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Módulo Actuación Ciudadana




                   ABRIL 2012
                    ALBE 602
Equipo 2
Toluca, Estado de México.- La Procuraduría de Justicia del Estado de
México ejerció acción penal contra Rafael Durán Lozano, chofer de un tracto
camión que provocó el accidente en el que murieron cinco estudiantes y un
profesor de la Facultad de Economía de la UNAM.
La dependencia informó que Durán Lozano fue ingresado al Penal de
Santiaguito, en Almoloya de Juárez, por los delitos de homicidio de seis
personas, lesiones contra 14 individuos y daños en los bienes de 11 dueños
de vehículos.
De acuerdo con los peritajes realizados el tracto camión que impactó el
autobús en donde viajaban 35 estudiantes y tres profesores de la Universidad
Nacional Autónoma de México (UNAM), su vehículo no presentaba fallas
mecánicas previas al accidente.
R.A.1.2. Identifica los elementos que caracterizan la seguridad, las      penas y
el delito, en el ámbito del Derecho Penal en el                  sistema jurídico
mexicano

Actividad 1.2.1. Elabora un documento escrito en donde se trate el
tema de la punibilidad
Detallaron que transportaba un excedente de carga de 55
toneladas de trigo, toda vez que se determinó que llevaba 85
toneladas cuando su capacidad era de 30. El informe especificó
que el conductor del tracto camión circulaba a exceso de
velocidad y el sistema de frenos fue sometido a un trabajo
superior al de su capacidad, por la sobrecarga que se
transportaba y la velocidad a la que se viajaba, lo que provocó que
los frenos fueran insuficientes para detener el vehículo.
Dichos factores, además de la falta de precaución, pericia y cuidado
de Rafael Durán Lozano, conductor del tracto camión, fueron las causas
del percance ocurrido el pasado jueves en la carretera México-Toluca,
determinó el peritaje.
Durán Lozano está a disposición del juez de Control de Juicios Orales
de Lerma bajo la causa penal 41/2012 y fue recluido en el Penal de
Santiaguito.  
 Nos   indica la acción que en este caso es el accidente
  causado por el tracto camión causando la muerte de
  cinco estudiantes y un profesor de la UNAM
 Muestra elementos de tipo penal grave conocido como
  «Delito de la Parte Uno» contra otras personas.
 El chofer es culpable del asesinato por una negligencia.
  Debido al exceso de velocidad y de carga haciendo que
  los frenos no reaccionaron para detener al vehículo.
 Es un delito Penal, causando dolor y es sancionado por
  el Código Penal teniendo una sanción pecuniaria.
Equipo 3
 Sujetoshasta ahora desconocidos ultimaron a
 pedradas a un joven de 22 años de edad en la
 colonia 10 de Marzo, de la comunidad de Santo
 Tomás Chautla, cuando al parecer se dirigía a su
 casa.
 Deacuerdo a las indagatorias que se tienen
 registradas en la averiguación previa número
 45/2012/AEHOM, este joven que fue identificado
 con el nombre de Ricardo Ruiz Ruiz, y pudo ser
 asesinado durante una posible riña.
Equipo 4
Es una conducta , acción u omisión
 típica, antijurídica y culpable a la
    que corresponde una sanción
          denominada pena.
Hay muchos delitos
 actualmente pero
 principalmente se
dividen en dos tipos.
Todo  delito es penal pero si existe
alguna agresión hacia otra persona se
      convierte en delito civil.
Solo hay una delgada línea que los
diferencia pero cuando se rompe hay
   consecuencias completamente
             diferentes.
Equipo 5
El día 3 dE sEptiEmbrE dEl año 2011
un individuo por llamarlo dE Esta
forma con El nombrE dE robErto
sánchEz dE 32 años dE Edad comEtió
El dElito dE la privación dE la
libErtad o biEn conocido como
sEcuEstro a un mEnor dE Edad dE
sExo fEmEnino con la Edad dE 16
años dE nombrE laura lópEz .
EstE sucEso trágico ocurrió En la
ciudad dE méxico, cuando la mEnor
mEncionada sE Encontraba
saliEndo dE las instalacionEs dE su
colEgio, En EsE momEnto la abordo
un automóvil particular sin placas
color nEgro dEl cual bajaron 2
sujEtos y a punta dE pistola la
amagaron obligándola ingrEsar
al automóvil.
durantE El sEcuEstro la mEnor fuE
maltratada por toda clasE dE maldad así
tEniEndo daños hacia su pErsona físicos,
psicológicos y sExualEs.

