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Autoridades
Administrativas
relacionadas con la
Propiedad Intelectual e
Industrial
Autoridades
• Tanto la LPI, como la LFDA, nos ayudan a identificar con claridad las
autoridades administrativas competentes en la materia.
• Aún cuando existe otro conjunto de autoridades de procuración de
justicia y órganos jurisdiccionales que serán competentes en caso de
controversia.
EL IMPI
• El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es
el órgano competente en materia de propiedad
industrial, aunque cabe destacar que este
organismo, también tiene ciertas atribuciones en
materia de Derechos de Autor.
• El IMPI fue creado como un organismo público
descentralizado de la entonces Secretaría de
Comercio y Fomento Industrial, que se transformó
en lo que ahora es la Secretaría de Economía, y de
acuerdo a la LOAPF, cuenta con personalidad
jurídica y patrimonio propios.
IMPI
• Éste organismo cuenta con independencia operativa y administrativa,
financiera y solamente tiene una sectorización con la Secretaría de
Economía.
• Sus facultades se encuentran perfectamente indicadas en el art. 6 de
la LPI.
• Su órgano de control es su JUNTA DE GOBIERNO, conformada por 10
integrantes.
Integrantes de la Junta de Gobierno del IMPI.
• Secretario de Comercio y Fomento Industrial que es quien la preside.
• 1 Representante designado por la SECOFI.
• 2 Representantes de la SHCP.
• Representantes de la SRE, así como del Consejo Nacional de Ciencia y
Tecnología y del Centro Nacional de Metrología.
• Por cada representante propietario, deberá existir un suplente.
IMPI
• La operación y toma de decisiones cotidianas del organismo recaen
en un Director General, quien es además el representante legal y es
designado por el Presidente de la República.
• Sus facultades a su vez son delegadas en toda la estructura jerárquica
del IMPI, que se compone de dos coordinaciones, dos direcciones
generales adjuntas, nueve direcciones divisionales, cinco oficinas
regionales y un órgano interno de control.
Instituto Nacional del Derecho de Autor.
• El Indautor, es el organismo competente para conocer de todos los
asuntos relacionados con los derechos de autor.
• Al diferencia del IMPI, es un organismo público desconcentrado del
Gobierno Federal, que NO cuenta con personalidad jurídica y patrimonio
propios.
• Únicamente cuenta con independencia operativa y administrativa, carece
de autonomía financiera y se encuentra subordinado a la SEP.
Facultades del Indautor.
• Sus facutades se encuentran señaladas en el artículo 103 del Reglamento de la
LFDA, siendo algunas las siguientes:
• 1.- Protegen los derechos de autor y los derechos conexos en los términos de la
legislación nacional, tratados internacionales y convenios suscritos y ratificados
por México.
• 2.- Promueve la cooperación internacional, mediante el intercambio e
experiencias administrativas y jurídicas con instituciones encargadas del registro
y protección legal de los derechos de autor y derechos conexos.
Facultades…
• 3.- Llevar, vigilar y conservar el Registro.
• 4.- Conservar y resguardar el acervo cultural depositado en el Registro.
• 5.- Propiciar la participación de la industria cultural en el desarrollo y
protección de los derechos de autor y derechos conexos.
• 6.- Recibir las solicitudes y, en su caso, otorgar las reservas de derechos.
• 7.- Designar peritos cuando así se le solicite conforme a la Ley.
• 8.- Emitir dictámenes técnicos que le sean requeridos por el poder Judicial,
M.P. de la Federación o un grupo arbitral.
• Entre otras muchas más.
Estructura Administrativa
• Semejante al IMPI, el Indautor, está presidida por un Director General,
quien es el encargado de llevar a cabo la representación del
organismo, así como la atención, trámite y resolución de los asuntos
que competan al Instituto.
• No obstante lo anterior, puede delegar dichas atribuciones para la
mejor coordinación y desarrollo del trabajo a servidores públicos
subalternos.
Estructura interior
• La organización del Indautor, se encuentra conformada por unidades
administrativas, cuyas atribuciones son indicadas en el Reglamento Interior
del mismo organismo.
• Su estructura actual es la siguiente:
• Dirección jurídica.
• Dirección de Registro de Obras.
• Dirección de Reserva de Derecho
• Dirección de protección.
