurisdiccionnrch
 

Tendances (20)

Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo
Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo
Mapa conceptual procesal civil l Maria G Marmolejo
 
La norma jurídica procesal
La norma jurídica procesalLa norma jurídica procesal
La norma jurídica procesal
 
Sujetos y actos procesales
Sujetos y actos procesalesSujetos y actos procesales
Sujetos y actos procesales
 
Revista
RevistaRevista
Revista
 
Actos prejudiciales
Actos prejudicialesActos prejudiciales
Actos prejudiciales
 
Clase tres
Clase tresClase tres
Clase tres
 
la jurisdiccion
 la jurisdiccion la jurisdiccion
la jurisdiccion
 
Mapa conceptual dpci mariana cordova
Mapa conceptual dpci mariana cordovaMapa conceptual dpci mariana cordova
Mapa conceptual dpci mariana cordova
 
75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)
75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)
75030841 resumen-teoria-general-del-proceso (1)
 
derecho procesal civil
derecho procesal civilderecho procesal civil
derecho procesal civil
 
Los actos procesales
Los actos procesalesLos actos procesales
Los actos procesales
 
Sesión 12 los sujetos procesales las partes
Sesión 12 los sujetos procesales   las partesSesión 12 los sujetos procesales   las partes
Sesión 12 los sujetos procesales las partes
 
ENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho AdministrativoENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho Administrativo
 
Teoría de la acción
Teoría de la acciónTeoría de la acción
Teoría de la acción
 
Capítulo 5 hechos y actos - clase 3 y 4
Capítulo 5   hechos y actos - clase 3 y 4Capítulo 5   hechos y actos - clase 3 y 4
Capítulo 5 hechos y actos - clase 3 y 4
 
Derecho de acción
Derecho de acciónDerecho de acción
Derecho de acción
 
Los actos procesales
Los actos procesalesLos actos procesales
Los actos procesales
 
Derecho Procesal, Actos Procesales
Derecho Procesal, Actos ProcesalesDerecho Procesal, Actos Procesales
Derecho Procesal, Actos Procesales
 
Derecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de Acción
Derecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de AcciónDerecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de Acción
Derecho de acción - Jairo Enrique García Olaya - Derecho de Acción
 
Diapostivas evolucion del concepto jurisdiccion
Diapostivas evolucion del concepto jurisdiccionDiapostivas evolucion del concepto jurisdiccion
Diapostivas evolucion del concepto jurisdiccion
 

En vedette

Desarrollo de la relacion procesal
Desarrollo de la relacion procesalDesarrollo de la relacion procesal
Desarrollo de la relacion procesalmorillohillary
 
Unidad 1 y 2
Unidad 1 y 2Unidad 1 y 2
Unidad 1 y 2Jesi Vill
 
Mapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y proceso
Mapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y procesoMapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y proceso
Mapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y procesoluisalfredopenacoronado1
 
Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...
Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...
Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...mgutier23
 
El Contencioso Administrativo Federal
El Contencioso Administrativo FederalEl Contencioso Administrativo Federal
El Contencioso Administrativo FederalBruno Varela
 
Ciclo del contribuyente sat
Ciclo del contribuyente satCiclo del contribuyente sat
Ciclo del contribuyente satContador Mx
 
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...universidad
 
Esquema conceptual los principios procesales presente en el copp
Esquema conceptual los principios procesales presente en el coppEsquema conceptual los principios procesales presente en el copp
Esquema conceptual los principios procesales presente en el coppEstudiante.uftsaia Slideshow
 
PLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANO
PLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANOPLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANO
PLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANOJose Ramos Flores
 
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía Gustavo A.
 
Jurisdicción y competencia ii 2013
Jurisdicción y competencia ii 2013Jurisdicción y competencia ii 2013
Jurisdicción y competencia ii 2013Milesuarez
 
Medios de comunicación de autoridades judiciales a los particulares
Medios de comunicación de autoridades judiciales a los particularesMedios de comunicación de autoridades judiciales a los particulares
Medios de comunicación de autoridades judiciales a los particularesSAM CORR
 

En vedette (14)

Desarrollo de la relacion procesal
Desarrollo de la relacion procesalDesarrollo de la relacion procesal
Desarrollo de la relacion procesal
 
Unidad 1 y 2
Unidad 1 y 2Unidad 1 y 2
Unidad 1 y 2
 
Mapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y proceso
Mapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y procesoMapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y proceso
Mapa conceptual(completo). Acción, jurisdicción, competencia y proceso
 
Exposicion maestria[1]
Exposicion maestria[1]Exposicion maestria[1]
Exposicion maestria[1]
 
Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...
Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...
Mapa Conceptual Principios Fundamentales de la Toma de Decisiones en el Secto...
 
El Contencioso Administrativo Federal
El Contencioso Administrativo FederalEl Contencioso Administrativo Federal
El Contencioso Administrativo Federal
 
Ciclo del contribuyente sat
Ciclo del contribuyente satCiclo del contribuyente sat
Ciclo del contribuyente sat
 
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...
MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA TOMA DE DECISIÓN E...
 
Esquema conceptual los principios procesales presente en el copp
Esquema conceptual los principios procesales presente en el coppEsquema conceptual los principios procesales presente en el copp
Esquema conceptual los principios procesales presente en el copp
 
PLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANO
PLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANOPLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANO
PLAZOS EN EL PROCESO CONFORME AL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PERUANO
 
Proceso, accion y jurisdiccion
Proceso, accion y jurisdiccionProceso, accion y jurisdiccion
Proceso, accion y jurisdiccion
 
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
 
Jurisdicción y competencia ii 2013
Jurisdicción y competencia ii 2013Jurisdicción y competencia ii 2013
Jurisdicción y competencia ii 2013
 
Medios de comunicación de autoridades judiciales a los particulares
Medios de comunicación de autoridades judiciales a los particularesMedios de comunicación de autoridades judiciales a los particulares
Medios de comunicación de autoridades judiciales a los particulares
 

Similaire à Jurisdicción y funciones jurisdiccionales

2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptx
2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptx2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptx
2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptxStevenShezarinoCampo
 
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del proceso
Quinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del procesoQuinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del proceso
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del procesoVictor Raul Sencia Naveros
 
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del proceso
Quinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del procesoQuinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del proceso
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del procesopaulo alarcon
 
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]guestfb48eae
 
Incidentes en el Juicio de Amparo ,etapas
Incidentes en el Juicio de Amparo  ,etapasIncidentes en el Juicio de Amparo  ,etapas
Incidentes en el Juicio de Amparo ,etapasjpsyuli
 
SESION 1.CONOCIMIENTO.1.ppt
SESION 1.CONOCIMIENTO.1.pptSESION 1.CONOCIMIENTO.1.ppt
SESION 1.CONOCIMIENTO.1.pptDarkgeminis19
 
La demanda Presentación.pptx
La demanda Presentación.pptxLa demanda Presentación.pptx
La demanda Presentación.pptxVicenteMench
 
Arbitraje internacional
Arbitraje internacionalArbitraje internacional
Arbitraje internacionalAurora Cubias
 
Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.
Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.
Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.José Mariano Corro Lara.
 
1. Toda la Etapa Postulatoria.pptx
1. Toda la Etapa Postulatoria.pptx1. Toda la Etapa Postulatoria.pptx
1. Toda la Etapa Postulatoria.pptxsegundomejia1
 
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesos
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesosEl proceso judicial: principios, estructura y clases de procesos
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesosRuiz Prieto Asesores
 
Derecho procesal (resumen)
Derecho procesal (resumen)Derecho procesal (resumen)
Derecho procesal (resumen)Alvaro Jesus
 

Similaire à Jurisdicción y funciones jurisdiccionales (20)

2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptx
2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptx2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptx
2da. Sesión de Clases (28-Mar-21) (3).pptx
 
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del proceso
Quinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del procesoQuinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del proceso
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del proceso
 
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del proceso
Quinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del procesoQuinta clase dpc 1   la  etapa  postulatoria  del proceso
Quinta clase dpc 1 la etapa postulatoria del proceso
 
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
 
Derecho procesal
Derecho procesalDerecho procesal
Derecho procesal
 
Incidentes en el Juicio de Amparo ,etapas
Incidentes en el Juicio de Amparo  ,etapasIncidentes en el Juicio de Amparo  ,etapas
Incidentes en el Juicio de Amparo ,etapas
 
Derecho procesal civil
Derecho procesal civilDerecho procesal civil
Derecho procesal civil
 
SESION 1.CONOCIMIENTO.1.ppt
SESION 1.CONOCIMIENTO.1.pptSESION 1.CONOCIMIENTO.1.ppt
SESION 1.CONOCIMIENTO.1.ppt
 
La demanda Presentación.pptx
La demanda Presentación.pptxLa demanda Presentación.pptx
La demanda Presentación.pptx
 
Arbitraje internacional
Arbitraje internacionalArbitraje internacional
Arbitraje internacional
 
Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.
Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.
Principios procesales y formas de acreditar la personalidad.
 
05 09-12
05 09-1205 09-12
05 09-12
 
Medios de defensa
Medios de defensaMedios de defensa
Medios de defensa
 
1. Toda la Etapa Postulatoria.pptx
1. Toda la Etapa Postulatoria.pptx1. Toda la Etapa Postulatoria.pptx
1. Toda la Etapa Postulatoria.pptx
 
Principios cod. proc. civil (1)
Principios cod. proc. civil (1)Principios cod. proc. civil (1)
Principios cod. proc. civil (1)
 
Teoria de la prueba
Teoria de la pruebaTeoria de la prueba
Teoria de la prueba
 
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesos
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesosEl proceso judicial: principios, estructura y clases de procesos
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesos
 
Derecho procesal (resumen)
Derecho procesal (resumen)Derecho procesal (resumen)
Derecho procesal (resumen)
 
07 3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)
07   3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)07   3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)
07 3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)
 
PRESENTACIÓN MAESTRÍA - PROC. VOLUNTARIO.pdf
PRESENTACIÓN MAESTRÍA - PROC. VOLUNTARIO.pdfPRESENTACIÓN MAESTRÍA - PROC. VOLUNTARIO.pdf
PRESENTACIÓN MAESTRÍA - PROC. VOLUNTARIO.pdf
 

Dernier

elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxJesusGonzalez579173
 
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad IIDerecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad IIEquipoTcnicoAcadmico
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docxEscrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docxkevingblassespinalor
 
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUAPresentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUAJoannaPalma3
 
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector PublicoRegimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector Publicolitaroxselyperezmont
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptxEl Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptxEsthefaniBez
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasMarianaArredondo14
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...GiancarloGayosoG
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Públicavalderrama202
 
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptxAntecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptxRodrigoPedrinCaballe
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfFlorenciaConstanzaOg
 
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacionalUNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacionalJesusGonzalez579173
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .pptARACELYMUOZ14
 

Dernier (20)

elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
 
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad IIDerecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
Derecho Civil Personas Paraguay, Unidad II
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docxEscrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
 