postErior a 2 sEmanas fuE rEscatada por
fuErzas EspEcializadas dEl cuErpo dE
sEcuEstros tras tEnEr una dEnuncia por partE
dE su familia y una pErsona anónima quE
prEsEncio EstE acto En su inicio
dEspués dE la dEtEnción dE EstE prEsunto
culpablE tras habEr rEalizado las
invEstigacionEs corrEspondiEntEs, todas
las pruEbas apuntan quE robErto
sánchEz Es El autor principal dE EstE
dElito comEtido.
así con Ello ira a juicio dondE sE dictara
la sEntEncia al mEncionado por los
dElitos dE privación dE la libErtad a una
mEnor .
los dElitos dEl acusado son:
-privación dE la libErtad
-abusos hacia la victima como son físicos, psicológicos y
sExualEs.

su dElito sE considEra
ii – Es dEcir pErmanEntE o continuo

sus accionEs u omisionEs son:
dolosas

y por concluir su sEntEncia fuE

El acto dE formal prisión y la suspEnsión o privación dE
dErEchos
gracias por su
  atEnción
Equipo 6
 Como podemos observar es algo muy comun
 que se hace y al que lo encuentran pintando
 lo hacen que reponga el daño
Lo mas recomendable seria que pongan una
  pared exclusiva para ellos y así eliminar ese
  delito que los afecta
Equipo 7
 origen:   kilometro 132 de la autopista puebla
  Orizaba
 Participantes: mujer de entre 30 a 35 años
 La mujer fue atropellada per un automovilista en el
  cual se dio a la fuga .
 El conductor cometió un delito penal al matar a la
  mujer pero como se dio a la fuga quedo como
  cuasidelito penal pero en si para el parecer del
  equipo quedo como moral por que no reparo el
  daño
 Es homicidio calificado
 Es penado por el articulo 302 del código penal
  federal
 Origen:  Atlixco puebla
 Participantes: dos agresores y la victima
 El delito que cometieron los taxistas que son
  los agresores fue delito penal pero como no
  fue denunciado ,no fue castigado y se
  convirtió en causidelito
Equipo 8
 Una  niña fue atropellada por un joven de la
  edad de 24 años, al salir corriendo de la
  tienda, no de fijo que venia un carro.
 A decir verdad este joven no tuvo la culpa
  pero la niña salió con severas lesiones y fue
  internada en el hospital, este fue detenido
  por las autoridades.
PENA
   II. PARA GOZAR DE ESTE BENEFICIO EL SENTENCIADO
    DEBERA:
   A). OTORGAR LA GARANTIA O SUJETARSE A LAS MEDIDAS
    QUE SE LE FIJEN, PARA ASEGURAR SU PRESENTACION
    ANTE LA AUTORIDAD SIEMPRE QUE FUERE REQUERIDO.
   B). OBLIGARSE A RESIDIR EN DETERMINADO LUGAR DEL
    QUE NO PODRA AUSENTARSE SIN PERMISO DE LA
    AUTORIDAD QUE EJERZA SOBRE EL CUIDADO Y
    VIGILANCIA.
   E). REPARAR EL DAÑO CAUSADO.
   CUANDO POR SUS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES NO PUEDA
    REPARAR DESDE LUEGO EL DAÑO CAUSADO, DARA CAUCION O SE
    SUJETARA A LAS MEDIDAS QUE A JUICIO DEL JUEZ O TRIBUNAL
    SEAN BASTANTES PARA ASEGURAR QUE CUMPLIRA, EN EL PLAZO
    QUE SE LE FIJE, ESTA OBLIGACION.
   VII. SI DURANTE EL TERMINO DE DURACION DE LA PENA, DESDE
    LA FECHA DE LA SENTENCIA QUE CAUSE EJECUTORIA EL
    CONDENADO NO DIERE LUGAR A NUEVO PROCESO POR DELITO
    DOLOSO QUE CONCLUYA CON SENTENCIA CONDENATORIA, SE
    CONSIDERARA EXTINGUIDA LA SANCION FIJADA EN AQUELLA. EN
    CASO CONTRARIO, SE HARA EFECTIVA LA PRIMERA SENTENCIA,
    ADEMAS DE LA SEGUNDA, EN LA QUE EL REO SERA CONSIGNADO
    COMO REINCIDENTE SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN EL
    ARTICULO 20 DE ESTE CODIGO. TRATANDOSE DEL DELITO
    CULPOSO, LA AUTORIDAD COMPETENTE RESOLVERA
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    SUSPENDIDA.