• Subdirección de informática.
SAGARPA
• Como ya se ha indicado en clases pasadas, en materia de propiedad
industrial, el tema de los vegetales compete a la Secretaría de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, que en el sexenio del
Presidente Fox cambió su nombre a Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).
• Las atribuciones de ésta secretaría sobre la materia se encuentran
indicadas en el artículo 3° de la LFVV (ley Federal de Variedades
Vegetales).
ORGANISMOS
INTERNACIONALES
En materia de Propiedad Industrial e Intelectual.
OMPI (Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual)
• Los orígenes de éste organismo datan de
1883, debido a la necesidad de protección
internacional de la propiedad intelectual que
se puso de manifiesto en 1873, en ocasión de
la Exposición Internacional de Invenciones en
Viena, a la que se negaron a asistir algunos
expositores extranjeros por miedo a que les
robaran sus ideas para explotarlas
comercialmente en otros países.
Antecedentes de la OMPI
• En 1883, se Adopta el Convenio de París, para la protección de
la propiedad industrial, primer tratado internacional de gran
alcance destinado a facilitar que los nacionales de un país
obtengan protección en otros países para sus creaciones
intelectuales generando derechos de propiedad intelectual.
• Este Convenio tuvo como propósito armonizar 3 figuras legales:
• A) Las patentes
• B) Las marcas
• C) Los diseños industriales.
Antecedentes…
• En 1884, el Convenio de París entró en vigor en 14 Estados,
estableciendo una Oficina encargada de llevar a cabo tareas
administrativas, como organizar reuniones de esos Estados
miembro.
• En 1886, de forma similar, se produce un importante esfuerzo por
armonizar una legislación en materia de derechos de autor, con la
adopción del Convenio de Berna para la Protección de las Obras
Literarias y Artísticas, cuyo objetivo era apoyar a que los
nacionales de los Estados miembros tuvieran protección
internacional para controlar el uso de sus obras creativas y recibir
pago por su uso.
Antecedentes…
• A raíz del Convenio de Berna, igualmente se instalaron
oficinas internacionales en Berna, Suiza para la realización
de tareas administrativas.
• En 1893, ambas oficinas, se unieron para conformar lo
que se conoció como Oficinas Internacionales Reunidas
para la Protección de la Propiedad Intelectual, mejor
conocida por sus oficinas en francés BIRPI, que fue la
precursora de la actual OMPI.
La OMPI en la Actualidad
• Es una agencia especializada de la ONU, con sede en
Ginebra, Suiza.
• Se dedica a desarrollar sistemas de protección a la
propiedad intelectual e industrial, que recompense la
creatividad, estimule la innovación y contribuya al
desarrollo económico, social y cultural de todos los
países, salvaguardando el interés general.
• Cuanta con 184 Estados Miembros.
Actualmente…
• La OMPI es el organismo internacional más
relevante en la materia, administra 24 tratados
internacionales que se agrupan en 3 categorías
distintas:
• Protección a la propiedad intelectual.
• Registro.
• Clasificación.
Funciones de la OMPI
• Fomentar la adopción de medidas destinadas a mejorar la
protección de la propiedad intelectual en todo el mundo y
armonizar las legislaciones nacionales sobre la materia.
• Se encarga de los servicios administrativos de la Unión de París.
• Podrá aceptar el tomar a su cargo la administración de
cualquier otro acuerdo internacional destinado a fomentar la
protección de la propiedad intelectual, o el participar en esta
administración.
• Favorecer la conclusión de acuerdos internacionales destinados
a fomentar la protección de la propiedad intelectual.
Funciones…
• Prestar cooperación a los Estados que soliciten asistencia
técnica o jurídica en el campo de la propiedad intelectual.
• Reunir y difundir todas las informaciones relativas a la
protección de la propiedad intelectual y efectuará y
fomentará los estudios sobre la materia publicando
resultados.
• Mantendrá los servicios que faciliten la protección
internacional de la propiedad intelectual, y en su caso,
efectuará los registros en ésta materia y publicará los datos
relativos a esos registros.
• Adoptará todas las demás medidas apropiadas.
OMC (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL
COMERCIO)
• A diferencia de su antecesor el GATT, la OMC, tuvo claro que la
propiedad intelectual era un aspecto fundamental en el comercio
internacional en una economía globalizada.