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUAPresentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
Presentación de PowerPoint sobre el NICARAGUA
 
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector PublicoRegimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptxEl Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
El Recurso de Oposición Procesal Civil III.pptx
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Pública
 
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptxAntecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
Antecedentes históricos de los derechos humanos.pptx
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
 
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacionalUNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
 
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJPROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
PROTOCOLO DE ATENCION AL USUSARIO DEL TSJ
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
 

Jurisdicción y funciones jurisdiccionales

  • 1. Concepto •Función del Eº que se realiza mediante el proceso: •Procedimiento Contradictorio Preestablecido •Instancia de Parte •Ante 3º Competente, Independiente e Imparcial •Decisión Vinculante •Tutelar el Dº Material con aspiración de Justicia, Paz Social y Seguridad Jurídica Elementos Característicos •Conocimiento, Decisión y Ejecución •Proceso •Decisiones producen CJ •Poder Contra mayoritario Objeto •Solución de Controversias •Rectificación o Realización del Dº Material Vulnerado Garantía •Eº surge y se renuncia a la autotutela •Resolución pacífica de conflictos •Garantía de Libertad – Debido Proceso •Medidas Cautelares •Pº-Deber del Eº Equivalentes Jurisdiccionales •Desistimiento •Conciliación •Avenimiento •Allanamiento •Cumplimiento Sentencia Extranjera FUNCIÓN JURISDICCIONAL JURISDICCIÓN Fundamentos Constitucionales del Dº Procesal: ART. 19 #3 CPR 1.Capítulo VI CPR Poder Judicial 2.Igualdad frente a la Justicia 3.Dº a la Defensa Jurídica 4.Debido Proceso Legal 5.Presunciones
  • 2. Concepto ART. 1 COT •Conocer causas civiles y criminales, juzgarlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales que establece la ley Clasificación o Facultades Jurisdiccionales •Contenciosas ART. 1 •No Contenciosas o Voluntarias ART. 2 •Derivadas ART. 3 •Conservadoras •Disciplinarias •Económica Momentos •Conocimiento – Partes exponen hechos y pruebas •Juzgamiento* – Ejerce actividad de resolver •Ejecución – Cumple lo resuelto Solución del Conflicto •Autotutela – Por los hechos o fuerza •Auto Composición – Amparado x Dº •Extraprocesal o Extrajudicial •Renuncia, Aceptación o Transacción •Procesal o Judicial •Desistimiento, Allanamiento o Conciliación •Proceso – Vía que hacen valer las partes para que se conozcan sus pretensiones JURISDICCIÓN JURISDICCIÓN
  • 3. Características •Respaldo Constitucional ART. 76 CPR •Actividad del Eº •Parte del ejercicio de la Soberanía del Eº •Unitaria •Fin Comín – Paz Social, con Justicia •ART. 19 CPR Debido Proceso •Actuaciones dotadas de CJ •Órgano dotado de Imparcialidad •Ejercida x Tribunales de Justicia Límite Temporal •Tiempo duración en funciones del juez y función jurisdiccional •Mientras esté investido •RG – Jueces son permanentes y duran en sus cargos hasta los 75 años, salvo incapacidad legal o renuncia Límite Espacial •Externos •Internacionales (ART. 6) •Constitucionales •Internos •Competencia – Medida de la jurisdicción •Conjunto de causas sobre las cuales puede el órgano ejercer sus funciones de jurisdicción Relación con Acción •Poder jurídico del individuo para acudir al órgano jurisdiccional a fin de obtener una solución de un conflicto •Debo señalar mis pretensiones en la demanda •Se hace valer a través del proceso Relación con Proceso •Serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver el conflicto sometido a su decisión •Procedimiento se mantiene, pero proceso se extingue •Acción permite acudir a la jurisdicción y la vía x la cual el órgano jurisdiccional conoce de las pretensiones contenidas en la acción es el proceso JURISDICCIÓN JURISDICCIÓN Contenciosa Juez actúa con conocimiento de causa Debe comparecer obligatoriamente Existen partes contrarias Resoluciones gozan de fuerza de cosa juzgada Siempre se pide algo a la otra parte Se actúa sobre relaciones jurídicas preexistentes Voluntaria Juez actúa sin conocimiento de causa Posibilidad de comparecer en forma libre No existe un contradictor Resoluciones no poseen fuerza de cosa juzgada No se pide nada Crean relaciones nuevas, constitutivas
  • 4. Legalidad ART. 7 CPR Inamovilidad ART. 80 inc. 1 CPR Responsabilidad Independencia ART. 4 COT Gratuidad ART. 593 COT Inavocabilidad ART. 8 COT Imparcialidad BASES FUNDAMENTALES DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL Publicidad ART. 9 COT Pasividad ART. 10 COT Sedentariedad (Sede o Asiento) Territorialidad ART. 7 inc. 1 COT Inexcusabilidad ART. 10 inc. 2 COT Responsabilidad: Política – Acusación Penal – Ministerial – Querella de Capítulos Civil – Indemnización de Perjuicios Disciplinaria - Queda
  • 5. ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN JUDICIAL Clasificación de los Tribunales Tribunales Ordinarios ART. 27 COT Corte Suprema Conoce recursos extraordinarios dirigidos a fiscalizar sentencias de Cas Todo el Territorio Nacional Cortes de Apelaciones (17) Conocen en 2ª instancia 1 región o varias provincias Ministros, Fiscales, Relatores y Secretarios Se dividen y conocen en salas (RG) Forma: En cuenta o Previa Vista Pdte. Forma tabla de semana siguiente: De tabla, agregadas y radicadas Juzgados de Letras Conocen en 1ª instancia Ordinarios, permanentes, unipersonales, jurisdicción común o especial 1 comuna o agrupación de comunas Tribunales Penales Tribunales de Juicio Oral en lo Penal Juzgados de Garantía Tribunales Especiales Juzgado de Menores Juzgado del Trabajo Juzgados de Policía Local Tribunales Aduaneros & SII Tribunales Militares en tiempos de Paz Tribunales Arbitrales Establecidos en leyes especiales para resolver determinados asuntos, por especialidad o importancia Establecidos para conocer de los negocios que la ley ha entregado a su competencia Constituidos por jueces árbitros: de Dº, arbitradores y mixtos Tribunales ordinarios, colegiados y letrados, competentes para ejercer las atribuciones que les confiere la ley desde el momento de la dictación del auto de apertura del juicio oral hasta el pronunciamiento de la sentencia definitiva Ver Árbitros & Auxiliares de la Administración de Justicia
  • 6. Doctrina Monista •Manifestación o ejercicio del D° material que se alega ante los tribunales Concepción Pluralista •Obtener sentencia de carácter favorable para el titular, el cual tiene D° a obtener una sentencia Concepto •Facultad o poder jurídico del sujeto de recurrir a los tribunales para iniciar la actividad jurisdiccional para resolver sus pretensiones jurídicas Perspectivas de la Acción •Sólo surte efectos entre las partes que concurren a otorgarla Pretensión •Auto atribución de un D° x parte de un sujeto, invocándolo para hacer efectiva su tutela jurídica •Acción es el poder jurídico de hacer valer la pretensión Clasificaciones •Objeto o Finalidad •De Cognición •De Condena •Constitutiva •Declarativas •De Ejecución •Cautelares •Bien Jurídico Pretendido •Civiles •Penales •D° cuya Tutela Pretende •Reales •Personales •Iniciativa de la Demanda •Públicas •Privadas LA ACCIÓN LA ACCIÓN
  • 7. LA ACCIÓN: PRESUPUESTOS PROCESALES Y REQUISITOS CONSTITUTIVOS Presupuestos Procesales •Requisitos que deben existir para tener pronunciamiento sobre la demanda •Indispensables para decretar una providencia de mérito •Hacen inadmisible la demanda •Circunstancias de hecho y D° anteriores al proceso indispensables para su validez y eficacia Requisitos de Existencia •Órgano Jurisdiccional •Conflicto de Relevancia Jurídica •Existencia Física o Legal de las Partes Requisitos de Validez •Existencia de Tribunal Competente •Capacidad de las Partes •Cumplimiento de Formalidades Legales •Actuación de Oficio •Actuación a Petición de Parte Pluralidad de Acciones ART. 17 CPC •RG – Sólo se ejercita una acción •Fundamento – Economía Procesal •Límites – Deben ser compatibles y cumplidas simultáneamente •Exc: Interponerse para ser resueltas subsidiariamente una de la otra Presupuestos Procesales y Requisitos Actitudes del Demandado •No dice nada, no concurre al proceso (Rebeldía) •Concurre y se allana a las pretensiones del demandante (Tribunal cita oír sentencia) •Concurre y se defiende (Opone alegaciones o defensas y excepciones)
  • 8. LA ACCIÓN ACCIÓN Dº a Obtener una Sentencia de Mérito Favorable Requisitos Causa de Pedir – Dº Pretensión con componentes de Hº y Jº Accionabilidad – Interés Legitimación – Calidad Jurídicamente, en situación de hacerlos valer Presupuestos Procesales Incoar válidamente la relación jurídica procesal /Proceso Válido Órgano Jurisdicción/ Competencia Partes Capacidad/ Representación/ Postulación Procedimiento Emplazamiento/ Requisitos Demanda Si concurren, juez debiera dictar sentencia de mérito favorable Si logro incoar un procedimiento válido, terminará con una sentencia de mérito favorable
  • 9. LA ACCIÓN ACCIÓN Dº a Obtener una Sentencia de Mérito Favorable Requisitos = Excepciones Perentorias Juez se pronuncia sobre el Fondo Persigue que el Juez dicte sentencia de mérito desfavorable al actor Presupuestos Procesales = Excepciones Dilatorias Juez se pronuncia sobre la Forma Persigue que no falle el Fondo, hasta solucionar la Forma DESDE PDV DEMANDADO, CÓMO SE ATACA LA ACCIÓN? Puede tener acción, pero no necesariamente obtendrá una sentencia de mérito favorable
  • 10. LA ACCIÓN ACTO JURÍDICO PROCESAL Manifestación de voluntad destinada a producir efectos jurídicos procesales ACTUACIÓN JUDICIAL Emana de los Tribunales y sus Auxiliares de Justicia Interviene un Ministro de Fe (Requisito Esencial) RESOLUCIÓN JUDICIAL Actos de Decisión (Posición del Contradictor) Manera de Decretarse: De Plano, Con Citación, Con Conocimiento, Con Audiencia Efectos: Desasimiento del Tribunal (desde notificación de una de las partes); Acción y Excepción de Cosa Juzgada