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Trabajo en equipos

  • 1. Módulo Actuación Ciudadana ABRIL 2012 ALBE 602
  • 2.
  • 4. Toluca, Estado de México.- La Procuraduría de Justicia del Estado de México ejerció acción penal contra Rafael Durán Lozano, chofer de un tracto camión que provocó el accidente en el que murieron cinco estudiantes y un profesor de la Facultad de Economía de la UNAM. La dependencia informó que Durán Lozano fue ingresado al Penal de Santiaguito, en Almoloya de Juárez, por los delitos de homicidio de seis personas, lesiones contra 14 individuos y daños en los bienes de 11 dueños de vehículos. De acuerdo con los peritajes realizados el tracto camión que impactó el autobús en donde viajaban 35 estudiantes y tres profesores de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), su vehículo no presentaba fallas mecánicas previas al accidente.
  • 5. R.A.1.2. Identifica los elementos que caracterizan la seguridad, las penas y el delito, en el ámbito del Derecho Penal en el sistema jurídico mexicano Actividad 1.2.1. Elabora un documento escrito en donde se trate el tema de la punibilidad
  • 6. Detallaron que transportaba un excedente de carga de 55 toneladas de trigo, toda vez que se determinó que llevaba 85 toneladas cuando su capacidad era de 30. El informe especificó que el conductor del tracto camión circulaba a exceso de velocidad y el sistema de frenos fue sometido a un trabajo superior al de su capacidad, por la sobrecarga que se transportaba y la velocidad a la que se viajaba, lo que provocó que los frenos fueran insuficientes para detener el vehículo.
  • 7. Dichos factores, además de la falta de precaución, pericia y cuidado de Rafael Durán Lozano, conductor del tracto camión, fueron las causas del percance ocurrido el pasado jueves en la carretera México-Toluca, determinó el peritaje. Durán Lozano está a disposición del juez de Control de Juicios Orales de Lerma bajo la causa penal 41/2012 y fue recluido en el Penal de Santiaguito.  
  • 8.  Nos indica la acción que en este caso es el accidente causado por el tracto camión causando la muerte de cinco estudiantes y un profesor de la UNAM  Muestra elementos de tipo penal grave conocido como «Delito de la Parte Uno» contra otras personas.  El chofer es culpable del asesinato por una negligencia. Debido al exceso de velocidad y de carga haciendo que los frenos no reaccionaron para detener al vehículo.  Es un delito Penal, causando dolor y es sancionado por el Código Penal teniendo una sanción pecuniaria.
  • 10.  Sujetoshasta ahora desconocidos ultimaron a pedradas a un joven de 22 años de edad en la colonia 10 de Marzo, de la comunidad de Santo Tomás Chautla, cuando al parecer se dirigía a su casa.
  • 11.  Deacuerdo a las indagatorias que se tienen registradas en la averiguación previa número 45/2012/AEHOM, este joven que fue identificado con el nombre de Ricardo Ruiz Ruiz, y pudo ser asesinado durante una posible riña.
  • 12.
  • 14. Es una conducta , acción u omisión típica, antijurídica y culpable a la que corresponde una sanción denominada pena.
  • 15.
  • 16. Hay muchos delitos actualmente pero principalmente se dividen en dos tipos.
  • 17.
  • 18.
  • 19. Todo delito es penal pero si existe alguna agresión hacia otra persona se convierte en delito civil. Solo hay una delgada línea que los diferencia pero cuando se rompe hay consecuencias completamente diferentes.
  • 20.
  • 21.
  • 22.
  • 24.
  • 25. El día 3 dE sEptiEmbrE dEl año 2011 un individuo por llamarlo dE Esta forma con El nombrE dE robErto sánchEz dE 32 años dE Edad comEtió El dElito dE la privación dE la libErtad o biEn conocido como sEcuEstro a un mEnor dE Edad dE sExo fEmEnino con la Edad dE 16 años dE nombrE laura lópEz .