• El comercio internacional en la actualidad, ya no solo consta de
productos o servicios, sino también de otra área igual de
importante como lo es la propiedad industrial e intelectual.
OMC
• La velocidad con la que ahora se intercambian estos bienes intangibles,
a través del uso de la INTERNET (Comercio en línea – e commerce) es la
espina dorsal de una economía basada en el conocimiento.
• Durante los últimos 50 años el comercio mundial ha tenido un
crecimiento impresionante, ya que después de la 2da Guerra Mundial al
crear la ONU, primeramente como un organismo pacificador entre los
países, también tuvo gran impacto como organismo encargado de
eliminar las principales causas económicas con el objeto de prevenir o
resolver futuros conflictos armados.
OMC
• La ONU, creo entonces tres instituciones internacionales para éste fin
que en su conjunto se denominaron Sistema Bretton Woods, siendo
estos organismos los siguientes:
• Fondo Monetario Internacional (FMI)
• Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD)
• Organización Internacional del Comercio (OIC)
OMC
• En 1946, los 23 países fundadores del GATT estaban dentro de los 50 países
miembros de la OIC.
• Sin embargo, EU anunció en 1950 que no estaba dispuesto a ceder
soberanía a un organismo internacional, por lo que las reglas del GATT
permanecieron en vigor desde 1948 con sus subsecuentes modificaciones,
y mediante una serie de rondas de negociaciones como la de Tokio y
Uruguay, finalmente se acordó dar nacimiento a la OMC en 1995.
Tratados Internacionales en
materia de Propiedad Intelectual.
Tratados internacionales
administrados por la
OMPI
• TRATADOS INTERNACIONALES RELATIVOS A
LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.
• Convenio de Berna para la protección de obras
literarias y artísticas.
• Convenio de Bruselas.
• Arreglo de Madrid relatico a las indicaciones
de procedencias falsas o engañosas en los
productos.
• Tratado de Nairobi sobre la protección del
Símbolo Olímpico.
• Convenio de París para la protección de la
Propiedad Industrial.
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Fonogramas contra la reproducción no
autorizada de sus fonogramas.
Los convenios internacionales que en
materia de protección a la propiedad
intelectual administra la OMPI, al cierre de
2009, se agrupan en 3 categorías.
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intelectual.
2.- Relativos al Registro de la propiedad
intelectual.
3.- Relativos a la Clasificación de la propiedad
intelectual.
Tratados relativos a la protección…
• Convención de Roma sobre la protección de los artistas
intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas
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• Tratado sobre el derecho de Marcas (TLT)
• Tratado de Washington sobre la propiedad Intelectual
respecto de los Circuitos Integrados (IPIC)
• Tratado de la OMPI sobre derechos de Autor.
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fonogramas.
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intelectual
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del Depósito de microorganismos a los fines del
procedimiento en materia de patentes.
• Arreglo de la Haya relativo al registro internacional de
Dibujos y modelos industriales.
• Arreglo de Lisboa relativo a la protección de las
denominaciones de origen y su registro internacional.
• Arreglo de Madrid relativo a la Protección Internacional de
Marcas.
• Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid.
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propiedad intelectual.
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internacional para los Dibujos y Modelos industriales.
• Arreglo de Niza relativo a la clasificación internacional
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• Arreglo de Estrasburgo relativo a la clasificación
internacional de Patentes.
• Acuerdo de Viena por el cual se establece una
clasificación internacional de los elementos figurativos
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Tratados internacionales
administrados por la
OMC
• En materia de Propiedad industrial
e intelectual, la OMC tiene a su
cargo:
• Acuerdo sobre los derechos de la
propiedad intelectual relacionados
con el comercio, que constituye el
Anexo 1C al Acta de Marrakech de
1994.
La OMC como organismo internacional
especializado en materia comercial tiene a su
cargo la administración de una gran variedad
de tratados, pero solo unos cuantos relativos
a ésta materia.
Bibliografía.
• Solorio Pérez, Óscar Javier. Derecho de la Propiedad Intelectual, Editorial
Oxford, México 2010.