  • 11. EXCEPCIONES Concepto •Poder Jurídico del que se halla investido el demandado que le habilita para oponerse a la acción promovida por él •Oposición del Demandado •Se dirige contra la pretensión y no contra el D° de acción •Agregan Hº nuevos Naturaleza Jurídica •Identificación de la oposición y el D° subjetivo material •Distinción entre oposición y D° material •D° concreto a obtener sentencia favorable o justa •D° a obtener fallo •Pertenecen a todos los llamados a defenderse Clasificación •En razón al Tipo de Discusión •Mera Alegación o Defensa (Prueba el demandante; sentencia no las resuelve) •Excepción – Afirmación contraria (Prueba el demandado; sentencia las resuelve) •En razón a lo Discutido •Perentoria •Dilatoria Dilatorias ART. 303 •Objeto – Enervar acción deducida; subsanan defectos del procedimiento •Incompetencia del Tribunal •Absoluta – Todo el juicio •Relativa – Sólo emplazamiento •Falta de Capacidad del Demandante •Litis Pendencia •Ineptitud del Libelo •Beneficio de Excusión •General – Corrección del Procedimiento •Oportunidad – Mismo escrito dentro del término de emplazamiento •Tramitación – Incidentes y se resuelven antes que toda otra cuestión Perentorias ART. 309 •Objeto – Miran el fondo y enervan acción; aporta nuevos antecedentes •No admiten enumeración •Excepción de Pago •Oportunidad – Contestación •Tramitación – Incidentes y se resuelven en sentencia definitiva Mixtas ART. 304 •Objeto – Perentorias que se hacen valer como dilatorias para evitar juicio inútil •Cosa Juzgada •Transacción Anómalas ART. 310 •Objeto – Perentorias en cualquier momento del juicio hasta citación oír sentencia en 1° o vista en 2° •Prescripción Extintiva •Cosa Juzgada •Transacción •Pago Efectivo de Deuda EXCEPCIONES
  • 12. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO Concepto Secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver mediante un juicio de la autoridad el conflicto sometido a su decisión Es la vía destinada a satisfacer pretensiones procesales , instrumento de satisfacción de pretensiones Vía por la que el órgano jurisdiccional conoce de las pretensiones de las partes y cuyo fin es la cosa juzgada Naturaleza Jurídica Contractual Cuasicontractual RJ Procesal Situación Jurídica Procesa Institución Relación Jurídica Características Instituto civilizado de autodefensa Medio para restablecer el D° Forma de satisfacción de pretensiones Forma División Desenvolvimiento de la Instancia Contractual Cuasicontractual RJ Procesal Situación Jurídica Procesa Institución Principios que Regulan Instancia Contradictorio Igualdad Dispositivo e Inquisitivo Economía Probidad Publicidad Preclusión Continuidad y Concentración Mediación e Inmediación Oralidad y Escrituración Concepto de Procedimiento Relación Proceso – Procedimiento Buena Fe Procesal
  • 13. Concepto ART. 108 COT •Facultad que tiene cada juez para conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de la esfera de sus atribuciones Clasificaciones •Fuente •Natural – Ley le asigna al tribunal •Prorrogada – Partes convienen tribunal distinto •Originaria o Derivativa •Propia (Según reglas de Competencia Relativa o Absoluta) o Delegada – Exhortos •Número de Negocios •Común o Especial (Determinados asuntos) •Naturaleza de los Negocios •Contenciosa o No Contenciosa o Voluntaria •Grado •Única, Primera o Segunda Instancia •Factor Determinante •Absoluta – Jerarquía, Clase o Categoría •Relativa – En razón de su ubicación dentro de jerarquía Reglas Generales ART. 108 – 114 COT •Radicación o Fijeza •EXC: Acumulación de Autos, Implicancia o Recusación •Grado – Fijada la competencia del juez inferior, queda igualmente fijada la del superior que debe conocer en 2ª instancia •Extensión – Tribunal competente también conocer de incidencias que se producen durante su tramitación •Inexcusabilidad – Cuando 2+ competentes para conocer, ninguno podrá excusarse a pretexto que existen otros. •Prevención •Ejecución – RJ se ejecutan x tribunales que las hubieren pronunciado en 1ª o única instancia Competencia Relativa Territorio •Determinan competencia entre tribunales de misma jerarquía Competencia Absoluta •Fuero – Privilegio procesal por el cual se entrega al tribunal de grado jerárquico superior distinto •Cuantía – Valor pecuniario de la cosa disputada, objeto del asunto o pena del delito que conlleva •Materia – Naturaleza del negocio sometido a su conocimiento COMPETENCIA COMPETENCIA Civiles – RG: Juez del domicilio del demandado EXC: Acción Inmueble – Domicilio del inmueble •Pluralidad de Domicilios – Cualquiera de ellos •Pluralidad de Demandados – Cualquiera de ellos •Demandado Persona Jurídica – Asiento de Corporación •Alimentos – Alimentario •Petición de Herencia – Lugar apertura sucesión •Nombramiento Tutor o Curador – Domicilio del Pupilo •Muerte Presunta – Último domicilio del desaparecido •Quiebra – Domicilio del Fallido Voluntaria – Domicilio del Interesado
  • 14. Distribución de Causas •Reglas que determinan la distribución de causas en comunas o agrupación de comunas donde existen 2+ jueces con igual competencia Reglas •Material Civil •Contencioso •Lugar de Asiento – CA Distribuye •Otras Comunas – Juzgado de Turno •Voluntario – Juzgado de Turno •Materia Penal •Asiento CA •Querella – CA Distribuye •Denuncia – Juzgado de Turno •Otras Comunas – Juzgado de Turno •Se ejerce x semanas, el más antiguo x orden de antigüedad Prórroga •Acto, por el cual, las partes le otorgan competencia a un tribunal para conocer de determinado asunto judicial Efectos de la Prórroga •Sólo surte efectos entre las partes que concurren a otorgarla Requisitos de Prórroga •Convenio entre partes •ART. 186 Expresa •ART. 187 Tácita •ART. 184 Capacidad •ART. 110 Regla de Grado •Incompetencia en razón de territorio al que se prorroga •Prohíbe en material penal o jurisdicción voluntaria Contiendas y Cuestiones •Resueltas x tribunal superior común •Entre especiales y ordinarios, CA resuelve •CS resuelve cualquier contienda existente •CS conoce contiendas entre autoridades administrativas, políticas y tribunales •Se fallan en única instancia COMPETENCIA COMPETENCIA Ver Partes, Mandato, Representación
  • 15. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO Concepto •Acto jurídico emanado de las partes, susceptible de crear, modificar o extinguir efectos procesales •Declaración o acuerdo de voluntades destinado a crear, modificar o extinguir D° y obligaciones •Acto jurídico que produce efectos procesales Clasificación •Autor •Tribunal – Actuaciones o RJ •Partes – Actos de disposición y obtención •Terceros •Posición •Iniciación •Desarrollo •Conclusión Características •Regulados x Ley Procesal •Concatenado con otros actos procesales •Normalmente formales •Precedidos por Principio Preclusión Actuaciones Judiciales •Actos procesales emanados del órgano jurisdiccional o auxiliares de la administración de justicia •Notificaciones & Resoluciones Judiciales Requisitos ART. 59 •Días y horas hábiles (No feriados) •Dejar constancia en el proceso •Autorizadas por funcionario correspondiente •Practicadas por el funcionario que corresponda •EXC: Ley encomienda a secretarios u otros ministros de fe o tribunal delega su función ACTOS PROCESALES TÍTULO VII LIBRO I Acto Jurídico Acto Procesal Actuación Judicial
  • 16. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO Plazos ART. 64 •Espacio de tiempo que fija la ley, una resolución judicial o convenio de las partes para ejercer un D° dentro del proceso •Han de ser de días completos y corren hasta la media noche del último día Clasificación de los Plazos •Manera de Computar •RG: Continuos •EXC: Discontinuos •Momento Computar •RG: Individuales – Por separado para cada parte •EXC: Comunes – Conjuntamente desde la última notificación •Fuente u Origen •Judiciales – Sólo cuando la ley faculta expresamente fijarlos •Legales •Convencionales •Susceptibles de Prórroga •Prorrogables – Judiciales •Pedir antes del vencimiento •Alegar justa causa •Improrrogables – Legales •Falta de Ejercicio •RG: Fatales – Expiran por el transcurso del tiempo •ART. 78 No Fatales – Requieren declaración de rebeldía Forma de Ordenar AP •Con Audiencia – Provee para que dentro de término de 3 días manifieste su conveniencia: Traslado y autos •Con Citación – En principio decreta la diligencia, pero sólo llevarse a cabo después de 3 días después de notificada la parte contraria; suspende diligencia hasta resolver incidencia: Como se pide con citación •Con Conocimiento – Puede ejecutarse desde notificación: Como se pide con conocimiento •De Plano – Lo decreta sin mayor formalidad: Como se pide Diferentes Conceptos •Deberes – Interés de la Comunidad; sanciones físicas o personales •Obligaciones – Interés del Acreedor; Impuestas con ocasión del proceso •Cargas – Interés del Litigante; relacionado al impulso procesal ACTOS PROCESALES TÍTULO VII LIBRO I Ver Exhortos
  • 17. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO PROCESO Demanda Sentencia Definitiva Apelación Sentencia Definitiva Primera Instancia Segunda Instancia Actos Procesales Actos Procesales Cosa Juzgada Título V Libro I ART. 29 – 37 CPC
  • 18. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO Concepto •Actuación judicial consistente en toda declaración de voluntad producida por el juez o el tribunal y que tiende a ejercer sobre el procesa una influencia inmediata y directa •Actuaciones judiciales emanadas de agentes del órgano jurisdiccional a través de las cuales regulan la tramitación o deciden acerca de los asuntos sometidos a su conocimiento. Clasificación •Nacionalidad del Tribunal •Chilenos o Extranjeros •Naturaleza del Negocio •Contenciosas o No Contenciosas •Naturaleza de los Tribunales •Ordinarios, Arbitrales o Especiales •Naturaleza del Asunto •Civil o Penal •Instancia en que se Pronuncian •Única, Primera o Segunda •Contenido •Decretos, Autos, Sentencias Interlocutorias o Definitivas Conceptos •SD – Pone fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto objeto del juicio •SI – Falla un incidente, estableciendo D° permanentes a favor de las partes o resuelve sobre algún trámite que sirve en el pronunciamiento de la SD o SI •Auto – Resolución que recae en un incidente comprendido en el inc. anterior •Decreto – Sin fallar sobre un incidente o trámite, sólo tiene x objeto determinar o arreglar la sustanciación del proceso; da curso progresivo a los autos Importancia de distinguir Resoluciones •Forma de Notificación •Gozan autoridad de Cosa Juzgada •Recursos que Proceden •Forma de Vista en 2° Instancia •Contenido •Número de Ministros que deben pronunciarlas en Tribunales Colegiados RESOLUCIONES JUDICIALES TÍTULO XVII ART. 158 CPC
