La Asociación de Transporte Aéreo Internacional expresa su preocupación por las resoluciones 143 y 144 de la Agencia Nacional de Aviación Civil que limitan las operaciones aéreas hasta el 1 de septiembre de 2020. Esto tendría graves consecuencias económicas para las aerolíneas y el sector, poniendo en riesgo empleos y la continuidad del servicio. La industria está trabajando con organismos internacionales en protocolos de reactivación segura que deberían seguirse. Se pide reconsiderar la medida y alinearse a los tiempos de
1. International Air Transport Association, 703 Waterford Way, Suite 600 iata.org
Miami, Florida, 33126. Tel +1 (305) 264-7772
Miami, 26 de abril de 2020
Ministro
Mario Andrés Meoni
Ministerio de Transporte
Hipólito Yrigoyen 250 (piso 12)
Jefe de Gabinete
Santiago Cafiero
Jefatura de Gabinete de Ministros
Av. Pte. Julio A. Roca 782
Ministro
Matias Lammens
Ministerio de Turismo y Deportes
Suipacha 1111
Ministro
Felipe Solá,
Ministerio de Relaciones Exteriores
Esmeralda 1216, C1007 ABR
Buenos Aires, Argentina
Asunto: Resoluciones 143 y 144 de 2020 de la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC)
Estimados Ministros,
En nombre de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA por sus siglas en inglés), respetuosamente nos
permitimos expresar nuestra preocupación frente a las medidas adoptadas por la ANAC mediante las resoluciones del
asunto, que limitan la comercialización y operación de vuelos hasta el 1 de septiembre de 2020 por parte de las aerolíneas
que operan desde, hacia y dentro de la República Argentina.
Entendemos el objetivo de ANAC de proteger a los usuarios del transporte aéreo tanto desde sus intereses como
consumidores como en su seguridad sanitaria al momento de dar reinicio a las operaciones. Lo anterior, como es sabido
es un fin común de nuestros miembros y ninguna de sus acciones pretende poner en riesgo la salud de las personas. En
consonancia con este compromiso, las aerolíneas han realizados grandes esfuerzos para permitir la repatriación de un
número considerable de argentinos durante este periodo, así como la importación de medicinas, equipos médicos y otros
elementos necesarios para la atención de la emergencia pública sanitaria.
No obstante, existen múltiples razones para afirmar que estas resoluciones son inconvenientes, además de tener efectos
económicos y legales considerables que queremos manifestarle, para que se reconsidere su expedición.
2. 1. Limitar las operaciones aéreas hasta el 1 de septiembre tiene un efecto económico grave, pues implica que las
aerolíneas no generarán ningún ingreso en más de 4 meses, poniendo en riesgo los más de 329.000 empleos
sustentados por el sector en el país. Pero si las restricciones de vuelo se extienden hasta septiembre como lo
pretende la ANAC, las consecuencias serán muy graves, poniendo en peligro la continuidad del servicio de
transporte aéreo en el país, el aporte económico de la aviación y la conectividad necesaria con el resto del mundo.
2. Por otra parte, la industria aeronáutica, en coordinación con la OACI y la Organización Mundial de la Salud (OMS)
han realizado esfuerzos para desarrollar un plan global de reactivación de las operaciones aéreas siguiendo las
mejores prácticas de salud y seguridad para los pasajeros y tripulaciones y coordinando acciones entre Estados,
industria y otras partes interesadas. La República Argentina participó en la Reunión de Directores convocada por
la Oficina de Suramérica de la OACI, en la que manifestó su intención de alinearse a las recomendaciones globales
al reconocer la importancia de la coordinación entre Estados para reactivar a la industria aérea. A pesar de lo
anterior, consideramos que las resoluciones referidas hacen lo opuesto a lo expresado ante la OACI.
3. Consideramos que resulta conveniente y acorde con los protocolos de reactivación antes descritos, que las
restricciones de vuelo sigan los tiempos de cuarentena establecidos por el Gobierno Nacional a través de la
emergencia pública, tal y como lo están realizando los otros países de la región. No existe una razón médica
comprobada para determinar que la industria aeronáutica no pueda retomar sus actividades (de manera segura y
bajo estrictos protocolos de salud) en la fecha en la que dichas medidas sean levantadas, lo cual hasta el momento
se daría el 11 de mayo en la Argentina condicionada a una posible prórroga, caso en el cual las operaciones se
retomarían al termino de dicha prórroga. Esto permite mayor flexibilidad en la programación de vuelos a las líneas
aéreas e impide que el país quede aislado en caso de que los países abran sus fronteras en las próximas semanas.
4. Por último, la decisión de limitar las operaciones aéreas y la comercialización de los vuelos contradice los
acuerdos bilaterales firmados por la República Argentina. Esto genera incertidumbre para las aerolíneas
internacionales que cuentan con un permiso de operación vigente para ejercer los derechos que de él se derivan,
además de poner en riesgo el cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos bajo los acuerdos.
Queremos ponernos a su disposición para encontrar las medidas adecuadas para atender las preocupaciones de la ANAC
frente a los consumidores. Sin embargo, consideramos sustancial que no se restrinjan las operaciones aéreas hasta el 1
de septiembre, lo cual pone en peligro la viabilidad de la industria aérea en Argentina y retrasaría la recuperación
económica del país.
Aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente,
Peter Cerdá
Vicepresidente Regional, Las Américas
C.C. Paola Tamburelli, Administradora Nacional de Aviación, ANAC
Embajadas de Alemania, Brasil, Canadá, España, Estado Unidos, Francia, Italia, Panamá, Reino Unido, Suiza.
Felipe Baravalle, Director Ejecutivo, JURCA
Luis Felipe de Oliveira, Director General & CEO, ALTA
Oracio Márquez, Director Regional Miembros y Relaciones Externas, IATA
Maria José Taveira, Gerente General, IATA Argentina