• http://www.impi.gob.mx/servicios/MoU/028%20-%202011-12-
07%20MoU%20OMPI%20Cooperaci%C3%B3n%20T%C3%A9cnica%20en%2
0PI%202011.pdf
• http://www.mexicolegal.com.mx/foro-verconsulta.php?id=49482&forod=0
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Autoridadesadministrativasrelacionadasconlapropiedadintelectual

  • 2. Autoridades • Tanto la LPI, como la LFDA, nos ayudan a identificar con claridad las autoridades administrativas competentes en la materia. • Aún cuando existe otro conjunto de autoridades de procuración de justicia y órganos jurisdiccionales que serán competentes en caso de controversia.
  • 3. EL IMPI • El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es el órgano competente en materia de propiedad industrial, aunque cabe destacar que este organismo, también tiene ciertas atribuciones en materia de Derechos de Autor. • El IMPI fue creado como un organismo público descentralizado de la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, que se transformó en lo que ahora es la Secretaría de Economía, y de acuerdo a la LOAPF, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios.
  • 4. IMPI • Éste organismo cuenta con independencia operativa y administrativa, financiera y solamente tiene una sectorización con la Secretaría de Economía. • Sus facultades se encuentran perfectamente indicadas en el art. 6 de la LPI. • Su órgano de control es su JUNTA DE GOBIERNO, conformada por 10 integrantes.
  • 5. Integrantes de la Junta de Gobierno del IMPI. • Secretario de Comercio y Fomento Industrial que es quien la preside. • 1 Representante designado por la SECOFI. • 2 Representantes de la SHCP. • Representantes de la SRE, así como del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y del Centro Nacional de Metrología. • Por cada representante propietario, deberá existir un suplente.
  • 6. IMPI • La operación y toma de decisiones cotidianas del organismo recaen en un Director General, quien es además el representante legal y es designado por el Presidente de la República. • Sus facultades a su vez son delegadas en toda la estructura jerárquica del IMPI, que se compone de dos coordinaciones, dos direcciones generales adjuntas, nueve direcciones divisionales, cinco oficinas regionales y un órgano interno de control.
  • 7. Instituto Nacional del Derecho de Autor. • El Indautor, es el organismo competente para conocer de todos los asuntos relacionados con los derechos de autor. • Al diferencia del IMPI, es un organismo público desconcentrado del Gobierno Federal, que NO cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios. • Únicamente cuenta con independencia operativa y administrativa, carece de autonomía financiera y se encuentra subordinado a la SEP.
  • 8. Facultades del Indautor. • Sus facutades se encuentran señaladas en el artículo 103 del Reglamento de la LFDA, siendo algunas las siguientes: • 1.- Protegen los derechos de autor y los derechos conexos en los términos de la legislación nacional, tratados internacionales y convenios suscritos y ratificados por México. • 2.- Promueve la cooperación internacional, mediante el intercambio e experiencias administrativas y jurídicas con instituciones encargadas del registro y protección legal de los derechos de autor y derechos conexos.
  • 9. Facultades… • 3.- Llevar, vigilar y conservar el Registro. • 4.- Conservar y resguardar el acervo cultural depositado en el Registro. • 5.- Propiciar la participación de la industria cultural en el desarrollo y protección de los derechos de autor y derechos conexos. • 6.- Recibir las solicitudes y, en su caso, otorgar las reservas de derechos. • 7.- Designar peritos cuando así se le solicite conforme a la Ley. • 8.- Emitir dictámenes técnicos que le sean requeridos por el poder Judicial, M.P. de la Federación o un grupo arbitral. • Entre otras muchas más.
  • 10. Estructura Administrativa • Semejante al IMPI, el Indautor, está presidida por un Director General, quien es el encargado de llevar a cabo la representación del organismo, así como la atención, trámite y resolución de los asuntos que competan al Instituto. • No obstante lo anterior, puede delegar dichas atribuciones para la mejor coordinación y desarrollo del trabajo a servidores públicos subalternos.
  • 11. Estructura interior • La organización del Indautor, se encuentra conformada por unidades administrativas, cuyas atribuciones son indicadas en el Reglamento Interior del mismo organismo. • Su estructura actual es la siguiente: • Dirección jurídica. • Dirección de Registro de Obras. • Dirección de Reserva de Derecho • Dirección de protección. • Subdirección de informática.