  • 19. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO Resoluciones Judiciales Autos Decretos Sentencia Interlocutoria Sentencia Definitiva Concepto Resolución que recae en un incidente, sin establecer D° permanentes a favor de las partes ...tienen por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso Fallan incidentes estableciendo D° permanentes para las partes o trámites base para el pronunciamiento de una SD o SI Pone fin a la instancia Resuelve asunto o cuestión objeto del juicio Características No fallan incidentes ni trámites Diferencias Fallan incidentes No fallan trámites, sino que incidentes No fallan incidentes Fallan incidentes y trámites Casos RJ que falla medida precautoria o petición privilegio de pobreza RJ que provee demanda y confiere traslado o cita a comparendo contestación RJ que acoge excepción dilatoria, declara abandono o acepta desistimiento; recibe causa a prueba Clasificación Ponen término al juicio o hacen imposible prosecución Las que no PT ni IP Única Instancia Primera Instancia Segunda Instancia Caso Especial ART. 98 Sentencia de Término: Legislador no define – Pone término a la última instancia del pleito. 1.SD de única Instancia 2.SD de 1° instancia contra el que no apela 3.SD de 2° instancia 4.SI que pone fin al juicio o hace imposible prosecución ART. 174 Firme o Ejecutoriada: Debe distinguir si proceden o no recursos (Solo SI y SD Firmes producen acción y excepción CJ) 1.No Proceden – RK queda firme o ejecutoriada desde Notificación a las Partes 2.Proceden: a.Deducidos – Firme desde el “Cúmplase” b.No Deducidos – Firme desde que se cumplen los plazos para su interposición (SD: Secretario estampa certificado) Causan Ejecutoria: Pueden cumplirse aunque existan recursos pendientes 1.Deduce apelación concedida en solo efecto devolutivo 2.Deduce casación y no se suspende cumplimiento de la resolución
  • 20. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO Resoluciones Judiciales Autos Decretos Sentencia Interlocutoria Sentencia Definitiva Oportunidad y Forma en que se Dictan ART. 160-168 Requisitos Generales ART. 169 Expresar en letras el lugar y fechas en que se expidan Al pie, la firma del juez/jueces que la dictaron o intervinieron en su acuerdo Al pie, firma del secretario autorizándolas Requisitos Especiales Decisión del asunto controvertido y circunstancias del ART: 170 #4 y #5 (Consideraciones de H° y D° fundamento) Mención de costas Indicar trámite que ordena evacuar Decisión del asunto controvertido y circunstancias del ART: 170 #4 y #5 (Consideraciones de H° y D° fundamento) Mención de costas Única Instancia: 1.Designación partes litigantes 2.Enunciación breve peticiones, acciones y excepciones 3.Consideraciones de H° y D° 4.Enunciación de Leyes 5.Decisión Asunto Controvertido 6.Pago de Costas Confirmatoria Segunda Instancia: 1.Confirmación del fallo de 1° 2.Completar sentencia de 1° u ordenar modificación o casar de oficio Modificatoria o Revocatoria de 2°: 1.Basta reproducir parte expositiva 2.Expone consideraciones de modificar o revocar, enuncia leyes y decisión asunto Efectos Desasimiento Acción de Cosa Juzgada Excepción de Cosa Juzgada
  • 21. EFECTOS DE LAS RESOLUCIONES
  • 24. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO Concepto •Actuaciones judiciales destinadas a poner en conocimiento de las partes y 3° el contenido de las resoluciones judiciales que se dicten en el proceso, o la circunstancia de haberse dictado Importancia •Ausencia de notificación no afecta validez de resolución, sino que su eficacia •EXC: ART. 202, 302, 441 •No requieren consentimiento del notificado •Actos x RG Solemnes Tipos de Notificaciones •Personal – Resolución + Solicitud •Por Cédula – Resolución + Datos Necesarios para acertada inteligencia •Personal por Cédula •E° Diario •Por Avisos – Extracto •Tácita Personal ART. 40 •En toda gestión judicial, primera notificación a las partes •Formalidades – Entrega copia íntegra de resolución + solicitud; constancia por diligencia que subscribe notificado y ministro de fe; fecha, hora y lugar y medio comprobación identidad notificado •Lugares – Libre acceso al público, cualquier día y hora (6 – 10 pm) •EXC: Juicio ejecutivo (Cédula de espera) •Morada o lugar donde pernocta, ejerce industria, profesión, empleo, o se encuentre •ART. 42 Otros Lugares •Casos: •1° Notificación a las Partes •Ley lo disponga •Tribunales lo ordenen •6 meses sin resolución alguna •3° que no son parte del juicio Personal por Cédula •Persona en lugar del juicio y evita ser notificada •Requisitos – Buscada 2 días distintos en hogar o industria, sin ser habido; acreditar lo anterior •Formalidad – Copia íntegra de resolución y solicitud a cualquier adulto o fijar en la puerta (conserje); enviar carta certificada x correo dentro de 2 días desde notificación Por Cédula ART. 48 •Formalidad – Copia íntegra de resolución y datos necesarios para acertada inteligencia en domicilio del interesado •Expone en autos testimonio de la notificación •Casos: •Sentencia Definitiva de 1° y 2° •Resolución recibe causa a prueba •Ordena comparecencia de partes •6 meses sin resolución alguna •3° que no son parte del juicio NOTIFICACIONES TÍTULO VI ART. 38 CPC
  • 25. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO E° Diario ART. 50 •Formalidad – Se forma en secretaría de cada tribunal con indicaciones •Mantener x 3 días en lugar accesible al público, cubierto x vidrio •Dejar testimonio en autos •Casos: •RJ que deban notificase personalmente o x cédula •Sanción del ART. 53 Por Avisos ART. 54 •Casos: •Individualidad difícil de determinar •Residencia difícil •Por #, dificultan diligencia •Formalidad – Avisos (3) en diarios del lugar de la causa o cabecera de provincia o capital de Región; si es la primera, además en Diario Oficial •Información – Mismos datos que para la notificación personal o extracto (Tribunal) •Requisitos – Tribunal procede con conocimiento de causa, requiriendo antecedentes Tácita ART. 55 •Casos: •Parte a notificar realiza cualquier gestión que supone conocimiento de la resolución (Apelación) •Petición de nulidad de notificación (Desde que se le notifica la nulidad) Forma de Emplazar Casos Especiales •Extranjero •Mandatario con facultad para contestar nuevas demandas: A éste •Mandatario sin facultad: Representante del ausente hasta que se obtenga habilitación para este efecto •No existe Mandatario: Designar curador de bienes del ausente NOTIFICACIONES TÍTULO VI ART. 38 CPC
  • 26. Incidente Nulidad ART. 83: 5 días desde que tenga conocimiento del vicio ART. 79: 3 días cese impedimento ART. 80: Proceso Aparente Anterior al Juicio – Antes de cualquier gestión principal (fondo) o se rechazará de oficio EXC: Vicio que anula proceso Durante el Juicio – Tan pronto llegue a conocimiento de la parte o se rechazará de plano Si son múltiples – Todos a la vez o se rechazarán de plano Accesoria o cuestión principal Existir conexión Accesoria requiere pronunciamiento especial Toda cuestión accesoria de un juicio que requiera pronunciamiento especial del tribunal con audiencia de partes ART. 89 Ordinarios: Sometidos a tramitación general Especiales: Tramitación especial atendidas sus características (reglamentación especial) •Incompetencia x Declinatoria •Privilegio de Pobreza (separado) •Desistimiento de Demanda •Abandono del Procedimiento Previo & Especial Conocimiento: Suspenden curso del proceso y se tramitan en la misma pieza de autos •Nulidad TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO - INCIDENTES Tribunal podrá fallar de oficio si aparecen ser inconexos con el pleito Tramitación en ramo separado para no detener acción principal Penas para Serial Litigants Concepto Requisitos Esenciales Clasificaciones Oportunidad Promoverlos Prevención Mala Fe Tramitación Plazo – 3 días para responder Tribunal Resuelve Prueba – 8 días hasta 30 Notifica – E° Diario Fallo – Dentro 3° Día (SI)
  • 27. TEORÍA DEL PROCESO Y DEL PROCEDIMIENTO – INCIDENTES ESPECIALES Acumulación de Autos Tiene lugar siempre que se tramiten separadamente 2+ procesos que deban constituir un solo juicio y terminar x 1 sola sentencia Fundamento: Economía Procesal y Evitar Fallos Contradictorios Excepción al Principio de Radicación Procedencia: Identidad de 2 de 3 elementos ART. 92 – 177 1. Acciones iguales a las de otro juicio o emanan de mismos hechos Requisitos de la AA ART. 96 Requisitos: 1. Juicios sometidos al mismo procedimiento 2. Substanciación en instancias iguales Legitimados: 1. Todo litigante en cualquier juicio 2. Ante tribunal que corresponda seguir conociendo Tramitación: Traslado plazo 3 días Tribunal Resuelve, previa vista Más moderno al más antiguo Efectos & Oportunidad: Juicios más avanzados se suspenden Cualquier E° del juicio antes de la Sentencia de Término (Pago de OB) CJ, Litis Pendencia y Acumulación de Autos Desistimiento de la Demanda Abandono del Procedimiento
  • 28. PROCEDIMIENTO SUMARIO TÍTULO XI LIBRO III ART. 680 CPC Características Breve – Plazos Cortos Concentrado – Se centra en comparendo de estilo * Contesta la demanda * Promueven incidentes Acciones 1. Ley ordena proceder 2. Aquellas que requieren tramitación rápida para ser eficaz 3. Iniciado el juicio ordinario, su naturaleza requiere tramitación sumaria Principios Inmediación – Vinculación directa del juez con litigantes Concentración – Se formulan mayor número de trámites y actuaciones en una misma oportunidad Oralidad – Directamente ante el tribunal en formal verbal; autoriza minutas escritas
  • 29. PROCEDIMIENTO SUMARIO ART. 683 ART. 692 Norma Especial Tribunal de alzada, a solicitud de parte, podrá pronunciarse sobre todas las cuestiones debatidas en 1° y fallarlas en la SD, por vía de la apelación