  • 26. EstE sucEso trágico ocurrió En la ciudad dE méxico, cuando la mEnor mEncionada sE Encontraba saliEndo dE las instalacionEs dE su colEgio, En EsE momEnto la abordo un automóvil particular sin placas color nEgro dEl cual bajaron 2 sujEtos y a punta dE pistola la amagaron obligándola ingrEsar al automóvil.
  • 27. durantE El sEcuEstro la mEnor fuE maltratada por toda clasE dE maldad así tEniEndo daños hacia su pErsona físicos, psicológicos y sExualEs. postErior a 2 sEmanas fuE rEscatada por fuErzas EspEcializadas dEl cuErpo dE sEcuEstros tras tEnEr una dEnuncia por partE dE su familia y una pErsona anónima quE prEsEncio EstE acto En su inicio
  • 28. dEspués dE la dEtEnción dE EstE prEsunto culpablE tras habEr rEalizado las invEstigacionEs corrEspondiEntEs, todas las pruEbas apuntan quE robErto sánchEz Es El autor principal dE EstE dElito comEtido. así con Ello ira a juicio dondE sE dictara la sEntEncia al mEncionado por los dElitos dE privación dE la libErtad a una mEnor .
  • 29. los dElitos dEl acusado son: -privación dE la libErtad -abusos hacia la victima como son físicos, psicológicos y sExualEs. su dElito sE considEra ii – Es dEcir pErmanEntE o continuo sus accionEs u omisionEs son: dolosas y por concluir su sEntEncia fuE El acto dE formal prisión y la suspEnsión o privación dE dErEchos
  • 30. gracias por su atEnción
  • 32.  Como podemos observar es algo muy comun que se hace y al que lo encuentran pintando lo hacen que reponga el daño
  • 33. Lo mas recomendable seria que pongan una pared exclusiva para ellos y así eliminar ese delito que los afecta
  • 35.
  • 36.  origen: kilometro 132 de la autopista puebla Orizaba  Participantes: mujer de entre 30 a 35 años  La mujer fue atropellada per un automovilista en el cual se dio a la fuga .  El conductor cometió un delito penal al matar a la mujer pero como se dio a la fuga quedo como cuasidelito penal pero en si para el parecer del equipo quedo como moral por que no reparo el daño  Es homicidio calificado  Es penado por el articulo 302 del código penal federal
  • 37.
  • 38.  Origen: Atlixco puebla  Participantes: dos agresores y la victima  El delito que cometieron los taxistas que son los agresores fue delito penal pero como no fue denunciado ,no fue castigado y se convirtió en causidelito
  • 40.  Una niña fue atropellada por un joven de la edad de 24 años, al salir corriendo de la tienda, no de fijo que venia un carro.  A decir verdad este joven no tuvo la culpa pero la niña salió con severas lesiones y fue internada en el hospital, este fue detenido por las autoridades.
  • 41. PENA
  • 42. II. PARA GOZAR DE ESTE BENEFICIO EL SENTENCIADO DEBERA:  A). OTORGAR LA GARANTIA O SUJETARSE A LAS MEDIDAS QUE SE LE FIJEN, PARA ASEGURAR SU PRESENTACION ANTE LA AUTORIDAD SIEMPRE QUE FUERE REQUERIDO.  B). OBLIGARSE A RESIDIR EN DETERMINADO LUGAR DEL QUE NO PODRA AUSENTARSE SIN PERMISO DE LA AUTORIDAD QUE EJERZA SOBRE EL CUIDADO Y VIGILANCIA.  E). REPARAR EL DAÑO CAUSADO.  CUANDO POR SUS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES NO PUEDA REPARAR DESDE LUEGO EL DAÑO CAUSADO, DARA CAUCION O SE SUJETARA A LAS MEDIDAS QUE A JUICIO DEL JUEZ O TRIBUNAL SEAN BASTANTES PARA ASEGURAR QUE CUMPLIRA, EN EL PLAZO QUE SE LE FIJE, ESTA OBLIGACION.
  • 43. VII. SI DURANTE EL TERMINO DE DURACION DE LA PENA, DESDE LA FECHA DE LA SENTENCIA QUE CAUSE EJECUTORIA EL CONDENADO NO DIERE LUGAR A NUEVO PROCESO POR DELITO DOLOSO QUE CONCLUYA CON SENTENCIA CONDENATORIA, SE CONSIDERARA EXTINGUIDA LA SANCION FIJADA EN AQUELLA. EN CASO CONTRARIO, SE HARA EFECTIVA LA PRIMERA SENTENCIA, ADEMAS DE LA SEGUNDA, EN LA QUE EL REO SERA CONSIGNADO COMO REINCIDENTE SIN PERJUICIO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 20 DE ESTE CODIGO. TRATANDOSE DEL DELITO CULPOSO, LA AUTORIDAD COMPETENTE RESOLVERA MOTIVADAMENTE SI DEBE APLICARSE O NO LA SANCION SUSPENDIDA.