  • 12. SAGARPA • Como ya se ha indicado en clases pasadas, en materia de propiedad industrial, el tema de los vegetales compete a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, que en el sexenio del Presidente Fox cambió su nombre a Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA). • Las atribuciones de ésta secretaría sobre la materia se encuentran indicadas en el artículo 3° de la LFVV (ley Federal de Variedades Vegetales).
  • 13. ORGANISMOS INTERNACIONALES En materia de Propiedad Industrial e Intelectual.
  • 14. OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) • Los orígenes de éste organismo datan de 1883, debido a la necesidad de protección internacional de la propiedad intelectual que se puso de manifiesto en 1873, en ocasión de la Exposición Internacional de Invenciones en Viena, a la que se negaron a asistir algunos expositores extranjeros por miedo a que les robaran sus ideas para explotarlas comercialmente en otros países.
  • 15. Antecedentes de la OMPI • En 1883, se Adopta el Convenio de París, para la protección de la propiedad industrial, primer tratado internacional de gran alcance destinado a facilitar que los nacionales de un país obtengan protección en otros países para sus creaciones intelectuales generando derechos de propiedad intelectual. • Este Convenio tuvo como propósito armonizar 3 figuras legales: • A) Las patentes • B) Las marcas • C) Los diseños industriales.
  • 16. Antecedentes… • En 1884, el Convenio de París entró en vigor en 14 Estados, estableciendo una Oficina encargada de llevar a cabo tareas administrativas, como organizar reuniones de esos Estados miembro. • En 1886, de forma similar, se produce un importante esfuerzo por armonizar una legislación en materia de derechos de autor, con la adopción del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, cuyo objetivo era apoyar a que los nacionales de los Estados miembros tuvieran protección internacional para controlar el uso de sus obras creativas y recibir pago por su uso.
  • 17. Antecedentes… • A raíz del Convenio de Berna, igualmente se instalaron oficinas internacionales en Berna, Suiza para la realización de tareas administrativas. • En 1893, ambas oficinas, se unieron para conformar lo que se conoció como Oficinas Internacionales Reunidas para la Protección de la Propiedad Intelectual, mejor conocida por sus oficinas en francés BIRPI, que fue la precursora de la actual OMPI.
  • 18. La OMPI en la Actualidad • Es una agencia especializada de la ONU, con sede en Ginebra, Suiza. • Se dedica a desarrollar sistemas de protección a la propiedad intelectual e industrial, que recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, social y cultural de todos los países, salvaguardando el interés general. • Cuanta con 184 Estados Miembros.
  • 19. Actualmente… • La OMPI es el organismo internacional más relevante en la materia, administra 24 tratados internacionales que se agrupan en 3 categorías distintas: • Protección a la propiedad intelectual. • Registro. • Clasificación.
  • 20. Funciones de la OMPI • Fomentar la adopción de medidas destinadas a mejorar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo y armonizar las legislaciones nacionales sobre la materia. • Se encarga de los servicios administrativos de la Unión de París. • Podrá aceptar el tomar a su cargo la administración de cualquier otro acuerdo internacional destinado a fomentar la protección de la propiedad intelectual, o el participar en esta administración. • Favorecer la conclusión de acuerdos internacionales destinados a fomentar la protección de la propiedad intelectual.
  • 21. Funciones… • Prestar cooperación a los Estados que soliciten asistencia técnica o jurídica en el campo de la propiedad intelectual. • Reunir y difundir todas las informaciones relativas a la protección de la propiedad intelectual y efectuará y fomentará los estudios sobre la materia publicando resultados. • Mantendrá los servicios que faciliten la protección internacional de la propiedad intelectual, y en su caso, efectuará los registros en ésta materia y publicará los datos relativos a esos registros. • Adoptará todas las demás medidas apropiadas.
  • 22. OMC (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO) • A diferencia de su antecesor el GATT, la OMC, tuvo claro que la propiedad intelectual era un aspecto fundamental en el comercio internacional en una economía globalizada. • El comercio internacional en la actualidad, ya no solo consta de productos o servicios, sino también de otra área igual de importante como lo es la propiedad industrial e intelectual.