  • 30. MEDIDAS PREJUDICIALES Y MEDIDAS PRECAUTORIAS Concepto •Medidas que dispone el demandante con el objeto de asegurar la acción deducida Clasificación •ART. 2249 CC Secuestro cosa Objeto de Demanda •ART. 293 Nombramiento Interventores •Retención de Bienes •ART. 1464 CC Prohibición de celebrar Actos o Contratos sobre Bienes Requisitos & Características •Limitarse a bienes necesarios para asegurar resultado del juicio •Acompañar documentos que constituyan presunción grave del D° reclamado •Tribunal podrá exigir caución para responder de perjuicios •Esencialmente provisionales Procedimiento ART. 302 •Se tramita como incidente y por cuerda separada •Promovido x demandante, traslado al demandado •Medida podrá llevarse a efecto antes de notificación, siempre que existan razones graves y el tribunal lo ordene •Notificación al demandado dentro de 5 días (puede ampliarse x motivos fundados) •Puede ser por cédula autorizada por tribunal MEDIDAS PRECAUTORIAS ART. 290
  • 31. MEDIDAS PREJUDICIALES Y MEDIDAS PRECAUTORIAS Concepto •Tienen por objeto preparar la entrada en juicio •Otro medio para iniciar el juicio Clasificación •Preparatorias – Destinadas a preparar la demanda •Probatorias – Adelantan la práctica de diligencias probatorias •Precautorias – Asegurar en forma anticipada el resultado de la acción que se pretende deducir Requisitos & Características •Solicitante deberá expresar la acción que propone deducir y someramente sus fundamentos •Decretarse sin audiencia de la persona contra quien se piden, salvo casos que exigen intervención Procedimiento ART. 302 •Aceptada la medida, solicitante deberá presentar su demanda dentro de 10 días •Debe solicitar la medida en su demanda •Plazo podrá ampliarse a 30 x motivos fundados •Si no la solicita o se omiten, el solicitante será responsable de los perjuicios causados (dolo en el procedimiento) MEDIDAS PREJUDICIALES ART. 273 Prejudiciales Solicitarse x Demandado o Demandante Objeto preparar la entrada al juicio Solicitarse antes del inicio del juicio Precautorias Sólo competen al Demandante Objeto asegurar resultado de la acción intentada Solicitan en cualquier E° del juicio
  • 32. •ART. 273 Medidas Prejudiciales •ART. 254 CPC •Designación Tribunal •Nombre, Domicilio, Profesión Demandante y Representantes •Nombre, Domicilio, Profesión Demandado •Exposición Hechos y Derechos •Enunciación Precisa y Clara de Peticiones RG: Demanda •15 días – Dentro de Comuna •18 días – Dentro Territorio Jurisdiccional, pero fuera de los límites de la Comuna •18+ Tabla Emplazamiento – Fuera del Territorio Jurisdiccional Notificación (Personalmente o E° Diario) •Modificar la Demanda •Desistirse – Nueva notificación por tabla de emplazamiento Actitud del Demandante •Nada Hace •Allanarse •Oponerse al Desistimiento •Oponer Excepciones Dilatorias (Incidentes) •Oponer Excepciones Mixtas •Demandante deberá subsanar o enmendar defectos •10 días para contestar Actitud del Demandado JUICIO ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA PERÍODO DE DISCUSIÓN - DEMANDA Formas de Iniciar el Proceso No Acoge Demanda •Demandante podrá RETIRAR la Demanda hasta ANTES de la Notificación. •Resolución que acoge la tramitación es el Traslado (auto) •Dilatorias •Incompetencia Tribunal •Falta Capacidad Demandante •Litis Pendencia •Ineptitud del Libelo •Beneficio Excusión •Corrección Procedimiento
  • 33. •Si tiene éxito, se levantará Acta que tendrá equivalente jurisdiccional de Sentencia Ejecutoriada •Plazo de 6 días •Demandado podrá Reconvenir (Demanda que el demandado dirige contra el actor) •ART. 309 Puede oponer excepciones perentorias Contestación •Plazo de 6 días •ART. 312 Contestación de la Reconvención •Excepciones Dilatorias •Subsanar dentro de 10 días Réplica •Plazo de 6 días •Réplica de la Reconvención Dúplica •ART. 262 Notificación por Cédula •Audiencia no anterior al 15° día desde la Notificación •Si fracasa, el Secretario emitirá un Certificado y lo agregará a los autos Conciliación •ART. 313 CPC •No hay hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos •Llama a Oír Sentencia Examen de los Autos •Considera que existen hechos sustanciales, controvertidos y pertinentes •SI recibe causa a Prueba •Reposición con Apelación en subsidio Prueba Período de Discusión - Contestación •Partes pueden ampliar, adicionar o modificar acciones y excepciones, sin alterar objeto principal JUICIO ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA
  • 34. •Notificación por Cédula •Desde última notificación de la SI que recibe causa a prueba o desde notificación x el E° de la resolución sobre la solicitud de reposición Prueba •Ordinario – 20 días •5 días para acompañar lista de testigos y minutos de puntos a rendir •ART. 329 Extraordinario – 20 días + Tabla Emplazamiento (competencia delegada – exhorto) •ART. 339 Especial – Plazo Judicial Término Probatorio •Se pronuncia sobre la Prueba Rendida •Notificada por E° Diario Sentencia Interlocutoria •ART. 430 •Plazo 10 días •Partes podrán formular comentarios respecto a la prueba rendida Observación a la Prueba •Reposición – 3° día por Error de Hecho •Apelación si no recibió causa a prueba •Medidas para Mejor Resolver – 20 días •Apelación – Sólo si decreta Informe de Peritos •Notifica x E° Citación Oír Sentencia •RG – Termina el debate y la prueba •EXC – Transacción, desistimiento, abandono o conciliación •ART. 433 Únicas excepciones admitidas •Plazo – 60 días •ART. 159 Podrá decretar MMR •ART. 170 & AA CS Requisitos requeridos Sentencia Definitiva Período de Prueba JUICIO ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA Efectos •ART. 433 No admite + escritos •ART. 83 Incidente Nulidad •ART. 159 MMR •ART. 290 Medidas Precautorias Medidas para Mejor Resolver •Diligencias probatorias decretadas x el tribunal cuando el proceso está en E° de sentencia •EXC – Pasividad de Tribunales •Plazo – Dictación de sentencia •Notificación – E° Diario •Cumplimiento – 20 días
  • 35. PERÍODO DE PRUEBA Concepto •Acreditación de los hechos controvertidos a través de los medios que establece la ley Objeto •Hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos •Admitidos, Evidentes, Notorios y Normales no se prueban •Presunción •Legal •Judicial – Medio de Prueba •Excluye el D° (salvo la vigencia, costumbre) CARGA DE LA PRUEBA •Conducta impuesta a uno o ambos litigantes para acreditar veracidad de los H° enunciados •ART. 1698 CC Incumbe al que la alega •Sea que se base en la existencia de una acción o excepción Procedimiento •Manifestación del principio contradictorio •Dar a conocer a la parte contraria inmediatamente después de solicitarla Valoración •Prueba Legal – Ley enumera taxativamente los medios y señala al juez la eficacia probatoria •Libre Convicción – Partes acreditan de manera que les acomode y juez valorará o ponderará a su arbitrio Basta convicción moral del juez •Sana Crítica – Valora de acuerdo a la lógica, al buen sentido y normas de experiencia; no arbitraria Momentos para Pedir •Testigos & Peritos – Sólo dentro término probatorio •Instrumental – Cualquier E° del juicio hasta vencimiento término probatorio en 1° y vista de la causa en 2° •Absolución Posiciones – Desde contestación de la demanda hasta vencimiento término probatorio y vista de la causa Características •Legal – Podría ser judicial o convencional •Común •No se suspende, salvo que partes lo pidan •Fatal Medios •Instrumentos •Testigos •Confesión de Parte •Inspección Personal del Tribunal •Informe de Peritos •Presunciones PRUEBA ART. 318 Excepción agrega Hº nuevos a la prueba
  • 36. PERÍODO DE PRUEBA Instrumentos •Documentos – Toda representación material e idónea de un H° o imagen •Públicos – Autorizado con solemnidades legales por el competente funcionario •Escritura PB – Instrumento público o auténtico otorgado ante escribano e incorporado en su protocolo o registro público •Privados – Deja constancia de un H° sin solemnidad legal alguna Forma de Rendir •Se Acompañan •Con Citación •Bajo Apercibimiento •Solicita Exhibición •Emanan de contraparte o 3° en cuyo poder se encuentren •Podrán impugnarse dentro de 3 días Valor Probatorio •Públicos – Plena Fe respecto otorgamiento y fecha •Privados – Valor de escritura pública respecto de haberse suscrito Impugnación Tachas Testigos •Tercero que depone ante los tribunales respecto de algún H° que dice constarle Clasificación •Presencial – Presunción Judicial •De Oídas – Presunción Judicial •Instrumental •Contestes – 2+ Plena Prueba •Singulares •Importancia – Valor Probatorio D° & OBs •Declarar •Concurrir a la Audiencia •Decir la Verdad •--------------- •Gastos de comparecencia Desarrollo •Citación personal o x cédula •Conjunto de preguntas, debidamente enumeradas •Juramento •6 Testigos x H° •Interrogados personalmente x el juez o uno de sus ministros •Levantar acta PRUEBA ART. 318 •Hacer efectivas las inhabilidades •Antes que el testigo preste declaración •Verbalmente en audiencia •Tramitan como incidentes Instrumento PB Se Exhibe Con Citación ART. 342 #3 CPC Se Acompaña Plazo para Objetar – 3 días ART. 795 #5 CPC Casación en la Forma – Trámite Esencial Instrumento PR Emana de Parte – Bajo Apercibimiento de tenerlo por reconocido Plazo para Objetar – 6 días ART. 346 #3 CPC Emana de 3º – Con Citación: No puede apercibirse a contraparte respecto a documento que emana de un 3º; se da contradictoriedad a un documento cuyo valor probatoria dependerá del reconocimiento que haga en juicio un 3º Públicos: Nulidad – No cumple formalidades o requisitos que la ley establece para su validez; sólo se aplica a los PB Falsedad Material – No es auténtico; no realmente otorgado x personas y en la manera que ahí se expresa Falta Integridad – Incompleto; parcial; único regulado x CPC Falta de Veracidad o Sinceridad – Ideológica; no son veraces Privados: Cotejo de Letras – Falta de integridad o falsedad (incidente)
  • 37. PERÍODO DE PRUEBA Confesión •Reconocimiento que efectúa el litigante respecto de una circunstancia a propósito de una controversia planteada en juicio Clasificación •Judicial •Extrajudicial •Expresa •Tácita •Espontánea •Provocada – Absolución de Posiciones •Divisible •Indivisible •Pura y Simple •Calificada •Compleja •Verbal •Escrita Oportunidad •Contestada la demanda hasta vencimiento término probatorio en 1° (2 veces) •Vista de la causa en 2° (1 vez) Funcionario •Juez •Ministro •Receptor •Actuario Indiv. Confiesa •Litigante •Representante Legal •Mandatario o Apoderado Especial Forma •Solicitud escrita al tribunal •Tribunal fija día y hora •Notifica x cédula •Pliego de Posiciones •Forma Asertiva o Interrogativa •Juramento •Minuta x Escrito Sanción •Asertiva – Se da x confeso •Interrogativa – Multa o arresto o pedir suspensión de procedimiento •Tácita – Petición de parte Valor Probatorio •Extrajudicial Verbal – Sólo si admite prueba de testigos •Otro medio – Presunción Judicial •Presencia – Presunción Grave •Ade+ Precisa – Plena Prueba •Juicio Diverso – Prueba Completa •Judicial – Plena Prueba •A confesión de parte, relevo de prueba •Tácita – Mismos efectos que expresa PRUEBA ART. 318 •Debe aceptarse en lo favorables y desfavorable •Comprendiendo varios H° ligados entre sí, se divide de pleno D° •Consta de 2+ H° diversos desligados •Simple & Calificada – Indivisible •Compleja - Divisible Prueba Hº Negativos: •No se releva de la carga al que los alega •Distinto es cuando el demandado sólo niega los Hº (No debo nada; tiene la carga) •Una cosa es defenderse con meras alegaciones y defensas y otra cosa es defenderse con alegaciones negativas
  • 38. PROCEDENCIA GENERAL Ordinarios * Apelación * De Hecho * Reposición *Aclaración Extraordinarios * Casación Forma/Fondo * Revisión * Inaplicabilidad * Queja * Amparo/Protección * Nulidad TRIBUNAL QUE CONOCE Mismo Tribunal * Reposición * Aclaración Tribunal Superior * Casación Forma/Fondo * Revisión * Inaplicabilidad *Queja * Amparo/Protección CARACTERÍSTICAS RG –Interponen ante mismo Tribunal que dictó la RJ RG – Conoce Tribunal Superior Jerárquico del que dictó Resolución Impugnada Ejercicio es Mera Facultad de las Partes Plazos son generalmente Fatales No proceden contra RJ Firme o Ejecutoriadas Recurrentes son Partes Agraviadas ELEMENTOS Tribunal que Pronuncia la Resolución Resolución Objeto del Recurso Tribunal que Conoce del Asunto Parte Agraviada Nueva Resolución que Enmienda, Invalida o Confirma DERECHO DE IMPUGNACIÓN Instrumentos Legales que atacan, reforman o anulan una RJ Facultad contenida en D° de Acción y Contradicción •Nueva Acción Constitutiva •Fundamento está en la Fiscalización de la Justicia Medios de Impugnación: •Incidente Alzamiento, Nulidad Procesal, Oposición de 3°, Renovación de Acción Ejecutiva, Revisión, Recursos Procesales Requisitos: •Ser Parte – Interés en resultado •Agravio – Contenido en Parte Resolutiva* de la Sentencia
  • 39. NULIDAD PROCESAL (Sin regulación normativa expresa) ART. 83-85 •Sanción de ineficacia que la Ley establece para actuaciones judiciales que no cumplen con las formalidades exigidas •ART. 10 CC Actos que la ley prohíbe son nulos y de ningún valor •ART. 11 CC Acto declarado nulo, no deja de aplicar la ley •ART. 12 CC Renuncia a D° conferidos por las leyes •CPC determina medios y forma para reclamar •Sólo aplica ART. mencionados de los contratos y no todos •Nulidad Procesal hay una sola •Se reclama dentro del mismo juicio que produce actuación viciosa •Si no se reclama, se sanea •De Oficio/Petición de Parte •Ley expresamente lo dispone •Cuando exista un vicio que irrogue perjuicio reparable sólo con declaración de Nulidad •Actuación Procesal Aislada: Deja sin efecto dicha actuación •Relación Procesal: Rompe el procedimiento, pudiendo pedir nulidad de todo lo obrado (Notificación de un incapaz) •Al declararse, el Tribunal establecerá cuáles actos serán nulos en razón a su conexión con el acto anulado •Incidente – Dentro de 5 días contados desde que aparece o acredita que tuvo conocimiento del vicio •Incompetencia Absoluta no tiene plazo •Reclamo Oportuno: Antes de cualquier gestión principal o tan pronto llegue a conocimiento de parte •Interpuesto fuera de plazo, se rechaza de plano •Recurso de Casación – Todos aquellos que se advierten en la sentencia, causal del RC en la forma, o inciden en trámites esenciales y la ley dispone expresamente CONCEPTO FUNDAMENTOS Y ALCANCE PROCEDENCIA FORMA DE RECLAMARLA EFECTOS CARACTERÍSTICAS 1.Trascendencia – Vicio relevante sólo reparable con la declaración de nulidad •Perjuicio – Pérdida de oportunidad o facultad; no ha podido ejecutar. No existe nulidad sin perjuicio. 2.Convalidación – Siempre podrá convalidarse, expresa o tácitamente. Plazo de 5 días desde que tuvo conocimiento del vicio hasta la dictación de la sentencia firme o ejecutoriada (in limine litis) 3.Protección – Alega la nulidad concurriendo con su voluntad a materializar la acción. 4.Conservación – Nulidad del acto no implica la de todo lo obrado; sólo aquello que el juez establezca en su resolución. 5.Extensión – No se limita únicamente al acto viciado, sino que además se extiende a los actos en los que habría incidencia. ART: 83 CPC Los actos plenamente válidos podrán afectarse si han sido derivados de un acto ilícito.
  • 40. RECURSO CONCEPTO RECURRENTE PLAZO TRIBUNAL ANTE EL QUE SE INTERPONE FORMA EFECTOS TRAMITACIÓN RESOLUCIÓN OTROS RECURSOS INFO ADICIONAL ACLARACIÓN, RECTIFICACIÓN & ENMIENDA (SD O SI) Acto Jurídico Procesal del Tribunal que dicta SD o SI, de Oficio o Petición de Parte, para Aclarar Puntos Dudosas, Salvar Omisiones o Rectificar Errores de Copia, Referencia o Cálculos Numéricos Cualquiera de las Partes Excepción a la RG del Agravio Fundamento: Economía Procesal Ley no señala -5 días desde notificación de sentencia -Ejecución o cumplimiento de lo Resuelto Mismo Tribunal que dictó la Sentencia Por Escrito Juez podrá suspender o no los trámites o ejecución de la sentencia según naturaleza de la reclamación •De Plano •Incidente •Traslado 3 días •Prueba Excepcional (8 – 30 días, dependiendo lugar de diligencia) •No podrá afectar fondo ni CJ (causa casación x incompetencia) •Notifica igual que SD •Simultánea o Paralelamente •No suspende plazo para otros recursos •Mismos recursos que caben contra SD o SI De Oficio: 5 días (fatal) siguientes a primera notificación de SD Excepción: Procede De Oficio & Rever Fallo Propio REPOSICIÓN ORDINARIA EXTRAORDINARIA (Autos & Decretos) ESPECIAL (SI) ART. 181 Acto Jurídico de Parte Legitimada con el objeto de Impugnar Autos y Decretos para que el Tribunal modifique o enmiende su resolución Excepción - SI que causa agravio Cualquiera de las Partes afectadas por la RJ Fundamento: Economía Procesal O – 5 días desde notificación E – Mientras no esté firme ni ejecutoriada SI – 3 días Mismo Tribunal que dictó la RJ Por Escrito Suspende el cumplimiento de resolución recurrida O – De plano; no suspende plazos E – Incidente, Otorga traslado SI Prueba: De Plano o Incidente Otras SI – Nada Dicho; aplica RG Niega – Inapelable Acoge - Apelable Nuevos Antecedentes: Produce cscc jurídicas, existen al momento de dictar la RJ, PERO desconocidos x el Tribunal QUEJA (SD o SI que ponen fin o hacen imposible continuación) ART. 536 COT AA – CS (1972) Medio que franquea la Ley a la Parte Agraviada por RJ abusiva para dejarla sin efecto o enmiende, SP demás recursos procesales Parte Agraviada por la RJ Tribunal Superior Jerárquico Por Escrito (Ver Gráfico) (Ver Gráfico) •Consideraciones precisas que demuestren falta o abuso •Errores u omisiones graves y manifiestos •Medidas para remediar •Apelación •Árbitros Arbitradores: SD de 1° o única instancia + Casación en la Forma Peticiones: •Deje sin efecto RJ que estima abusiva •Aplicar sanciones al Juez (secundario) REVISIÓN RECURSOS PROCESALES Medios que la ley concede a la parte que se cree perjudicada por una resolución judicial para obtener que sea modificada o dejada sin efecto
  • 41. LIMITACIONES DEL JUEZ AL MOMENTO DE FALLAR FALLO DEL JUEZ ART. 170 CPC 1ª Instancia Todas las Acciones y Excepciones Interpuestas Puede no pronunciarse sobre lo incompatible No puede pronunciarse sobre otras cosas Podrá declarar la nulidad cuando aparece de manifiesto 2ª Instancia Apelación Límites Asunto controvertido de 1ª instancia, salvo que planteen excepciones anómalas No puede pronunciarse sobre lo no fallado en la SD (salvo Juicio Sumario ART. 694 CPC) Sentencia de 1ª Instancia Obligaciones Agravio – Fundamento y Límite de la Apelación Mérito de la apelación (peticiones concretas) Prohibición de Reforma del Perjuicio No puede modificar en perjuicio del único apelante Nadie ha manifestado ese agravio Personalidad de la Apelación Si existen múltiples partes, interpuesta x uno, no favorece a los demás Adhesión a la Apelación Trascendencia Práctica: Tribunal de Alzada podrá casar en la forma de oficio o devolverla al tribunal de 1ª para que complete la sentencia Sentencia de 1ª Fundamento Apelación Tribunal de Alzada sólo podrá pronunciarse sobre el Fundamento de la Apelación (Agravio)
  • 42. RECURSO DE APELACIÓN Concepto •Tiene por objeto obtener del tribunal superior respectivo que enmiende con arreglo a D°, la resolución del inferior •Recurso que la ley concede al litigante agraviado por una RJ para recurrir al tribunal superior inmediato a fin que la revoque o modifique, dictando la que considere más justa, con pleno conocimiento de la gestión controvertida Características •Recurso Ordinario – Procede contra generalidad de las resoluciones •Se interpone ante el mismo tribunal que dictó la RJ recurrida •Conocimiento y decisión corresponde al tribunal jerárquico superior •Constituye 2° instancia – Revisa todas las gestiones de H° y D° promovidos en 1° •Causales Genéricas •RG – Su interposición hace posible la interposición de recursos extraordinarios Fundamentos •Es el medio e instrumento legal que da movimiento a la 2° instancia •Segunda revisión del juicio hecha x los jueces Diferencias entre 1° y 2° •2° – No hay discusión y la prueba está limitada •IMP – Período de sentencia •Primera Resolución – “Autos en Relación” o “Dese Cuenta” •Facultades – Revisar el conflicto ya resuelto x el juez inferior •Apelante tratará de desvirtuar sentencia que le ha sido desfavorable Resoluciones Apelables •SD de 1° •SI de 1° •Autos y Decretos de 1° •Alteren la sustanciación regular del juicio •Recaigan sobre trámites no expresamente ordenados x ley (subsidiaria a la reposición) Plazos •5 días a contar de la notificación de la parte que entable el recurso •10 días si es SD •3 días apelación en subsidio de reposición •Fatal, individual de días, legal Efectos •Devolutivo – Otorga jurisdicción al tribunal superior para conocer el recurso y enmendar o confirmar fallo del inferior •Suspensivo – Suspende jurisdicción del tribunal inferior para seguir conociendo de la causa •Tribunal inferior pierde competencia hasta que el de 2° confirme, revoque o modifique la RJ impugnada •Fundamenta reparar la injusticia cometida Forma de Conceder •ART. 194 Sólo Devolutivo – Tribunal inferior sigue conociendo hasta su terminación, incluso ejecución SD •Dos tribunales tienen competencia sobre mismo negocio jurídico •O° de No Innovar – Se radica en sala que concede la O° y goza de preferencia •RG Ambos Efectos – Suspende jurisdicción del tribunal inferior (salvo excepciones) Competencia •Asuntos juzgados y fallados en 1° (salvo ART. 208-209) •Apelación de una parte no aprovecha la otra APELACIÓN ART. 186