  • 23. OMC • La velocidad con la que ahora se intercambian estos bienes intangibles, a través del uso de la INTERNET (Comercio en línea – e commerce) es la espina dorsal de una economía basada en el conocimiento. • Durante los últimos 50 años el comercio mundial ha tenido un crecimiento impresionante, ya que después de la 2da Guerra Mundial al crear la ONU, primeramente como un organismo pacificador entre los países, también tuvo gran impacto como organismo encargado de eliminar las principales causas económicas con el objeto de prevenir o resolver futuros conflictos armados.
  • 24. OMC • La ONU, creo entonces tres instituciones internacionales para éste fin que en su conjunto se denominaron Sistema Bretton Woods, siendo estos organismos los siguientes: • Fondo Monetario Internacional (FMI) • Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD) • Organización Internacional del Comercio (OIC)
  • 25. OMC • En 1946, los 23 países fundadores del GATT estaban dentro de los 50 países miembros de la OIC. • Sin embargo, EU anunció en 1950 que no estaba dispuesto a ceder soberanía a un organismo internacional, por lo que las reglas del GATT permanecieron en vigor desde 1948 con sus subsecuentes modificaciones, y mediante una serie de rondas de negociaciones como la de Tokio y Uruguay, finalmente se acordó dar nacimiento a la OMC en 1995.
  • 26. Tratados Internacionales en materia de Propiedad Intelectual.
  • 27. Tratados internacionales administrados por la OMPI • TRATADOS INTERNACIONALES RELATIVOS A LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. • Convenio de Berna para la protección de obras literarias y artísticas. • Convenio de Bruselas. • Arreglo de Madrid relatico a las indicaciones de procedencias falsas o engañosas en los productos. • Tratado de Nairobi sobre la protección del Símbolo Olímpico. • Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial. • Tratado sobre el Derecho de Patentes. • Convenio para la protección de productores de Fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas. Los convenios internacionales que en materia de protección a la propiedad intelectual administra la OMPI, al cierre de 2009, se agrupan en 3 categorías. 1.- Relativos a la protección de la propiedad intelectual. 2.- Relativos al Registro de la propiedad intelectual. 3.- Relativos a la Clasificación de la propiedad intelectual.
  • 28. Tratados relativos a la protección… • Convención de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión. • Tratado de Singapur sobre el Derecho de las Marcas. • Tratado sobre el derecho de Marcas (TLT) • Tratado de Washington sobre la propiedad Intelectual respecto de los Circuitos Integrados (IPIC) • Tratado de la OMPI sobre derechos de Autor. • Tratado de la OMPI sobre interpretación o ejecución y fonogramas.
  • 29. Tratados relativos al registro de la propiedad intelectual • Tratado de Budapest sobre el reconocimiento Internacional del Depósito de microorganismos a los fines del procedimiento en materia de patentes. • Arreglo de la Haya relativo al registro internacional de Dibujos y modelos industriales. • Arreglo de Lisboa relativo a la protección de las denominaciones de origen y su registro internacional. • Arreglo de Madrid relativo a la Protección Internacional de Marcas. • Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid. • Tratado de Cooperación en materia de Patentes.
  • 30. Tratados relativos a la clasificación de la propiedad intelectual. • Arreglo de Locarno que establece una clasificación internacional para los Dibujos y Modelos industriales. • Arreglo de Niza relativo a la clasificación internacional de productos y Servicios para el Registro de Marcas. • Arreglo de Estrasburgo relativo a la clasificación internacional de Patentes. • Acuerdo de Viena por el cual se establece una clasificación internacional de los elementos figurativos de las marcas.
  • 31. Tratados internacionales administrados por la OMC • En materia de Propiedad industrial e intelectual, la OMC tiene a su cargo: • Acuerdo sobre los derechos de la propiedad intelectual relacionados con el comercio, que constituye el Anexo 1C al Acta de Marrakech de 1994. La OMC como organismo internacional especializado en materia comercial tiene a su cargo la administración de una gran variedad de tratados, pero solo unos cuantos relativos a ésta materia.
  • 32. Bibliografía. • Solorio Pérez, Óscar Javier. Derecho de la Propiedad Intelectual, Editorial Oxford, México 2010. • http://www.impi.gob.mx/servicios/MoU/028%20-%202011-12- 07%20MoU%20OMPI%20Cooperaci%C3%B3n%20T%C3%A9cnica%20en%2 0PI%202011.pdf • http://www.mexicolegal.com.mx/foro-verconsulta.php?id=49482&forod=0