  • 43. RECURSO DE APELACIÓN Límites al Tribunal Alzada •Prohibición de empeorar la situación del apelante si no ha mediado recurso del adversario Personalidad •Si es dictada a favor del único apelante, no aprovecha a los otros Tramitación •Contener fundamentos de H° y D° en que se apoyan las peticiones concretas •Si es subsidiaria, no requiere fundamentos •Si se concede en ambos efectos, se remite al superior al día siguiente •Sólo efecto devolutivo, deben compulsarse las piezas necesarias y enviar al superior •Apelante deberá depositar en secretaría del tribunal dentro de 5 días valor de fotocopias Tramitación •Recibidos los autos, partes tienen 5 días para comparecer •Plazo ampliable x tabla •Si no comparece, secretaria certificará deserción (no requiere notificación) •Si apelado no comparece, sigue en rebeldía x el solo ministerio de la ley •Rebelde podrá comparecer en cualquier E° del juicio •Tribunal de alzada examinará en cuenta si es admisible •Si es inadmisible, devolverá al tribunal inferior para dar cumplimiento al fallo •Si es admisible, mandará traer autos en relación Notificaciones •Primera – Personal •Demás – E° Diario •Resolución que declara deserción del recurso no requiere notificación Incidentes •Resoluciones sobre incidentes se dictarán por tribunal de alzada y no serán apelables •RG – Se fallan de plano, a menos que se estima conveniente Prueba •ART. 207 Excepcional para instrumental y confesional •ART. 159 Tribunal podrá decretar MMR Adhesión •Pedir reforma de sentencia apelada en la parte estimada gravosa •Nueva apelación interpuesta x apelado •Salva injusticia que envuelve situación Tramitación •Salvo SD, se verá en cuenta, salvo que partes soliciten alegatos •Relator dará cuenta de vicio u omisión •Vista se inicia con relación •Alegatos de las partes, máximo 30 minutos •Rectifican errores de H° •Cierra el debate y juicio queda en E° de dictar MMR APELACIÓN ART. 186 Requisitos: •Una parte interpone la apelación y está pendiente •Sentencia de 1° causa agravio al apelado} •Se tramita separadamente de la apelación Legitimado Activo •La parte que no apeló de la RJ de 1° instancia Oportunidad •En 1°, antes de elevar autos al superior •En 2°, dentro del término que disponen los litigantes para hacerse parte
  • 44. RECURSO DE APELACIÓN Formas de Término •Normal – SD •Anormal •Deserción •Desistimiento •Prescripción Plazo •30 días contados desde término de vista de la causa Límites •Si la sentencia extiende su fallo a puntos no sometidos a su decisión, podrá recurrirse de casación en la forma Formalidad •Notificación –E° Diario Desistimiento •Renuncia expresa hecha por el que lo ha interpuesto •Puede presentarse ante el tribunal inferior o ante el de alzada •Podrá presentarse en cualquier momento •Se resuelve de plano •Efectos: •La SD queda firme y ejecutoriada desde que se notifica el decreto que la manda a cumplr Prescripción •Modo de extinguir la apelación por haber dejado las partes transcurrir cierto período de tiempo sin hacer gestión alguna •Requisitos: •Pasividad de las Partes •Alegada x las partes •Durar cierto tiempo •SD – 3 meses •SI o Decreto – 1 mes •Interrupción: •Cualquier gestión en el juicio •Interposición: •Ante el tribunal en cuyo poder se encuentre el expediente Tramitación •Podrá alegarse en cualquier E° del juicio •Aplica reglas de los incidentes •SD quedará firme desde que notifique decreto que la mande a cumplir Abandono •Aplica RG •Sólo el demandado podrá hacerlo valer durante todo el juicio hasta dictación sentencia ejecutoriada Deserción •Modo de término cuando el apelante no cumple alguna gestión ordenada x ley en la oportunidad debida •Causales: •Apelante no cumple OB de depositar al cabo de 5 días el valor de copias •Apelante no comparece dentro del plazo ante el tribunal superior APELACIÓN ART. 186 Recursos: •Reposición – Fundada en error de H° y deducido dentro de 3° día (caso excepcional contra SI) •Apelación – Debe haber sido dictada x tribunal inferior. Si el de alzada lo falla, resolución es inapelable •Casación en la Forma – SI que pone término al juicio o hace imposible su prosecución •Casación en el Fondo – Debe haber sido dictada x una CA
  • 45. RECURSO DE CASACIÓN Consideraciones Generales •Carácter Público •Extraordinario •Limita al Tribunal Ad Quem Regulación Legal •Invalidar una sentencia en los casos señalados x ley •Casare – Anular, declarar de ningún efecto alguno Criterio Legislación •Amplio – Casación Fondo (RG) •Taxativo – Casación Forma •Infracción a ley procesal podrá ser causal de fondo si forma no la considera •Elemento diferenciador es naturaleza de ley infringida Errores que se Cometen •In Procedendo – Actividad del tribunal durante el proceso que suponen irregular o defectuosa actividad procesal •Obligan anular el proceso hasta el acto en que se produjo •In Iudicando – Actividad intelectiva de los sentenciadores, manifestada en el acto jurisdiccional (sentencia) •Procede dejar sin efecto la sentencia, dictando una nuevo CASACIÓN ART. 764
  • 46. RECURSO DE CASACIÓN Concepto •Recurso extraordinario que la ley concede a las partes agraviadas con ciertas RJ, a fin de obtener su invalidación cuando han sido dictadas con infracción de ley y ha influido substancialmente en lo dispositivo del fallo. Sentencias Apelables ART. 767 •SD Inapelables •SI Inapelables que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación •Tanto de 1ª como de 2ª •Deben ser dictadas x una CA o tribunales arbitrales se 2ª instancia constituidos x árbitros de Dº Causales & Límites •Sentencia pronunciada con infracción de ley •Substancial influencia en lo dispositivo •Límites •Naturaleza de resolución impugnable •Procedencia casación en la forma Infracción de Ley •Contravención Expresa de Ley – Error formal que desconoce validez o existencia de una ley •Errónea Interpretación – Atribuye sentido equivocado a la norma, ampliando o restringiendo •Falsa o Indebida Aplicación – Juez aplica la ley a casos extraños o prescinde de la ley en un caso determinado Sentidos de Ley •Ley – Emanada de autoridad y general obligatoriedad • ART. 1 CC •Tratados Internacionales •Costumbre • ART. 2 CC •Ley Extranjera •Reglamentos, Decretos e Instrucciones •DFL & DL •Autos Acordados •Ley del Contrato •Cláusulas Testamentarias Influencia Sustancial •Sustancial – De no haber existido, el fallo hubiese sido distinto •Dispositivo – Parte o considerando resolutivo Hechos ART. 785 •Este es un recurso y no una instancia •La instancia es un grado jurisdiccional que comprende tanto los H° como el D° •Circunstancias que sirven de base al litigio u ocurren dentro del mismo. Sin ellos, el litigio no existe. •Comprobación de un H° es de resorte exclusivo del juez de fondo y su calificación jurídica es revisable x la CS CASACIÓN EN EL FONDO ART. 764
  • 47. RECURSO DE CASACIÓN Tramitación ante CA •Sujetos y Tribunales •Parte Agraviada – Directa o indirecta (agravio y vicio) •Ante tribunal que pronunció sentencia •Para ante quien debe conocer •Plazo •15 días siguientes a la notificación de la sentencia que se recurre •Requisitos del Escrito •Expresar en qué consiste error de D° de que adolece •De qué modo los errores influyen sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia •Patrocinado x abogado habilitado Tramitación ante CA •Consecuencias – No puede sostener variaciones •Examen Admisibilidad – En cuenta •Declaración Inadmisibilidad – Declara a quo •Concesión – Eleva autos originales a CS y devuelve compulsas a tribunal que conocerá del cumplimiento •Expediente original a CS y copias al JL Efectos •RG – No tiene efecto suspensivo •EXC: •Cumplimiento hace imposible llevar a efecto la sentencia •Parte vencida exige no cumplir sentencia mientras vencedora no rinda fianza de resultas •Fianza Resultas – Solicitud separada se agrega al cuaderno de compulsas •Tribunal se pronuncia de plano en única instancia y fija monto •Franqueo – Remisión x parte del recurrente, o bajo apercibimiento de declararse no interpuesto el recurso Tramitación ante CS •Plazo – 5 días para comparecer ante CS a seguir el recurso desde que autos se reciben en secretaría (+ fuera Stgo) •Rebeldía – Recurrido no comparece, no será necesario notificarlo •Desierto – 3 meses sin realizar gestión alguna; cualquier parte podrá solicitar que se declare firme la RJ recurrida (1 mes si es SI) •Deserción - Recurrente no comparece, secretario certifica de oficio •Abogado Patrocinante – Hasta antes de la vista del recurso Tramitación ante CS •Admisibilidad – Examina en cuenta: •Si sentencia es de aquellas contra las cuales la ley concede el recurso •Si el escrito expresa en qué consiste el/los errores de Dº y cómo influyen sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia •Interpuesto a tiempo •Patrocinado x abogado Reposición •Resolución que declara inadmisibilidad podrá reponerse dentro de 3º día desde la notificación de la RJ •Podrá decretar autos en relación CASACIÓN EN EL FONDO ART. 764 Casación de Oficio •Si CS desecha por defectos de forma, podrá invalidar de oficio si se dictó con infracción de ley •Dictará sentencia de reemplazo •NOTA: Partes podrán solicitar que recurso se conozca y resuelva x el Pleno
  • 49. TRAMITACIÓN RECURSO DE QUEJA Presentación Primera Resolución Evacuación de Informe, Constancia Petición & Notificación de Solicitud a las Partes Comparecencia de las Partes (Facultativa) Vista del Recurso (Siempre Previa Vista) Fallo 1. Acoge 2. Rechaza Recursos contra el Fallo Otras Formas de Terminación Entabla directamente ante Tribunal Superior Jerárquico del que dictó la RJ con falta o abuso Tenor depende de requisitos precedentes •Falta de Patrocinio •Inadmisibilidad x Incumplimiento Requisitos Formales •Fuera Plazo Legal, No procedente, Proceden otros recursos, etc. •Sólo cabe Reposición fundada en Error de Hecho •Tribunal podrá proceder De Oficio •Inadmisibilidad x Falta de Fundamento (Derogado) •Admisibilidad – Solicita informe a Juez (es) •Evacuar dentro de 8 días hábiles desde recepción del oficio respectivo (sólo sobre hechos) •Constancia recepción de solicitud del informe (Secretario del Tribunal) •Notificar las Partes x E° Diario de solicitud de informe •Cualquiera de las Partes hasta ANTES de la Vista •Terceros incluidos •Se agrega a Tabla preferentemente y no suspende •Transcurrido el plazo, dicta Autos En Relación •Se acumula a Recursos Jurisdiccionales, de haberlos (se resuelven conjuntamente ART. 66) •Se sortea entre Salas, salvo radicación anterior a raíz de Orden de No Innovar solicitada x recurrente •CS conoce sala especializada según materia en que incida el RQ •No suspende Vista de la Causa •Sólo decretar MMR una vez terminada la Vista •Apelación (Excepción ART. 551) •Presenta ante Tribunal que se pronuncia acerca de la Queja •Conoce Tribunal que conocería de Casación •Resuelve De Plano •Única Instancia ART. 63 •Desistimiento del Recurrente •Acoge Recurso •Invalida, Modifica o Enmienda RJ •Decretar Medidas Disciplinarias, dando cuenta al Tribunal Pleno (Se impuso esta OB ART. 545 <Amonestación Privada, pero CS estima lo contrario) •Rechaza Recurso •En la práctica, no dan fundamentos •Ley 19.374 intentó limitar procedencia
  • 54. JUICIO EJECUTIVO Procedimiento contencioso de aplicación general o especial, de tramitación extraordinaria que tiene por objeto el cumplimiento forzado de una obligación que consta en un título fehaciente e indubitado. •Procedimiento General o Especial •Extraordinario o Especial •Compulsivo o de Apremio •Fundamento en OB Indubitada •Inspirado en Protección de Intereses del Acreedor Características •Obtener por el acreedor el cumplimiento forzado de una OB que se ha incumplido •Título – Mérito ejecutivo: Documento que deja constancia fehacientemente de la existencia de una OB (SD) •Equilibrar intereses en juego (Acción & Excepciones) •Ejecutivo – Aspecto Contencioso •Apremio – Trámites de Embargo Fundamentos •Naturaleza de la OB •De Dar •Hacer •No Hacer •Campo de Aplicación •General •Especial •Cuantía •Mayor y Mínima Clasificación •ART. 434 CPC OB Dar •ART. 530 CPC Hacer y No Hacer •ART. 729 CC General •Especial – Leyes Especiales •ART. 434 CPC Mayor Cuantía •ART. 729 CPC Mínima Cuantía Reglas Legales
  • 55. ACCIÓN EJECUTIVA •OB Conste en Título Ejecutivo •OB Actualmente Exigible •OB Líquida (Dar), Determinada (Hacer) y Susceptible de convertirse en la de Destruir la Obra Hecha (Hacer) •OB No Prescrita – 3 años/De oficio Requisitos Copulativos •Declaración solemne a la cual la LEY le otorga, específicamente, la fuerza indispensable para ser antecedente inmediato de una ejecución. •Fuente •Voluntad de las Partes •Judicial •Administrativo •Escrito/Disposiciones Tributarias/Multa Título Ejecutivo •Sentencia Firme, SD o SI •Copia Autorizada de Escritura PB •Acta Avenimiento ante Tribunales y Autorizada x Ministro de Fe •Instrumento PR Reconocido Judicialmente o Tener x Reconocido •Confesión Judicial •Cualquiera Título al Portador o Nominativo •Cualquier otro título que las Leyes den Fuerza Ejecutiva Enumeración ART. 434 •Requisito para todas las OB •No sujeta a modalidad •Actual OB Exigible •Procedimientos judiciales previos que puede iniciar el acreedor contra el deudor •Finalidad de perfeccionar el título fundamento del juicio •Reconocimiento de firma en instrumento PR •Notificación judicial de protesto •Confesión de deuda •Confrontación de título •Avaluación •Validación sentencia extranjera •Notificación título a herederos del deudor Gestiones Preparatorias SD – Ponen fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto objeto del juicio SI – Fallan un incidente, estableciendo Dº permanentes a favor de las partes o resuelven sobre algún trámite base para el pronunciamiento de una SD o SI Firme – Desde que se notifica a las partes, si no procede recurso o desde que se notifica el decreto que manda cumplir la sentencia, una vez terminados los recursos deducidos o transcurran todos los plazos que la ley concede para hacerlos valor SD o SI Firmes – Producen Acción de Cosa Juzgada Escritura PB – Instrumento PB o auténtico otorgado con las solemnidades que fija la ley, por el competente notario e incorporado en su protocolo o registro PB Acta de Avenimiento – Acuerdo producido entre las partes litigantes para poner término al juicio, en las condiciones señaladas x ellos y aceptada por el Juez Instrumento PR – Dejan constancia de un Hº, pero sin formalidad alguna Confesar – Reconocer un Hº del cual se derivan consecuencias jurídicas en su contra
  • 56. JUICIO EJECUTIVO •Formas de Iniciarse: •Gestión Preparatoria •Demanda Ejecutiva Cuaderno Ejecutivo •Título Ejecutivo Perfecto •Requerimiento Definitivo •Notifica •ART. 254 Requisitos + Especiales Demanda Ejecutiva •Constituye Notificación de Demanda Ejecutiva •Emplazamiento de Pago en el acto Bajo Apercibimiento de Embargo •Denegado – Sólo apelación en el solo efecto devolutivo. Si se rechaza, no existe casación en el fondo •Acogido Efectos •Defensa ART. 464 Excepciones •Traslado al Ejecutante – 4 días fatales •No hay Oposición – No existe Controversia •Se dicta mandamiento de ejecución & embargo en cuaderno de apremio •Hace de Sentencia •Inicia cuaderno de Apremio •Procede Liquidación o Pago •Pago •Admisibilidad de Excepciones •Inadmisible – Dicta Sentencia Oposición del Ejecutante •No hay Hº SP y C – Citación para oír sentencia •Hay Hº SP y C – Término probatorio de 10 días •Notifica x Cédula •Observaciones a la prueba – 6 días •Citación oír sentencia – 10 días Admisible Procedimiento de carácter contencioso de aplicación general o especial, de tramitación extraordinaria que tiene por objeto el cumplimiento basado en una prestación que consta en un antecedente escrito, indubitado e indubitable llamado Título Ejecutivo. DESPÁCHESE Dicta Mandamiento de Ejecución y Embargo (SI de 2º Grado) Abre Cuaderno de Apremio Menciones ME&E 1.Oº Requerir de Pago 2.Oº Embargar Bienes 3.Designación Depositario Provisional 4.Bienes Provisionales 5.Uso Fuerza PB Discusión sobre existencia, monto y exigibilidad de la OB Cuadernos: Ejecutivo Apremio Tercerías Incidentes Condenatoria De Pago Especie o cuerpo cierto SD Condenatoria de pago Firme EXC ART. 475 De Remate No son Especie o Cuerpo Cierto Notificación de sentencia causa ejecutoria Absolutoria Acoge una o más excepciones; Efecto en Cuaderno de Apremio Suspensión Definitiva del Embargo Alza del Embargo IMPORTANCIA: 1.Costas 2.Apelación •Absolutoria – Ambos efectos •De Pago – Suspensivo •De Remate – Devolutivo EFECTOS SD: Cosa Juzgada Formal y Sustancial •Renovación de la Acción •Reserva de la Acción
  • 57. JUICIO EJECUTIVO •Características Embargo •Acto de Autoridad •Acto Material •Consecuencias Jurídicas •Se estampa al lado del ME&E Cuaderno de Apremio •ART. 2465 RG – Todos los bienes del deudor •ART. 434 CPC EXC •Sueldos de Empleados PB •Remuneraciones Empleados •Pensiones Alimenticias Forzosas •Rentas de Fundaciones •Fondos del Banco Eº •Pólizas de Seguro •Sumas a Obreros •Bien Raíz Familiar… Bienes Embargables •Acreedor •Deudor •Ministro de Fe Indicación de Bienes •Entrega – Simbólica o Real •Niega – Uso de Fuerza PB •Excepciones a la Entrega •Empresa Mercantil •Menaje de una Casa •Dinero o Alhajas •En Pº de un 3º Procedimiento •Ministro de Fe levanta Acta •Inscripción en CBR •Entrega diligencia en Secretaría •Testimonio de Fecha •Constancia de toda alegación de 3º Formalidades Foja 1: Mandamiento de Ejecución y Embargo Embargo – Actuación judicial que consiste en la aprehensión de 1+ bienes del deudor, previa orden de autoridad competente, ejecutada x ministro de fe, con el objeto de pagar con esos bienes al acreedor o realizarlos y pagar con lo producido •ART. 1464 CC Deudor pierde libre disposición •ART. 479 Pierde administración de sus bienes (Depositario designado x acreedor) Efectos •Ampliación – Cualquier Eº del juicio con justo motivo •Reducción – Fundamento de justa equivalencia •Substitución – RG x Dinero •Cese – Paga deuda y costas antes de verificar el remate Modalidades •Traba 2+ embargos sobre un mismo bien •No existe ley que lo prohíba •Problema al solicitar autorización a jueces Reembargo •De Pago – Apremio se reduce a liquidación del crédito, tasación de costas y entrega de $$ •De Remate – Trámites se limitan a rematar bienes para pagar al acreedor Sentencias Definitivas
  • 58. JUICIO EJECUTIVO Cumplimiento Sentencias Definitivas De Pago ART. 510 RG – Se pide una vez que SD esté firme o ejecutoriada EXC – Apelación en solo efecto devolutivo; Casación en el fondo o forma De Remate RG – SD notificada a las partes Pago – SD Ejecutoriada EXC – Apelación en solo efecto devolutivo; Casación en el fondo o forma Realización de Bienes sin Tasación Muebles en Martillo Muebles sujetos a Corrupción Efectos de Comercio realizables en el Acto Realización de Bienes que Requieren Tasación No comprendidos en los no realizables Remate PB Ante Tribunal que conoce o en Jurisdicción Venta Judicial, Forzosa, PB y al Mejor Postor Formalidades Previas Tasación Rol de Avalúo SII Determinación de Bases Forma de Pago, Mínimo y Cauciones Fijación Día y Hora So pena de Nulidad Formalidades de Publicidad Avisos 4 veces en diario comunal Citación de Acreedores Hipotecarios Sólo si es inmueble Autorización Judicial Eventualidad de múltiples embargos Producto de Realización consignado a la Oº del Tribunal , deduciendo gastos y honorarios: •Martillero •Depositario •Corredor de Comercio Remate PB: •Ante tribunal que conoce ejecución o donde bien esté situado •Postor rendir caución suficiente (10%) •Calificación de Cauciones •Comienza x el mínimo •Adjudica al mejor postor •Considerado CV entre Ejecutado, representado x Tribunal, y Subastador •Cumplir formalidades de CV •Acta del Remate en registro del secretario, firmada x juez, rematante y secretario •Valor de escritura PB •Proceso contendrá extracto de acta •Plazo – 3 días ampliables Sanciones: (Escritura o Precio) •Remate sin efecto •Efectiva la caución Nulidad: •Vicios o Defectos Sustantivos (Nº Civiles) •Defectos Procesales (Nº Procesales) Procedimientos Finales: •Consignación de Fondos •Liquidación del Crédito •Tasación de las Costas •Rendición de Cuentas del Depositario •Remuneración del Depositario •Pago al Acreedor